19 de Septiembre de 2007
Primer asalto: sentencia CONDENATORIA en el juicio SGAE contra Alasbarricadas.org
Comentan en alasbarricadas: "Acaba de salir la sentencia CONDENATORIA. Asumiendo en el fallo de la Jueza todas las tesis de los abogados de la SGAE. Desoyendo a defensa y fiscalía".
Toda la noticia y el texto íntegro de la sentencia aquí.
David Bravo a las 11:23 PM | Referencias 0Vaya, alguien pone un comentario y el responsable es el administrador de la web. Y la solución es pagar miles de euros. Y de paso cerrar la web para todos si no hay dinero para tenerla en marcha.
Mmmmmmmmmm ... ya ya.
P.D : Es "desoyendo" , no "deseoyendo".
1 | José Miguel | 20 de Septiembre de 2007 - 12:06 AMLo que a mi me ha quedado claro con todo esto y con la discusión del otro día es que en internet no se puede decir lo mismo que en la vida real.
Alguien hace un comentario y denuncian a la web que lo publica, alguien escribe algo en Frikipedia y denuncian al webmaster.
Sin embargo nadie denunció a Canal 9 cuando Jorge Cortell dijo que la SGAE era una mafia, tampoco denunciarían a la SER si algún oyente dijera en antena algo sobre la SGAE.
Por qué en internet sí? Cuando David Bravo borre un comentario habrá que entenderlo, pues parece ser que en internet el responsable es el dueño de la web aunque no haga él el comentario.
Con 20minutos no se atreven? demasiados lectores como para ponerse en contra del periódico?
2 | SF | 20 de Septiembre de 2007 - 12:16 AMSe me había olvidado decir el caso de Caiga Quien Caiga (que se han metido con la SGAE en más de una ocasión)o el sketch del programa Buenafuente.
Os imaginais una demanda contra Buenafuente, Antena3 o Telecinco?
El chaval que había estudiado derecho me decía el otro día que si el insulto es en clave de humor no es tan grave, eso explicaría que no denunciasen a Buenafuente, ¿pero entonces por qué a la Frikipedia sí?
Yo creo que la SGAE quiere demostrar que meterse con ellos no es gratis como lo es meterse con Zapatero, el rey o cualquier otra persona de estas que a diario son víctimas de insultos, pero eso sí, a Buenafuente dejarlo tranquilo, que a él no solo lo ven 4 frikis y no sea que le de por decir delante de 4millones de personas que la SGAE les ha denunciado por una simple broma, de buen o mal gusto (como la Frikipedia, vaya)
3 | SF | 20 de Septiembre de 2007 - 12:41 AMQue digo yo, que si una de las causas es que el webmaster no publica sus datos personales.... se podría empezar a denunciar por ejemplo al autor del blog de ramoncin, o por que no, vayamos mas lejos, al ex-ministro de administraciones publicas(jordi sevilla) por no publicar sus datos personales......
que país.
Todavía no me he leído la sentencia (la tengo en otra pestaña del Mozilla esperándome) pero ya leyendo el título del post creo que tendré que respirar profundamente y asimilar todos los datos de forma racional y tranquila...
En fin... Ya tienen material para algún debate en televisión...
Un saludo,
Paquito.
http://paquito4ever.blogspot.com
La solución es dejar un comentario injurioso contra alguna institución sagrada (recordemos el caso El Jueves) en un blog de la SGAE o de Ramoncín, para que paguen ellos por la injuria. "Hecha la ley, hecha la trampa."
6 | smile | 20 de Septiembre de 2007 - 03:18 AMParece que la página está caída. Al menos a mi no me funciona el enlace
7 | Caimano | 20 de Septiembre de 2007 - 07:33 AMOsea .. más o menos para que yo me entienda.. que si alguien, anónimo, en un foro pone algo ofensivo en contra de, por ejemplo la $gae, al webmaster le enchironan ..???.. :-) ;-) .. je je .. pues me lo están poniendo a huevo...
No puede ser tan fácil.. me lo voy a leer..
Ya puestos, la responsabilidad la tiene el que inventó internet y si seguimos, la madre que nos parió a todos.
Esta jueza nos esta dando una forma de ganar dinero a traves de la SGAE, y todos poniendonos en su contra.
Solo tenemos que publicar algo que vaya en contra de nuestro honor en cualquiera de sus webs donde no esten publicados los datos, y demandarlos.
10 | Teltur | 20 de Septiembre de 2007 - 11:40 AMhttp://www.periodistadigital.com/periodismo/object.php?o=736319
Dios mio... que declaraciones d pau dones... hay q escucharlo.
11 | ger | 20 de Septiembre de 2007 - 11:51 AMCurioso pero bueno,no es firme así que creo que recurrirán y ganarán. En cuanto a Donés creo que debemos dejarlo para sus fans que nosotros ya hemos dicho lo que pensamos.
Si, en principio la idea de demandar a este organismo por comentarios es buena, es decir, llenar los juzgados de demandas contra la sgae por comentarios contra nuestra persona.
El problema está que para demandar a alguien hace falta tiempo y dinero :P Cosa que tiene la Sgae, y por ello va demandando por ahí, ya que es su modo de vida. La Sgae es como el niño grande que se mete con los más pequeños en el patio del colegio y todos le temen.
13 | Sifrid | 20 de Septiembre de 2007 - 01:02 PMEl demandado ha dicho lo mismo que en mi primer comentario, además con el mismo ejemplo:
“Me sorprende mucho que nos demanden a nosotros y no demanden por ejemplo a 20minutos. Pretendían golpear en un punto débil''
Y es que tiene toda la razón.
http://www.20minutos.es/noticia/278927/0/alucinado/denuncia/ramoncin/
¿Creeis que 3.000 personas se pueden solidarizar con el demandado? Porque si así fuera, con tan solo 2 euros que pusieramos cada uno, estaría pagada la multa.Aunque esperemos, claro, que lo absuelvan.
14 | SF | 20 de Septiembre de 2007 - 04:43 PMSe me ocurre que la gente que compramos en el top manta o descargamos del eMule podríamos demandar en conjunto a la SGAE. Nos han llamado delincuentes varias veces y eso atenta a nuestro honor.
Pues nada, a deshabilitar los comentarios de todos los blogs y cerrar todos los foros de internet, que si alguien dice algo que no gusta se la cargan los dueños de la página, y tampoco es plan.
16 | - | 21 de Septiembre de 2007 - 11:28 AMyo ya he cerrado mi web para siempre..
y no pienso abrirla, hay muchas formas de compartir que no es un web y menos pienso dar mis datos a nadie por usar la red. antes prefiero apagar el pc para siempre.
okupaweb.com/musika/descargas/
salud!
17 | goyo | 21 de Septiembre de 2007 - 02:44 PMCon la de cosas que se han dicho aquí sobre los "_____" de la S.G.A.E ¿Cómo es que no han denunciado a David?
Yo también he cerrado mis blogs, no por miedo, ni como protesta, tan sólo porque no entiendo nada de nada.
18 | | 21 de Septiembre de 2007 - 04:02 PM¿Que estáis cerrando vuestros blogs? Vaya, parece que están consiguiendo lo que quieren.
No soy capaz de reprocharlo a nadie, pero me jode que se salgan así con la suya. En lugar de luchar nos retiramos.
¡¡como dijo el señor pacheco ex alcalde de jerez!! la justicia es un cachondeo.esto no lo he dicho yo que conste.lo que hago es recordarlo.
20 | javi | 21 de Septiembre de 2007 - 05:58 PMcomo puede la justicia hacer tal barbaridad, donde esta fundamentado.... que alguien me lo explique!!!
y si ahora me voy y hago unas pintadas en la universidad, o pongo unos papeles insultando a alguien, denunciarian a la universidad....
y porque no denunciaron a google, por bombing de ladrones... ah claro pq ellos tienen muchos recuros
21 | Sergio | 21 de Septiembre de 2007 - 06:38 PMTodo esto es un rollo que ya cansa. Aquí ni hay democracia, ni lógica ni nada. ¡Revolución! ;-)
22 | Tabú | 21 de Septiembre de 2007 - 08:33 PMNo te diria yo que una buena revolución en ciertos niveles no arreglaría muchas cosas .
23 | ElSinNombre | 21 de Septiembre de 2007 - 11:59 PMa mí lo unico que se me ocurre es que todos y cuando digo todos es todos, pongamos criticas contra la sgae en todos los blogs de los grandes medios, periodicos, blogs de importancia y lo que sea que tengan dinero y recursos contra la sgae a ver si también se meten con ellos. Por lo demás seguiré preguntando a abogados a ver si esto tiene por donde cogerlo.
24 | maxxcan | 22 de Septiembre de 2007 - 12:11 PMDecía Farré hace un tiempo algo así como (no es textual): "¿la gente no tiene cosas más interesantes para leer que la LPI?".
Eso si que es bueno para la SGAE, fantástico. Que nadie lea ni discuta sobre leyes y así hacer valer ellos su peculiar "intrepretación" de las mismas.
Ahora está pasando eso mismo, gente que dice que cierra sus blogs para evitar posibles problemas derivados de la aplicación de la LSSICE. Gente que dice que no quiere dar a nadie sus datos personales (y está en su derecho).
Aunque entiendo que esto debería haberlo explicado ya David Bravo en este mismo hilo, os remito a la propia ley, porque el conocimiento es esencial y es poder:
************************
LSSICE: Artículo 1. Objeto.
1. Es objeto de la presente Ley la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica, en lo referente a las obligaciones de los prestadores de servicios incluidos los que actúan como intermediarios en la transmisión de contenidos por las redes de telecomunicaciones, las comunicaciones comerciales por vía electrónica, la información previa y posterior a la celebración de contratos electrónicos, las condiciones relativas a su validez y eficacia y el régimen sancionador aplicable a los prestadores de servicios de la sociedad de la información.
************************
Es decir, que la LSSICE regula exclusivamente los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica.
Pero, ¿qué se entiende por "servicios de la sociedad de la información"?
"Son servicios de la sociedad de la información, entre otros y siempre que representen una actividad económica, los siguientes:"
Esta simple frase resume todo el espíritu de la LSSICE ... es decir, que si en tu página, foro o blog, NO se ejerce ningún tipo de actividad económica (ojo, la publicidad podría ser considerada como tal), no puede ser aplicada la LSSI en ningún caso.
Esto no implica que SÍ pueda ser aplicado el Código Penal en aquellos casos de injurias, atentados contra el honor y similares, vertidas por parte de los webmasters o bien por parte de los comentaristas u "opinadores".
Espero que esto os abra un poco los ojos y dejéis de empezar a decir y hacer chorradas.
25 | PPPerez | 22 de Septiembre de 2007 - 05:26 PMP.D. Por si existen dudas, el propio MEC ha elaborado y publicado un PDF llamado: "LSSI. La Ley de Internet Fácil", donde dice lo siguiente:
"Titulares de páginas personales:
Solamente si incluyen publicidad por la que perciban ingresos están sujetas a la Ley. En ese caso,deben ofrecer información básica (nombre,residencia, dirección de correo electrónico y NIF) y respetar las normas sobre publicidad incluidas en la ley:
- El anunciante debe identificarse claramente.
- El carácter publicitario de la información debe resultar inequívoco."
3UVEDOBLES.lssi.es/
Más claro, agua, ¿no?
26 | PPPerez | 22 de Septiembre de 2007 - 05:57 PMP.D.2 ... Rectificación, no es del MEC, sino del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
27 | PPPerez | 22 de Septiembre de 2007 - 05:59 PMsi va a ser peligroso escribir eun puñetero blog..
28 | Jordi M. Novas | 24 de Septiembre de 2007 - 04:08 AMPrecisamente por eso "alasbarricadas"está sujeta a la Ley.!!Admite "donaciones"!!.
Existe un claro interes lucrativo en la web y por eso la sentencia es concluyente:
"Nuestro legislador, dentro de un sistema general de responsabilidad por culpa, define "ex ante", ciertos deberes.
Si el prestador del servicio ha cumplido estos deberes de diligencia que fija el legislador, no se le podrá exigir responsabilidad por los contenidos ajenos que haya alojado o almacenado. En caso contrario, incluso si ha desatendido sólo uno de los deberes de diligencia fijados, no podrá beneficiarse de la exención.".
!!No hay más señores!!.
...y gracias a esas exenciones puedo opinar de manera civilizada o desproticar lo que quiera en cualquier blog,que si el titular cumple los deberes de diligencia que la Ley exige estará exento de responsabilidad.
29 | estaclaro | 25 de Septiembre de 2007 - 03:19 AMMirad que noticia más divertida.
http://www.20minutos.es/noticia/282926/0/p2p/vigilado/pirateria/
30 | Rayco | 28 de Septiembre de 2007 - 11:45 AMEspero que hables con tono irónico estaclaro, porque las donaciones son donaciones que se han creado a partir de la denuncia. La gente que hace el portal de alasbarricadas son personas que lo hacen sin ánimo de lucro, y la posibilidad de donar se creó a partir de la puesta de la demanda, ni antes ni después.
Y te lo digo porque sé de lo que hablo
31 | javi | 28 de Septiembre de 2007 - 05:06 PMPor si sirviera de algo, el estudiante condenado por los comentarios publicados en su web fue absuelto: http://www.elmundo.es/elmundo/2007/04/18/madrid/1176914934.html
¿Acaso la justicia no es igual para todos?
Javi sabes de lo que hablas?
...en el vertice derecho de la página http://www.alasbarricadas.org,encima de "PUBLICA!",veo PayPal DONAR(Realice pagos con Paypal:es rapido,gratis y seguro)
¿Alasbarricadas "recomienda" Paypal?
¿Alasbarricadas está sujeto al sistema de bonificaciones de Paypal?
https://www.paypal.com/es/cgi-bin/webscr?cmd=p/gen/ua/policy_bonus-outside
¿Constituye esto una actividad económica?.
Según la LSSI, un prestador es el que presta un servico. "Servicio de la Sociedad de la Información" es "todo servicio prestado normalmente a título oneroso, a distancia, por vía electrónica y a petición individual del destinatario"
La LSSI afirma también que pueden incluirse servicios no remunerados, pero añade "en la medida en que constituyan una actividad económica para el prestador de servicios"
Parece pués,que la jueza acertadamente,considera que alasbarricadas esta sujeta a la LSSI.
Otra cosa es que desde ella se intente DESVIAR LA ATENCIÓN hacía otros derroteros,para ocultar:
En primer lugar el propio demandado ha reconocido en la contestación a la demanda que los datos del registro que el mismo aportó a los organismo administrativos reguladores de su actividad,a efectos de registrar su dominio,no han sido actualizados y no se corresponden con su actual domicilio.Tampoco consta que la dirección de correo electronico aportada fuese efectiva para contactar con él,limitandose genéricamente a alegar que es el medio habitual de contacto,pero no aportando prueba al efecto, como le compete una vez verificada la lesión a un derecho fundamental.Así al invertirse la carga de la prueba bastaría con que el demandado hubiese justificado MINIMAMENTE que se podía acceder a él con facilidad y de modo efectivo y que eran eficaces los medios que ponía a disposición de los usuarios para poder a su vez dar cumplimiento a su deber de diligencia,mediante prueba pericial o testifical objetiva(...).
...en otras palabras un tonto muy tonto en cuanto al deber de información que exige la LSSI ,...y un listo muy listo en cuanto a pedir donaciones.
!!!Venga ya con el rollo de la buena pipa!!!.
Tono irónico??.
No sabes de lo que hablas!!.
Alasbarricadas recibe remuneración económica por estar acogida al "Programa de bonificación de vendedores" de PayPal;...y por ese motivo esta regulada por la LSSI.
34 | estaclaro | 11 de Octubre de 2007 - 05:02 AMestaclaro, el paypayl esta desde que empezó el proceso. El que me parece que desconoce el proceso eres tú.
Salud!
35 | estaclaroquenolotienesclaro | 28 de Mayo de 2008 - 01:15 PM
