13 de Marzo de 2010
Un juez de Barcelona confirma la legalidad del P2P en España
Copio y pego de El Mundo:
"¿Es legal enlazar a sitios de intercambio de archivos P2P? Según el texto, las pruebas periciales indicaban que en Elrincondejesus.com "no se almacenaban ninguno de los archivos cuya referencia se indica".
Es más, el juez considera que el sistema de 'links' o enlaces no supone ni distribución, ni reproducción, ni comunicación pública de las obras protegidas, ya que lo único que creó el autor del sitio demandado es un mero índice que facilita la búsqueda en redes de intercambio de archivos.
[...]
Pero es que el juez va mucho más allá, al afirmar que "las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet, no vulneran derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual".
Cuando una persona descarga un archivo para su uso privado a través de las redes P2P, que son legales, ese mismo acto es perfectamente lícito, razona el juez, siempre que no haga uso lucrativo ni colectivo del mismo una vez obtenida la copia. Pero la mera obtención de la copia es un acto perfectamente legal, insiste".
Enhorabuena al letrado Carlos Sánchez Almeida, al juez por su rigor y a todos nosotros. Los análisis llegarán después de disfrutar de esta sentencia pero me pregunto qué debería hacer una ministra cuando se pone en evidencia que las páginas que ella quiere cerrar con un órgano administrativo creado al efecto son declaradas lícitas por los jueces tanto en vía penal como en vía civil.
David Bravo a las 12:13 PM | Referencias 0Mi duda reside en saber qué harán realmente las telecos si ese despropósito de anti-ley se aprueba. ¿Se atreverían a cerrar una web o un blog, o a impedirnos a cualquiera de sus clientes - de las telecos, me refiero - el acceso a determinadas páginas, aún cuando estas residan fuera de nuestras fronteras, SIN QUE MEDIE UNA RESOLUCION JUDICIAL FIRME para ello?. ¿Son conscientes, los que se sientan en los consejos de administración de dichas empresas, que los usuarios podríamos inundarles de demandas colectivas por daños y perjuicios, por impedirnos dicho acceso, por establecer una CENSURA PREVIA?. ¿Creen que les bastará para ello un procedimiento ad-hoc creado por un órgano admninistrativo?....
Y de los políticos, tengo claro a quien NO VOY A VOTAR. El lobby de los usuarios es el que nos da la fuerza de nuestros votos...
Saludos.
Una pregunta, David. ¿Qué importancia tienen estas resoluciones de cara a futuros casos?. Sé que en el derecho anglosajón la jurisprudencia es muy importante, pero no sé cómo está el tema en el derecho español.
¿Esta sentencia permite afirmar fehacientemente que en España las redes P2P son legales, o por el contrario si dijeramos eso alguien nos podría decir "Eso lo decidirá el juez que se encargue de la denuncia que te voy a poner"?.
2 | Mitch | 13 de Marzo de 2010 - 12:41 PMBueno, esta sentencia parece que abre los ojos un poco. Esperemos que haya mas jueces valientes.
Mitch: Desde mi punto de vista, que no tiene nada que ver con el de un jurista pero sí con la lógica, el juez que se encargue de esa hipotética demanda que van a poner en un futuro va a ver la jurisprudencia sobre el tema. A día de hoy el que ponga esa demanda lo tiene todo perdido. A no ser, claro está que el juez salte por encima de otro montón de jueces, que ya se han pronunciado de una u otra forma.
4 | Rosa | 13 de Marzo de 2010 - 12:58 PMLas redes P2P son una forma de compartir la cultura, el conocimiento. Son fundamentales para la evolución de una sociedad.
w3wes@jamon-espana.com.es
5 | Pablo Sanchez | 13 de Marzo de 2010 - 01:07 PMDa igual, seguirán imperterritos dando la bara con el tema, le darán una y mil vueltas hasta que caiga del lado que quieren, ahora tienen ministra propia, presidente propio y leyes propias en ciernes con lo que esperan obtener la victoria de su dictadura con lo que necesitamos mucha mas oposición para eliminarlos de la cadena de sinrazón que existe.
Sabemos que no tienen razón pero tienen poder, demasiado poder , hay que acabar con ese poder para siempre y ponerlos en su sitio no hay mas.
La evolución d la sociedad, la cultura, la legalidad y todas esas cosas que si son fundamenteales les dan igual solo quieren poder para ganar mas dinero nada mas.
Tenía entendido que hacer la copia, para uso privado, de una obra prestada es ilegal aunque no es delito, al margen de que la red P2P sea legal. ¿Podrías aclarar este punto?
7 | Iván Vázquez | 13 de Marzo de 2010 - 03:13 PMIván lo que me parece a mi en todo caso seria que tu se la pasases a muchas personas, no a 1 sola. Creo vamos. Sino ya estariamos cruzificados (en los juzgados digo, no afuera como siempre ha sido) desde la epoca de las grabadoras de cintas
8 | Andres Segundo | 13 de Marzo de 2010 - 04:11 PM#7, #8: Ojo, que no soy abogado, pero ¿por qué iba a ser ilegal, tanto lo uno como lo otro? Las condiciones para que una copia sea legal son claras: que no haya uso colectivo (no se cumple ni al hacer una copia de una obra prestada, ni al pasar a varias personas una o varias copias, ya que si le pasas la misma copia a muchas personas necesariamente tienen que usarla por turnos devolviéndotela a ti antes de que la pueda usar el siguiente, y si le pasas varias copias a varias personas, cada persona usará su copia), ni lucrativo (tampoco se cumple, en el primer caso porque te prestan la copia, en el segundo porque la prestas tú, independientemente de que se la prestes a una persona o a muchas), y que se tenga acceso legal a la obra (cosa que se cumple en ambos casos, porque prestar una obra es legal).
#2, #4: En España únicamente sienta jurisprudencia la existencia de dos sentencias del Tribunal Supremo. En principio, para casos idénticos o suficientemente similares, un juez puede dictar algo y otro dictar una cosa distinta. Sin embargo, suelen dictar sentencias similares e incluso basarse en sentencias anteriores...
9 | | 13 de Marzo de 2010 - 05:25 PMUn pequeño comentario sin ser un experto en leyes...
La sentencia dice que el sistema de links no supone distribución de obras protegidas. ¿Pasa lo mismo con la pornografía infantil?
Porque podríamos estar creando un precedente muy feo
10 | Ziggy | 13 de Marzo de 2010 - 05:34 PM@Ziggy
No creo que sea lo mismo, ni que se cree ningun precedente, ya que la pornografia infantil es en si un Delito, y el hecho de hacer una copia privada y prestarla, no lo es.
Por lo tanto creo que poner a disposicion de cualquiera un link, con informacion de pornografia infantil, si es un delito, y nada tiene que ver con obras protegidas
11 | diedyth | 13 de Marzo de 2010 - 06:05 PM"Los análisis llegarán después de disfrutar de esta sentencia pero me pregunto qué debería hacer una ministra cuando se pone en evidencia que las páginas que ella quiere cerrar con un órgano administrativo creado al efecto son declaradas lícitas por los jueces tanto en vía penal como en vía civil"
Pues nada, seguir adelante, total los jueces no tienen ni idea sobre internet y tecnologías...
¿Unos cursillos "correctivos" para jueces? XD
"Los análisis llegarán después de disfrutar de esta sentencia pero me pregunto qué debería hacer una ministra cuando se pone en evidencia que las páginas que ella quiere cerrar con un órgano administrativo creado al efecto son declaradas lícitas por los jueces tanto en vía penal como en vía civil"
Pues nada, seguir adelante, total los jueces no tienen ni idea sobre internet y tecnologías...
¿Unos cursillos "correctivos" para jueces? XD
#10: No estaríamos creando ningún precedente, ni feo ni guapo. Un enlace no supone distribución, pero sí supone facilitar la distribución. Y como ya se ha explicado en el comentario 11, facilitar la distribución no es ilegal en el caso de obras culturales, pero sí lo es en el caso de la pornografía infantil.
14 | | 13 de Marzo de 2010 - 07:06 PM#Kito , la ministra que esta en clara incompatibilidad con su cargo, que ha colado una modificación en una ley de forma totalmente ilegal y ademas solo apoya el aumento de las subvenciones a su cine que quieres que diga, que los jueces se equivocan.
Esa "ilustrada" señora sabe lo que los jueces deben hacer, lo que las leyes deben decir y sobre todo a donde debe ir a parar el dinero de los españoles, quizas si tiene una inteligencia tan clara podríamos preguntarle como salir de la crisis económica, igual sabe como hacerlo mejor que nuestro presidente que hace meses que da palos de ciego.
#10 Lo ilegal no se puede distribuir de ninguna manera, ni la pornografia infantil, ni los medicamentos ilegales, ni los contenidos xenofobos.
Compartir cultura siguiendo las normas marcadas por la ley NO ES ILEGAL, digan lo que digan los malditos obsesos de la autoría, vease ministra ,SGAE o cualquiera de sus filiales.
Y parece que por la vía civil también pinchan en hueso.
Afortunadamente tienen razón en una cosa, la justicia es lenta... en darles la razón.
16 | Goyo | 13 de Marzo de 2010 - 11:56 PMSoseguémonos un poco, esto no es la victoria. Sólo hemos ganado una batalla y posiblemente vayamos a perder la guerra al final. ¿Por qué?: Pues porque cuando un gobierno se empeña en pisotear a sus ciudadanos la historia nos enseña que sistemáticamente lo ha conseguido. Y si el sangrante paro no ha echado a España a la calle (por nuestras venas sólo corre horchata), mucho menos lo hará el cierre de páginas web o el corte de la línea a algunos usuarios.
17 | peripito | 13 de Marzo de 2010 - 11:57 PM#17: La historia nos enseña que ningún gobierno pisotea eternamente a sus ciudadanos. ;)
18 | | 14 de Marzo de 2010 - 12:02 AMEl P2P es legal siempre y cuando no exista ánimo de lucro por parte del webmaster como en este caso, que no hay lucro vía suscripción o publicidad.
El P2P es ilegal cuando hay ánimo de lucro.
Pero bueno es mejor decir que el gobierno es un opresor, etc...
#19: El P2P no es ilegal ni siquiera cuando hay ánimo de lucro, ya que el P2P es un simple medio. Lo que es ilegal son ciertas acciones (que pueden llevarse a cabo mediante P2P o no) si hay ánimo de lucro, como por ejemplo la copia de obras protegidas por copyright restrictivo. Otras, en cambio, son ilegales (de nuevo, independientemente de que se llevan a cabo mediante P2P) aunque no haya ánimo de lucro, como la distribución de pornografía infantil.
Por ejemplo, no hay nada de ilegal en que yo ofrezca mis propias composiciones mediante P2P y me lucre con ello, o en ofrecer copias de Linux por P2P y lucrarse con ello, por poner solamente dos ejemplos. Así que no, el P2P no es ilegal.
20 | | 14 de Marzo de 2010 - 10:52 AM19 | andresrguez | 14 de Marzo de 2010 - 05:19 AM
Si te lees la sentencia, verás que el ánimo de lucro es irrelevante dado que lo que no existe es comunicación pública. Pero claro, siempre es mejor comentar sin saber de qué va el asunto.
21 | David Bravo | 14 de Marzo de 2010 - 04:36 PM¿Que qué pretende hacer la Ministra de Cultura?, pues lo que ya van a hacer con la LES, modificar las leyes.
Cuando se modifique la ley, ¿quedará alguna web lícita a ojo de un juez que se base en las leyes que se aprueben?
22 | Javier | 14 de Marzo de 2010 - 05:22 PM#22: La LES no modifica lo que es legal y lo que no, simplemente cambia la figura responsable de decidir el cierre cautelar de una web. ;)
23 | | 14 de Marzo de 2010 - 06:27 PM#23, pero es que esa comisión, según se redactó, puede decidir qué es legal y qué no, no un juez, que ni pincha ni corta en la sentencia.
24 | Javier | 15 de Marzo de 2010 - 12:10 AMEstoy seguro que el gobierno sacara adelante la LES. Ellos ya sabían que las paginas de enlaces son legales. Por eso se saltan a los jueces. Esta sentencia sólo los pone en evidencia una vez más. Pero Zapatero es ciego y sordo a eso. Seguirá con la campaña de acoso y derribo de la libertad en internet.
25 | ratel | 15 de Marzo de 2010 - 09:02 AM#24: Que no, que esa comisión no decide lo que es legal y lo que no. Eso solamente lo pueden decidir las leyes (y los encargados de interpretarlas, que son los jueces). La comisión lo único que decidiría es si se ordena o no el cierre cautelar (cosa que antes podía ordenar únicamente el juez, si lo creía adecuado), pero no si la actividad de la web en cuestión es legal o ilegal. De esto último se encargará el juez, como de costumbre.
Además, eso de que el juez "ni pincha ni corta en la sentencia" no tiene ni pies ni cabeza, y demuestra que has oído campanas y no sabes donde (y que sabes de leyes lo que yo de química orgánica, o sea nada de nada)... Verás, resulta que si no hay juez no hay sentencia. La comisión no juzgaría nada (por enésima vez lo repito), puesto que no tiene autoridad para ello. Y por tanto no puede dictar sentencia, eso es algo que tiene que hacer un juez. Porque resulta que una sentencia es una decisión de un juez sobre un proceso judicial, así que no la puede dictar nadie que no sea juez... ;)
26 | | 15 de Marzo de 2010 - 10:44 AM
Reconforta ver que lejos de los politiqueos que invaden el supremo, el cgpj, etc., los jueces de las audiencias provinciales normalmente saben lo que se hacen y aplican la ley con rigor y sentido común.
Con esta el partido legal webs de enlaces vs. SGAE va... ¿5 a 0?
Con dos coj...
Parece que cada vez mas gente está saltando contra la absurda represión de la propiedad intelectual.
28 | ozzysong | 16 de Marzo de 2010 - 11:53 AM@27 | Doraemon
Lo malo es que la lucha de parejas: Libertad en Internet y ciudadanía United vs. Ministerio de Cultura e Industria audiovisual S.L. va... ¿1 a 5?
El 1 es David Bravo pero no hay que olvidar que tanto las SGAEs como el Ministerio juegan contra nosotros con nuestro dinero, si pierden sólo se limitan a pedir la revancha pagando el reenganche con nuestro dinero (por mucho que digan los socialistas que el dinero público "no es de nadie") ya sea de los impuestos o del Impuesto Revolucionario Digital, en cambio si la sociedad pierde una sola vez (juicios a Webs, Leyes de patadón en el router, ceder ante las amenazas de las 'entidades de expropiación') es el fin. Con esto quiero decir que no va a haber victoria.
Lo que consideramos victoria es en realidad un despilfarro de dinero y esfuerzo público con la única finalidad de frenar a un Gobierno corrupto que pretende poner coto a la libertad de información pasando por encima de los derechos civiles del pueblo para beneficio de la industria audiovisual. Pase lo que pase el pueblo ya ha perdido, sólo es cuestión de saber si la lucha ha valido la pena.
Bueno una de las desventajas de todo esto, es que en vez de convatir la pirateria, se fomenta mas a miles de personas sigan utilizando medios para descargar contenido sin la devida autorizacion del autor, lo cual hace que hayan miles de perdidas.
30 | Shroud Of Turin | 17 de Marzo de 2010 - 11:56 PMpara #26.
Totalmente de acuerdo contigo, pero permiteme añadir un matiz.
Con la LES se cambia la carga de la prueba. Hasta ahora, si alguien pretende cerrar una web (de enlaces, por ejemplo) debe acudir al juez y demostrar que hay un ilícito. Lo habitual es que no consiga demostrarlo y la web no se cierra.
Pero después de la LES, la Comisión SS cierra cautelarmente la web y deberá ser el titular de dicha web quien acuda al juez y demuestre que no hay ilícito.
El matiz se me antoja como relevante.
31 | Pep | 18 de Marzo de 2010 - 09:21 AM#31: Pues a mí el matiz se me antoja como inexistente. ;)
Para empezar, no es cierto que actualmente deba demostrarse que hay un ilícito para ordenar el cierre cautelar, basta con que haya indicios suficientes de que pueda existir un ilícito (si el cierre se ordenara únicamente tras demostrarse la existencia del ilícito, se ordenaría al dictar sentencia y no antes, y no sería una medida cautelar sino definitiva). Además, la LES no cambia la carga de la prueba, simplemente cambia el órgano que decide el cierre cautelar. Harina de otro costal es que ese órgano decida ordenar el cierre sin que haya indicios suficientes, pero como la LES únicamente cambiaría el órgano que decide el cierre (y no las condiciones para ordenarlo), si se ordenara el cierre sin motivo se podrían tomar medidas legales contra la comisión de marras. Prevaricación, creo que lo llaman...
32 | | 18 de Marzo de 2010 - 11:11 AMLa intención de ser breve nos traiciona a todos. Solo pretendia señalar el matiz relevante de la carga de la prueba.
Cierto es que actualmente el juez puede cerrar la web pero siempre y cuando el denunciante haya exiguido tales medidas cautelares, cosa que con la Comissión SS se podrá hacer a criterio "administrativo". Tales medidas cautelares adoptadas por el juez pueden ser levantadas por el mismo juez oidas las partes y, de hecho, así ha sido en muchas ocasiones.
Posteriormente, al celebrarse el juicio, el juez dictará sentencia, pero durante el juicio (normalmente con la web operativa) el denunciante debe demostrar la culpabilidad de la página web, hecho al que normalmente no se llega.
Con la LES, la Comisión SS ordenará cerrar la web (por si acaso) y el titular de esa web deberá acudir al juez para levantar el cierre, que seria en la mayoria de los casos.
La diferencia estriba en quien se debe dirigir al juez, si la sgae de turno para cerrar o el usuario afectado "por si acaso" para reabrirla.
En el primer caso el titular de la web es inocente y la sgae de turno debe demostrar su culpabilidad, cosa que cada dia les resulta más complejo. Pero en el segundo caso, el usuario debe ser proactivo, debe demostrar que no es culpable para poder reabrir su web y, si ni siquera lo intentara, la web quedará cerrada "in eternis" y sin juicio, con una aceptación tácita del titular de la web, digamos "por aburrimiento".
Jesús, el del rincón, ha batallado en los ultimos meses por que ha sido acusado, o sea, se ha encontrado con el juicio sí o sí. Si la LES estuviera vigente, a Jesús se le habria cerrado la web sin juicio y punto. Si le interesara reabrirla o considerara que fué ilegitimo el cierre deberia ser él quien acudiera a los tribunales a demostrar que no la sgae sino la Comissión administrativa SS estava equivocada. En esas circunstancias cualquiera se retrae y abandona.
Además, tengamos en cuenta que si es duro luchar contra la sgae más lo será hacerlo contra la Administración. o sea, con la LES no serán juicios civiles sino contenciosos-administrativos.
Y siempre podemos preguntarnos, cuando un usuario gane uno de esos juicios y exiga responsabilidades patrimoniales quien va a pagar, la sgae denunciante (una parte interesada) o la Administración cómplice (todos los ciudadanos)? Actualmente la sgae, ademas de perder juicios, le toca pagar costas y así no hay manera de mantener el sueldo de su jubilado patrón. Siendo la Administración quien pierda los juicios a la sgae no le tocará el bolsillo.
Muy perverso todo ello, ¿no?
#33: Por partes:
Con la LES, la comisión SS ordenará cerrar la web, o no. Pero si lo ordena, y lo ordena sin motivo, habrá consecuencias, como ya he dicho, porque eso es prevaricación.
Por otra parte, una vez la comisión decida, se celebrará el juicio. Y si la comisión ha decidido que se cierre la web, entonces ocurre lo mismo que si lo hubiese ordenado el juez: el acusado puede solicitar el levantamiento de las medidas cautelares. Y para ello no debe demostrar que no es culpable, simplemente debe demostrar que el cierre se ordenó sin motivo (exactamente igual que si lo hubiese ordenado el juez).
Pero en fin, suponiendo que tuvieses razón, a mí hasta me parece positivo. ¿Cuanto tardará el Gobierno en cambiar de idea cuando vea que día sí, día también, se presentan denuncias contra la comisión por prevaricación, y que además se están quedando sin un duro por tener que pagar todos los juicios que perderán?
Aunque igual les da por cambiar la ley para no perder esos juicios, y que de rebote no sea prevaricación ordenar el cierre de esas webs... Mejor me callo, no sea que les esté dando ideas ;)
Cierto, cierto, no demos ideas!
De hecho la LES solo introduce una nueva causa para poder cerrar una web, cosa que hasta ahora ya se podia hacer via medidas cautelares.
Desde este punto de vista, si la web solo contiene enlaces, como en el caso del rincondejesus, la sentencia no deberia ser diferente a la que se ha fallado ahora.
Salvo en un aspecto, al menos. Las costas ya no las pagará sgae, las pagaremos todos. Y esto, en un proceso en el que únicamente intervienen intereses privados resulta muy perverso.
¡YO NO QUIERO PAGAR LAS COSTAS DE LOS JUICIOS POR PROPIEDAD INTELECTUAL!
35 | Pep | 19 de Marzo de 2010 - 09:23 AM#35: Puede que ya las pagues. Hay un porcentaje considerable de lo recaudado por el canon que no se reparte a los artistas... Y como no quiero dar ideas, no terminaré la frase, pero imagino que has pillado por donde voy. ;)
36 | | 19 de Marzo de 2010 - 11:17 AM#36 si pagarles una vez por el canon no lo vemos nada claro, pagarles dos veces ya ni te digo ;)
37 | edhelday | 19 de Marzo de 2010 - 05:46 PM#37: ¿Cómo que una vez? Será una vez por el disco duro, otra vez por el CD, otra vez por la grabadora, otra vez por... :P ;)
38 | | 19 de Marzo de 2010 - 07:39 PMhttp://www.facebook.com/group.php?gid=186879394498#!/group.php?v=wall&ref=ts&gid=239852772511
Moved esto Hay que dejar las cosas claras ya! Es lo unico que le duele,es la unica manera de asustarles.
39 | Oscar | 19 de Marzo de 2010 - 08:47 PMSirva como advertencia al Ministerio y a esa "comisión", en el supuesto caso de que se les antojase cerrar, por ejemplo, alguno de mis medios de comunicación digitales quizá por difundir noticias que no sean de su agrado.
Avanzo lo siguiente; cualquier webmaster o empresa que vea cerrada o bloqueada su web por esta comisión sin existir orden judicial, puede más adelante pedir, ante el juez, tanto la reapertura como indemnizaciones por daños y perjuicios. Además, también se puede denunciar judicialmente a todos y cada uno de los "individuos" que formen la tan "cualificada" comisión, y reclamarles cuantiosas cantidades monetarias o incluso responsabilidades en el ámbito de la prevaricación. Incluida la "menestra".
40 | JJ | 20 de Marzo de 2010 - 10:30 AMSólo decir que los jueces son personas normales como tu y como yo y que sí saben lo que es internet y que se cuece, aunque no a grandes niveles, pero ellos seguro que también hacen un uso parecido al de vosotros. Gran web ésta, defendamos los derechos de los usuarios, que somos más y más pobres y menos los de los artistas (que a pesar de ser menos, aveces, son más pobres que nosotros, dependiendo del artista). Lo que quiero decir, es que un artista tiene que conformarse con el dinero que genere su música, y tiene que tener por hecho, que la gente la compartirá, quiera o no quiera. Pidamos a los artistas que se modernicen y que entren en el Siglo XXI!
41 | Joan Picornell | 20 de Marzo de 2010 - 11:16 AMEstuve el viernes en tu conferencia en IslaCristina. Ante todo como docente que soy te doy la enhorabuena por la capacidad de transmitir que tienes. Eres el referente cuando abordo estos temas con mis alumnos en el aula. Ante el planteamiento que expusistes sobre el movimiento de competencias del Poder Judicial al Ejecutivo y la carta que planteabas enviar el CGPJ, mi pregungnta es ¿No es posible presentar un recurso de anti constitucionalidad frente a la Ley 'Sinde' al vulnerar esta derechos fundamentales.
Un abrazo y una vez más enhorabuena por el nivel de la conferencia.
42 | Adolfo Sainz | 20 de Marzo de 2010 - 11:23 AMYo no soy abogada soy autora, y, como autora, me preocupa que se reduzca la copia o descargas de archivos a un mero elemento alfanumérico, que pueda permitir que se copien mis obras sin que yo gane por mi trabajo. Lo siento, pero, yo, como vosotros, quiero cobrar por mi trabajo.
La cuestión es que los autores cobramos un porcentaje sobre la venta de nuestras obras y también cobramos derechos por copia.
Por ley, el porcentaje que deberíamos cobrar sería de un 10 % de lo que cuesta un libro o un disco, comprado, claro. En la realidad es muchísimo más bajo; por ejemplo, un 0,5 %, un 3 %, un 5 % de lo que declare (ja ja) haber vendido la discográfica o la editorial. Y, ahora, por favor, haced un esfuerzo de imaginación y poneos por un momento en la piel de los autores.
Imaginaos los que tenéis nómina que cobrarais un PORCENTAJE bajo SOBRE los RESULTADOS producidos por vuestro trabajo... que vuestro jefe, además, os engañara respecto a esos resultados, diciendo que son menores y, en consecuencia, os pagara menos de lo que os habéis ganado... Imaginad que Mari Pili no declare el uso de vuestro producto o que lo robe de Internet... Todo eso que no cobraríais. Pero los autores no os podemos tocar vuestra nómina ni hacerla más baja de ninguna de las maneras...
Quizás haya autores con muchas ganancias que quieran donar a una ONG el dinero que ganan vendiendo discos... o quizás quieran colgar su música gratis. Por mí como si tiran su dinero al viento mientras tocan el ukalele. Pero dudo que mi vecino del quinto esté a favor de que alguien le toque su sacrosanta nómina... Y yo, desde luego, no quiero que nadie se descargue mis libros o se los fotocopie ilegalmente.
Como digo, a mí, como a vosotros, me gusta cobrar por mi trabajo y que nadie me "sise" un duro. Yo no puedo, ni quiero, descargarme nada que implique la más mínima reducción económica del fruto de vuestro trabajo. Y no quiero, desde luego, basarme en cuestiones alfanuméricas ni en redes de amigos para poder hacerlo. Respeto el trabajo ajeno, en este siglo y en el siguiente, y no soy tan "moderna" todavía, ni tan antigua, para esperar que me caiga el maná del cielo: pretendo vivir de mi trabajo, como todos vosotros. Espero que respetéis el mío.
¡Saludos de una autora, y que gozéis por mucho tiempo de vuestras ganancias profesionales!
no te gusta que te "sisen" pero no tienes reparos a que la SGAE no "siseé" en tu nombre cuando guardamos nuestros álbumes de fotos en un CD. Crees que el problema de tu sector profesional lo debemos pagar entre todos los españoles. A los informáticos no nos dan un céntimo del Impuesto Revolucionario Digital y te aseguro que nos piratean tanto o más que a los autores de libros y a los músicos y para ponerle la guinda somos la única carrera sin regulación profesional. Pero claro parece que los "autores están" por encima de la ley gracias a un gobierno que le gusta sentirse bohemio y a la vez ser represivo rencoroso y visceral, pero lo peor de todo es que nos ha mentido y llevado a la vil ruina.
44 | vin | 21 de Marzo de 2010 - 03:46 PM#44: De hecho, a los informáticos es a los únicos a los que se nos puede piratear, ya que el software no entra dentro del supuesto de copia privada (lo cual explica por qué no recibimos ni un céntimo del IRD, por cierto). ;)
De todas formas, debo decirte que has picado, en mi opinión. Has caído en la trampa de Mercedes Villena. Y es que has obviado lo que realmente está diciendo, para centrarte en cosas que sí puede rebatirte, y que no son realmente importantes... Harías mejor preguntándole por qué se queja de que le afecta que nosotros hagamos algo legal, si ella misma admite que son las editoriales las que le están robando. Lo que es yo, me quejaría al que me roba, no a mis potenciales clientes... Pero igual es que soy un bicho raro.
45 | | 21 de Marzo de 2010 - 04:21 PM@43 Mercedes:
Por supuesto que tienes derecho a vivir de tu trabajo, pero siempre y cuando haya quien quiera pagar por él y de la manera en que ambos estéis de acuerdo.
Lo que no tienes derecho es a imponer un estado de excepción donde se vigilen los actos corrientes de las personas para hacer que todos pasen por caja hasta por respirar.
Si un humorista es muy bueno inventando chistes, sólo por eso no va a ganar dinero. Además tendrá que currárselo para salir a escena y que le vea la gente y ganar dinero de una manera u otra. Es decir: tendrá que buscar un modelo de negocio viable en el contexto que le ha tocado vivir. No vale sólo con "crear" algo para por arte de magia ganar dinero cada vez que se use ese algo. Tendrá que asumir que los chistes que él cuenta, luego los contarán a su vez la gente que ha ido a verle a sus amigos, y estos a otros, y al final todo el país los conocerá aunque muy pocos pagaran por verle en un principio.
Ni es justo, ni es injusto; es que el mundo es así, es que la gente habla, cuenta, comparte, y si te quieres dedicar a contar chistes y quieres convertir eso en trabajo y negocio, debes aceptarlo de entrada. Si encuentras la manera de en el mundo real vivir de lo te gusta y ganar dinero, pues fantástico. Lo que no puedes es querer cambiar el mundo e imponer un estado de excepción para diseñar la sociedad a tu medida y de forma restrictiva para la gran mayoría, convirtiendo a media sociedad en delincuente.
Que no quieres que la gente se descargue o fotocopie tus libros... pues te aguantas, qué quieres que te diga.
Es que en el mundo de hoy copiar una página de texto o transmitirla como una sucesión de caracteres es algo tan cotidiano y tan básico como contar chistes a los amigos o como tararear o incluso respirar. Por qué tiene que ser distinto usar una máquina tan corriente, barata y accesible hoy en día como lo es una copiadora, que copiar una página a mano con un boli bic. El acto es esencialmente el mismo.
Es como cuando hace pocos siglos existía un monopolio exclusivo sobre los molinos, y podías moler en tu casa el trigo con dos piedras, pero no usar un molino y ni siquiera un molinillo de mano sin pagar al señor feudal o al monarca, que se quedaba con parte de la cosecha como pago al uso exclusivo de sus molinos que nadie más podía tener. Esto y no otra cosa es lo que estáis exigiendo, una vuelta a una visión feudal de los derechos de uso de la tecnología. Que nadie más pueda copiar ni siquiera en su casa como tampoco podía moler a mano porque eso si no iría contra el negociete que algunos tenían montado.
Como autora tienes derecho a ser la única que explote comercialmente tu obra, y eso creo que te lo reconocemos prácticamente todos. Pero ese derecho no se extiende a limitar los usos posteriores de tu obra de la manera que a ti te dé la gana.
Si no quieres que tu obra sea pública, no la publiques. Y no es un juego de palabras; es que "publicar" es eso, hacer público, pasar algo al control de la sociedad entera. Y como parte del público, igual que puedo dejarle un libro a otro y es algo totalmente legítimo, se lo puedo leer en voz alta, o se lo puedo resumir, o se lo puedo fotocopiar, o se lo puedo escanear y mandárselo por email. No hay diferencia.
Como autora tienes los derechos comerciales de reproducción o exposición pública; no los usos privados. Y en lo que a esto respecta, un intercambio privado por internet no es distinto a otro intercambio privado. Que alguien venda copias digitales de tu libro sin tu permiso es algo ilegítimo, por supuesto, pero que alguien haga una copia para otra persona como podría hacer con un boli y sin ánimo de lucro no lo es. El p2p aplicado a libros vendría a ser como un club de lectura donde la gente se intercambiara los libros unos con otros. Y eso no es ilegal, ni ilegítimo, sino que al contrario, es algo que incluso se debería incentivar y de hecho, hasta ahora siempre se había incentivado.
Lo que pides (te "preocupa que se reduzca la copia...") no es que se te reconozca lo que legítimamente te corresponde como autora. Eso ya se te reconoce: nadie puede vender libros tuyos o hacer una nueva adaptación sin tu permiso.
Tú lo que estás pidiendo es un PRIVILEGIO. Que lo que publicas no pueda intercambiarse luego libremente de forma privada entre la gente. Y eso es algo que no se reconoce en general, ni tiene por qué hacerse.
Y si con esta pega que no es otra cosa que el mundo real (donde algunas cosas se pueden copiar, sin más), escribir no te sale rentable, pues dedícate a otra cosa. Lo que moralmente no puedes hacer es pedir que se nos ponga una cámara para vigilarnos y hacernos pagar 'cánones compensatorios' por ser el mundo el que es para que tú puedas dedicarte a lo que tú quieres.
Hoy copiar digitalmente y a distancia es una forma más eficiente de lo que antes era copiar a mano sobre papel. Y no tiene ningún sentido limitarlo sólo por hacer con herramientas lo que se puede hacer sin ellas.
A mi hace poco usando una red p2p me mandaron un mensaje en el que me indicaban que cancelara la descarga y borrara lo ya descargado o interpondrían acciones legales contra mi, pero claro, después de todo lo que me he leído gracias al señor Bravo no consiguieron asustarme. Que el ministerio de cultura fomenta la cultura es una verdad como un templo, han conseguido que medio país lea el código penal, la ley de copia privada, etc.
Aprovecho para felicitar al señor Bravo por Copia este libro. A mi nunca me ha hecho gracia la lectura, pero este libro lo leí con muchas ganas, es mas, se me hizo corto el tiempo que pase leyéndolo.
@43 Señora Mercedes V, no piense que la pregunta que le voy a hacer la hago para mofarme o con mala fe, pero usted como la autora que creo que se ha definido, tiene alguna obra que sea susceptible de ser copiada o intercambiada por ej por una red p2p? lo digo porque tal vez lo que usted piensa es que millones de personas están en estos momentos intercambiándose una obra suya, pero también existe la posibilidad de que a nadie le interese lo que usted ha creado y en ese caso, ¿le parece bien pretender que la sgae me cobre un canon por comprarme un teléfono o un cd para guardar material de mi propiedad, para compensarla a usted por unas perdidas de ingresos que es posible que ni existan?. He puesto su nombre a buscar en el Emule para ver cuantas obras suyas se están intercambiando y no aparece ningún resultado, ¿tal vez usa un seudónimo?.
48 | Bernardo | 21 de Mayo de 2010 - 04:06 AMBernardo: Ponlo en el Google y verás qué libro ha escrito (y por qué nadie quiere compartir 'eso').
49 | | 21 de Mayo de 2010 - 10:56 AM@43 Como ya lo ha expresado muy bien antes de mi, lo que usted pide no es un derecho es un privilegio, le dire como como artista que lo que pide es inviable. Yo no puedo pedir a mi vecina del 5ª que no preste a su hija las sillas que le hizo mi padre, yo no puedo exigir que devuelvan a su estado original un joyero que ya vendí aunque hayan pintado de rosa la taracea y le hayan pegado pegatinas de Hello Kitty. No he pedido canon a cada persona que hace marquetería por "si acaso" me plagian alguna obra, y desde luego no he pedido que ilegalicen Ikea.
En cuanto a las nóminas..., hoy hemos entregado un logotipo a uncliente, una copia de seguridad del diseño me la quedo yo, otra va a registro, otra a la imprenta y otra al cliente. ¿Porqué esta cobrando usted por todas ellas?
El hecho de crear algo no significa que alguien lo quiera o este dispuesto a pagar por ello. Muchos autores piensan que si no han tenido el éxito que esperaban es porque se copian sus obras, pero también puede ser que no tengan talento y que lo que han creado no lo quiera nadie. También llama la atención que mientras que unos autores achacan su fracaso a las descargas, estas no crean ningún perjuicio a otros que venden millones de libros, discos, etc, cuando por ese razonamiento nadie compraria nada porque se lo descargaría de la red o se lo copiaría de un amigo.
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