7 de Septiembre de 2006
Sentencia absolutoria en España por intercambio de archivos en Internet (Actualizado)
Para J. M. han sido varios años de nervios y miedos. Gigantes como AFYVE, la actual PROMUSICAE, y ADESE, lo han llevado a juicio por descargar material audiovisual de Internet, además de ofrecerlo e intercambiarlo con otros usuarios mediante chats, en todo caso sin mediar precio a cambio. El fiscal pidió para este peligroso criminal dos años de prisión, 16 meses de multa a razón de 15 euros diarios, condena en costas y que indemnice a AFYVE con 18.361'53 euros y a Adese y Adivan y otras con las sumas que se determinen en ejecución de sentencia. AFYVE mostró su conformidad con lo solicitado por el fiscal, a ADESE y al resto de acusadores les pareció poca cosa y pidieron 3 años de prisión y multa de 20 meses a razón de 10 euros diarios. El acusado pidió su absolución por considerar que la descarga e intercambio de archivos sin ánimo de lucro no es constitutivo de delito (* ver actualización).
La sentencia ha absuelto a J.M. Lo más interesante de su texto es que no sólo la Juzgadora considera que el intercambio de archivos no es constitutivo de delito por inexistencia de ánimo de lucro sino que lo considera además copia privada.
Dice la sentencia algo que a muchos nos es familiar:
"Siendo ello así, lo que no es cierto es que de los hechos declarados probados, se deduzca la existencia de ese dolo específico que la norma requiere, pues como es conocido, es de los actos externos y objetivos de los que hay que inferir ese elemento tan íntimo como es la intencionalidad del agente, actos que en el caso que nos ocupa aparecen en sentido negativo con meridiana claridad y que son, entre otros y fundamentalmente, la ostentosa proclamación en sus múltiples mensajes de correo enviados que su intención no es en ningún caso comercializar con el material audiovisual del que dispone sino simplemente hacerse con copias de productos que le interesan bien a través de descargas de la red o bien mediante el intercambio con otros usuarios de Internet.
En efecto, de la única prueba objetiva que se ha practicado consistente en el informe del perito Sr. Larraona Cajigas, no cabe llegar a otra conclusión: ni mediaba precio ni aparecían otras contraprestaciones que la propia de compartir entre diversos usuarios el material del que disponían. Y a juicio de esta Juzgadora ello entra en conexión con la posibilidad que el art. 31 de la Ley de Propiedad Intelectual establece de obtener copias para uso privado sin autorización del autor; sin que se pueda entender concurrente ese ánimo de obtener un beneficio ilícito. Entender lo contrario implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado de obtener copias para uso privado. Todo ello lleva a la conclusión de que en este caso no se ha producido una infracción merecedora de sanción penal".
Disclaimer:
A la vista de recientes acontecimientos que ya conocéis debo decir que:
1.- No sé si la sentencia se anulará por alguna razón cósmica.
2.-La sentencia no es firme y puede ser recurrida. Ignoro si lo será o no. Es más, ignoro en general qué cosas van a ocurrir en el futuro.
Bromas aparte, creo que es una buena noticia que, aunque hay que tomarla con las cautelas habituales, debemos disfrutar. J.M el primero.
Actualizado a las 16:30 horas del 8 de Septiembre: He hablado con JM. Por lo que me comenta, aunque la sentencia no deja demasiado claro ese punto, la denuncia lo fue porque ADESE, AFYVE y otras entendían que existía un negocio en el intercambio que éste realizaba con otros usuarios. La jueza finalmente ha resuelto que tal negocio no ha sido probado y, por lo tanto, al no existir ese ánimo de lucro y entender además la juzgadora que estamos ante un supuesto de copia privada, absolvió al acusado. Es importante el apunte, no desde el punto de vista sustancial (en el que la jueza entiende que no es delictivo el intercambio de archivos sin ánimo de lucro considerándolo además copia privada) sino desde el punto de vista de la razón por la que se inició el procedimiento. Hago la puntualización porque muchos, en los comentarios, están preocupados al creer que se estaba denunciando a usuarios de redes P2P por intercambios sin ánimo de lucro. No es así.
David Bravo a las 09:50 PM | Referencias 0Otra patada en el culo para ellos jejeje. A ver si asi aprenden de una vez a no tocar las narices.
Esto deberiamos promocionarlo todo lo que podamos y mas, a ver si se enteran de que les estan labando el cerebro.
Harko.
1 | Harko | 8 de Septiembre de 2006 - 12:25 AMAun con todo no podemos ni debemos confiarnos que los caminos de los usureros son infinitos, pero es una gran noticia.
) S (
2 | Raul Carrillo Garrido aka metsuke | 8 de Septiembre de 2006 - 12:42 AMMe acabo de quedar a cuadros. No tenía la menor idea de que se había demandado a nadie en este país por intercambio de archivos a través de Internet.
3 | mepa | 8 de Septiembre de 2006 - 12:58 AMPor cierto, leyendo el texto de la sentencia me encuentro , pese a la absolución con "procédase a la destrucción de los discos intervenidos".
¿se refiere a las copias privadas obtenidas y requisadas?
Qué obtuso es el mundo jurisprudencial éste (o yo mismo,ya no sé).
4 | mepa | 8 de Septiembre de 2006 - 01:05 AM
Sin duda es muy buena noticia. Enhorabuena a JM.
Me ha llamado mucho la atención esto: "comportamientos socialmente admitidos"
5 | Jose | 8 de Septiembre de 2006 - 01:16 AMCon cautela, cojo con agrado esta buena noticia :)
6 | AnyKiller | 8 de Septiembre de 2006 - 01:43 AMEs una buena noticia (aunque estoy de acuerdo en tomárselo con cautela de todos modos)
7 | Findeton | 8 de Septiembre de 2006 - 01:49 AMUna de las mejores noticias que he podido leer en este blog, enhorabuena a J.M., muy bien por la Jueza al llamar a las cosas por su nombre.
8 | r4p4z | 8 de Septiembre de 2006 - 01:51 AMSe me viene esto a mi cabeza:
promusicae->antimusicae
Nada más leer la noticia es lo primero que pensé.
Y si nos quieren hacer pagar cánones por todo, que acepten que les copien, aunque su "música" o "cine" no sirva ni para copiar.
Y desde aquí os recomiendo que no vayais más al cine (que el capitán tristón se quede en un fiasco) ni compreis más música.
9 | usuario | 8 de Septiembre de 2006 - 02:52 AMMe pregunto lo mismo que mepa:
A que se refiere con >?
¿a los discos vírgenes que contenían las copias privadas? ¿a los discos duros del ordenador? sea cual sea de las dos porque han de destruirlo si justo antes dice que es copia privada y no constituye un delito?
10 | SF | 8 de Septiembre de 2006 - 03:10 AMMe sumo a las dudas de mepa y SF. Espero que David nos pueda aclarar la película. Espero que sólo sea una errónea interpretación nuestra.
11 | Raspu | 8 de Septiembre de 2006 - 04:23 AMDavid, tengo una duda: ¿La sentencia se realiza aplicando la Ley de Propiedad Intelectual tras la última reforma?. Es que, de ser así, creo que queda respondida la pregunta que en su momento te hice sobre cómo quedaba el "mundillo" P2P.
12 | vimes | 8 de Septiembre de 2006 - 08:09 AMTengo un sobrino de 5 años al que voy a llever al cine a ver Jorge (la del monito de dibujos) la banda sonora compuesta por Jack Johnson dice:
It's always more fun
To share with everyone
If you have two
Give one to your friend
If you have three
Give one to your friend and me
Compartir es algo que todo el mundo deberia hacer, es algo bueno, y nunca podra ser considerado un delito.
El día que metan a la carcel a alguien por esto sera el dia que me marche de este pais.
un saludo.
13 | otokonoco | 8 de Septiembre de 2006 - 08:46 AMDavid, el disclaimer no sirve de nada cuando toca armar jaleo sin sentido y apalear a alguien para conseguir protagonismo.
Lo único que sirve es poner los puntos sobres las íes cuando se le suben a uno a las barbas.
¡Gracias por la noticia, me has alegrado el día!.
14 | p2p | 8 de Septiembre de 2006 - 08:52 AMYo tampoco me había enterado que se había demandado a alguien por descargar ficheros. Sería bueno que alguien pusiera un enlace a la noticia de la demanda si es que existe.
Ahora faltaría la contrademanda por falsa denuncia, daños morales, etc.
16 | anv | 8 de Septiembre de 2006 - 09:40 AMMe se de alguno que se va a hartar de contar habas.
¡Estupenda noticia!.
Magnífica noticia. La sentencia, que he podido leer entera, es irreprochable jurídicamente, y hace una especial referencia al "dolo" como integrante del tipo penal del delito contra la propiedad intelectual, y que, desde luego, brilla por su ausencia.
Además, la Circular de la Fiscalía General del Estado, 1/2006, deja bastante claro que este intercambio de archivos no es delito (si, aunque parezca mentira, la misma Fiscalía que rebaja la petición de condena del etarra Iñaki Bilbao de 12 a 2 años de prisión, después de amenazar al juez de la Audiencia Nacional que le juzgaba con pegarle 7 tiros y arrancarle la piel a tiras. Se ve que en esta circular no metió mano Candidito).
Una sentencia con la ley anterior a la reforma de la LPI. Hoy sería delito porque no hay una copia del original.
19 | | 8 de Septiembre de 2006 - 10:55 AMsolo repetir lo que otros han dicho: magnífica noticia. Por cierto, se detecta cierto miedo (?) ya en algunos, pues no se sabe como se aplicará la reforma de la LPI aprobada en junio. David, el parrafo de la ley que dice algo así como que "solo sedeberá solicitar permiso para la copia, cuando no se tenga legitimo acceso al original", ¿es una via indirecta de declaracion de ilegalidad de los sistemas p2p?, Si voy, entonces a un videoclub, y alquilo una peli y la copio,puesto que tengo acceso legitimo al original, ¿es legal la copia?, ¿ como se define lo de acceso legítimo al original? ?¿ es lo mismo acceso legitimo, que acceso en propiedad, porque es mio?
20 | jincho | 8 de Septiembre de 2006 - 11:15 AMjincho, la ley no dice eso. Dice que se pueden copiar las obras a las que se haya accedido legalmente. No dice eso del original.
21 | Tronco | 8 de Septiembre de 2006 - 11:20 AMa ver que dice la acam, que es mucho mas imparcial que un abogado que se reconoce ignorante de los acontecimientos venideros
será que en los cursos de propiedad intelectual que imparte (adoctrina, mas bien) l'honorable società incluyen clases con la Pitonisa Lola
David, a Farré vas!
22 | Defunkid | 8 de Septiembre de 2006 - 11:25 AMDavid, gracias por esta nota, y te agradeceríamos un par de aclaraciones (para los que no sabemos de Derecho).
La primera es que, de momento, no hay delito, o no hay sanción penal. Pero eso no impediría que pudiese haber una infracción civil (o como tenga que llamarse a la infracción por derecho civil). Y entiendo que aquí habría muchas más posibilidades de que la sentencia fuese condenatoria.
La segunda aclaración es la que se menciona en el comentario anterior (que es anónimo). Con la nueva LPI, el requisito es «a partir de obras a las que haya accedido legalmente». Está redactado de un modo suficientemente ambiguo como para que pueda significar algo y su contrario (hasta que la jurisprudencia lo fije).
Lo de los «comportamientos socialmente admitidos» es algo que las entidades de gestión colectiva de derechos lucharán a muerte por cambiar.
Las sentencias son públicas, ¿o sólo son las sentencias firmes? Entonces, lo de borrar los datos personales de la sentencia, ¿es cortesía con el demandado? ¿o es que simplemente el original estaba así.
Si nos aclaras todo esto, supongo que el resto entenderemos más.
Muchas gracias por tu gran trabajo,
Pablo
Me parece una buena noticia en el sentido de que todavía no se ha prohibido explicitamente el pirateo.
De todos modos, me parecen una sarta de gilipolleces todos aquellos que llaman a no comprar música ni ir al cine. De esa manera se acaba con la música y el cine. Ya pocas personas pueden vivir en este país de la música exceptuando a los grandes como Alejandro Sanz o Bisbal, que dejan de vender 500.000 copias, pero venden 200.000, sin embargo aquellos pequeños grupos que sobrevivían con 5.000 o 10.000 copias vendidas actualmente NO VENDEN NADA, no pueden vivir de la música y por lo tanto NO HACEN MÚSICA, sino que dedican la mayor parte de su tiempo a trabajar en un supermercado o en un bar. Así es como estamos destruyendo la industria y la música en sí.
Es verdad que los precios son excesivos y que deberían bajar incluso de los 10 euros, pero vender a través de internet.
Y es que señores, la gran mentira que todos nos queremos creer, y que en el fondo sabemos que lo es, pero nos negamos a reconocerlo, es que la música es gratis. "si llevo 5 años descargando música gratuitamente ¡como voy a pagar ahora por ella!" Para que se den cuenta de lo absurdo de la situación esto equivaldría a que pudiéramos coger los alimentos en el super y salir por la puerta sin pagar. Si luego ponen tipos de seguridad en la puerta y no nos dejan salir diríamos "pero oiga! que yo llevo 5 años sin pagar nada de esto".
Nos negamos y nos creemos nuestra mentira. Pero igual que hay carniceros y agricultores que venden alimentos a los que es necesario pagar para que nos sigan deleitando con sus productos, también es necesario pagar a la gente que dedica todo su tiempo a crear piezas musicales que nos deleitan en nuestro salón de casa. Si no, la calidad mermará y la música empezará a desaparecer. Y que decir del cine... nos quedaríamos directamente sin películas y todo serían bodrios de series en la tv.
Ala, pensar un poco sobre esto y tratar de arrancaros esa falsa idea preasumida en vuestra cabeza por costumbre.
un saludo
24 | Astercoa | 8 de Septiembre de 2006 - 11:28 AMQue se entiende pues de lo de "...A PARTIR DE OBRAS A LAS QUE SE HAYA ACCEDIDO LEGALMENTE...".
No soy abogado.
Para jincho: pues eso, que hayas accedido legalmente. Por ejemplo, no puedes desproteger, porque eso lo prohibieron en la última reforma de la ley (la misma en la que añadieron la coletilla que mencionas).
Pero si no desproteges, ni haces ninguna otra cosa ilegal para obtener la copia, es perfectamente legal, sin que sea necesario que sea a partir de un "original".
La tan famosa coletilla ni siquiera aparecía en el proyecto de ley original, y en el preámbulo de la ley no se dice que el régimen de copia privada haya cambiado, así que no hay que darle a la coletilla más importancia de la que tiene: no se puede usar el derecho a la copia privada para desproteger. Si quieres una copia privada de una obra protegida, has de demandar al autor (o cesionario), mecanismo previsto en la propia ley (art. 161).
Pablo, efectivamente hay que diferenciar entre ilícito penal e ilícito civil. Por eso digo que la sentencia es especialmente interesante porque además de decir que no hay delito dice que considera el intercambio de archivos como copia privada y alude a la Ley de Propiedad Intelectual (es decir, da también la juzgadora su opinión sobre el ámbito civil en el momento en el que entiende que es copia privada la adquirida por medio de intercambios no lucrativos).
La redacción de la nueva LPI, en lo que se refiere a copia privada, es absolutamente ambigua (sobre todo en lo que se refiere a lo del "acceso legal a la obra", que en mi opinión y de otros compañeros se refiere a la desprotección de obras) y crea inseguridad jurídica. Si bien la anterior parecía clara, la actual nos deja, más que nunca, al arbitrio del juez. En cualquier caso mi mayor temor está en la inclusión del nuevo derecho de puesta a disposición que parece encaminado a considerar ilegal la subida automática de datos en redes P2P. Eso podría hacer que en el futuro, como ha ocurrido en otros países, se comiencen a poner demandas (vía civil, por tanto) a usuarios de P2P no por lo que bajan sino por lo que suben. Es posible defenderse contra eso y creo que con buenos argumentos, pero es una cuestión controvertida y más con la nueva ley.
El nombre y apellidos de la sentencia los borró el propio acusado. Lo hizo por motivos de intimidad. Me dijo, eso sí, que si necesitaba publicarla con el nombre y sin tachaduras que se lo dijera. No se lo dije por no creerlo necesario.
Saludos.
27 | David Bravo | 8 de Septiembre de 2006 - 12:05 PMMagnífica noticia, con las reservas habituales hasta que la sentencia adquiera firmeza y blablabla... pero un gran paso para la "desdemonización" del P2P. Seguro que esto no sale en el telediario de Antena 3...
No suelo escribir comentarios en bitácoras a las que no suelo entrar, pero en este caso, quisiera opinar sobre lo que comenta Astercoa: Decir que los músicos se van a rruinar porque la gente se descargue sus canciones gratis y las comparta es, según creo, simplista y demuestra un claro desconocimiento de la industria musical en España. Un artista normailto, que esté empezando, suele ganar entre 20 y 80 céntimos por disco vendido. Eso quiere decir que, teniendo en cuenta las ventas históricas de discos en España, (sí las de antes de la mula) el señor artista no podrá pagar el alquiler de su casa. ¿Qué es lo que tienen que hacer para vivir? Conciertos. Sí, claro, en Estados Unidos es normal vender 5 millones de discos (que aunque ganen 20 céntimos por casa uno, como que se forran, vale) y pueden permitirse el lujo de sere unos cretinos en los conciertos, no aparecer, cancelarlos en el último minuto, etc.. (que voy a contar de los Rolling que no sepáis).
En España siempre ha habido que currárselo y swiempre habrá que hacerlo. Más bolos y menos tontería. Mientras haya obreros de la música, nunca se acabará la creación, sólo que cada vez pensamos más en ganar mucha pasta de golpe y retirarnos. Esa no es la actitud.
Por otro lado, que nos cobren un canon por tener un disco duro, comprar un CD, un MP3 o un diskete, creo que me están legitimando para "piratear". Ya que me cobran multa por anticipado, no me duelen prendas para realizar el hecho punible. Si me cobran antes de salir de viaje por si voy a superar el límite de velocidad, te aseguro que iré a la velocidad que me de la gana (siempre que no ponga en peligro a los demás, claro), que ya he pagado...
Un saludo
Pregunto, quizas de manera absurda, pues ¿Es deliberado el diseño de una ley con tan alto nivel de ambigüedades?.
Gracias por las aclaraciones anteriores.
David,
Si es copia privada genera canon ,luego discutimos si esa copia privada da derecho o no a la difusion o si es necesaria o no la propiedad de la obra original de la que se hace la copia privada etc, pero esta sentencia da argumentos a la SGAE para demandar la aplicacion del canon de copia privada a los fabricantes de discos duros, adsl, pc etc.
Espero que cada vez mas artistas y discograficas se den cuenta que las sociedades de gestion son parasitos que solo benefician a la minoria de superventas y que extraen los recursos necesarios a los minoritarios y publio en general.
Si las leyes no fueran ambiguas para que necesitaríamos a los abogados y a los jueces.
En cualquier caso hay varias opiniones que no comparto y leo:
"Me parece una buena noticia en el sentido de que todavía no se ha prohibido explicitamente el pirateo"
No es que no se haya prohibido explícitamente el pirateo o no, lo que es una buena noticia es que exista una sentencia que establezca que INTERCAMBIAR ARCHIVOS NO ES PIRATEO sino que está dentro del ámbito de la copia privada.
31 | alquimista | 8 de Septiembre de 2006 - 12:52 PMLa noticia es buena, pero me asalta una duda, al ser una absolución ¿quien paga los costes? Porque el miedo a los costes es otro as en la manga de las sociedades.
32 | enhiro | 8 de Septiembre de 2006 - 12:57 PMDavid, a raiz de tu respuesta me surgen varias dudas:
1)El uso normal del P2P, sin ánimo de lucro, sigue sin ser delito penal, pero es un ilícito civil. ¿cierto?
2)Necesito una copia legal para hacerme una copia privada:
- Si me descargo un mp3 vía red P2P, el cual ha sido obtenido legalmente (ripear un cd sin protección), ni es ilegal ni es un ilícito civil, ¿verdad?
- Si con esos mp3 reconstruyo el CD de partida, aquí no lo he hecho a partir del original. ¿esto es ilegal?
- En el caso anterior, aunque pueda "demostrar" que lo he hecho a partir del CD original, ¿y si me hago mi propia recopilación en un CD?
Asumo que son preguntas complicadas tal y como está la ley ahora mismo...
Gracias por todo,
Un saludo.
Te contesto, V512.
1.- No. Yo no creo que sea un ilícito civil. Digo que la nueva ley deja eso lo suficientemente ambiguo como para que todo dependa (más que nunca) de la interpretación del juez.
2.-
- Estoy de acuerdo.
- No. En mi opinión no es ilegal.
- Lo que importa no es que el CD sea o no original sino el modo de acceder a a la obra. Es decir, si has roto o no la protección para hacer la copia. Dependerá de eso que sea o no legal.
34 | David Bravo | 8 de Septiembre de 2006 - 01:05 PMAstercoa dijo:
Ya pocas personas pueden vivir en este país de la música exceptuando a los grandes como Alejandro Sanz o Bisbal, que dejan de vender 500.000 copias, pero venden 200.000, sin embargo aquellos pequeños grupos que sobrevivían con 5.000 o 10.000 copias vendidas actualmente NO VENDEN NADA, no pueden vivir de la música y por lo tanto NO HACEN MÚSICA
Estimada Astercoa.
Aceptamos barco, digamos que la mayor basura mainstream de este país como Alefando Sanz o Abismal son ""Grandes"". Sin duda a esta clase de """"artistas""" les afecta muy negativamente el pirateo, como tu dices, es decir les afecta que vendan sus discos en una manta con ánimo de lucro, lo que además de ilegal, es una canallada. También les afecta muy negativamente el intercambio de archivos por internet, lo que no es delito ni piratería según se deduce de la sentencia publicada en el post. Y lo que no es tampoco gratuito, ya que, además de pagar una conexión a intertet, pagamos un canon en compensación por copia privada POR TODO, incluso por reproductores MP3 con los que no se puede hacer copias privadas, solo reproducir música.
Lo que es indiscutible es que a los grupos pequeños y alternativos -con alternativos no me refiero a LOS PLANETAS- no les afecta en absoluto la piratería, porque NUNCA han estado ni estarán EN UNA MANTA.
Lo que si les afecta es el intercambio de archivos de internet. ¿Y cómo les afecta? MUY POSITIVAMENTE ya que internet les ofrece un marco incomparable para darse a conocer y hacer lo que les gusta a los músicos, que es HACER MÚSICA NO VENDER DISCOS. Para un músico desconocida cuanta más gente le conozca y oiga su música, mas gente irá a sus conciertos por lo que mas facilemente podrán vivir de su música, como tu muy bien dices.
El intercambio de archivos también afecta a los músicos desconocidos y a estilos de música que la INDUSTRIA DESPRECIA , dándoles oportunidad de conseguir promoción gratuita, para que una vez que sean inversión segura puedan venderse a la industria mainstream -como LOS PLANETAS-, para que la industria gane dinero vendiendo sus discos y ellos puedan dejar de ser desconocidos y alternativos y vivir mas facilmente de lo que les gusta, de hacer música y de los conciertos.
Un buen ejemplo de ello lo tienes en El Koala, un músico ahora mainstream que ha estado en grupos punk desde 1986 y en los Ducati casi ocho años, sin vender un ápice -y en el año 86, no se podía culpar a la piratería de las pocas ventas- . Un músico que esta donde esta gracias al intercambio de una de sus canciones, ya que la industria nunca apostó por él.
Pero que va: la culpa de todo la tiene Yoko Ono.
35 | lcdtltYO | 8 de Septiembre de 2006 - 01:06 PMHola,
el planteamiento que hace Moet de cómo debería ser el modelo futuro de la música es el siguiente: la música es gratis y libre, lo que se paga es el concierto.
Lo que se lleva el artista de un cd son 30 o 50 centimos por disco, si, debería ser un poco más. Pero supongo que todos conocemos la cantidad de gastos intermedios que hay en la venta de un cd. Algunos simplistas como yo, se cagan en la puta madre de alguna de las 5 grandes distribuidoras mundiales; justifican su actuación creandose un enemigo capitalista que es muy malo supuestamente y que nos quiere cobrar mucho por un cd.
Una tienda a pie de calle se lleva creo un 50% del coste del cd, igual que un cine que cobra el 50% de lo que vale su entrada. Os puedo asegurar que aquellos quienes tienen una tienda de discos, malviven y no se hacen ricos vendiendo cd´s. Aquellos que tienen un cine no malviven porque para empezar tienen dinero, pero tampoco ganan mucho. Otra cosa son los multicines de multinacionales que sólo ponen mierda norteamericana, a esos si me los cargaría.
El 50% que queda se reparte entre productora, distribuidora, gastos de grabación en estudio, carátulas, diseño, fotografías, cd virgen y finalmente artista.
El secreto está creo yo en eliminar la mayor cantidad posible de gastos intermedios, empezando por la tienda de discos, que debe desaparecer (ya estaríamos dejando sin empleo a mucha gente), y también la distribuidora.
Lo que debería quedar sería un grupo que contrata con productoras y pagan un estudio, y una página web colectiva de artistas que vendan esos ficheros de buena calidad y con buena producción.
El directo está muy bien para saltar, gritar y tirarse cerveza por encima; pero yo diría que los momentos de más conexión espiritual con la música suelo tenerlos con un cd de música. Y ese cd me gusta que tenga una producción muy cuidada y el sonido sea perfecto.
Para ello creo que debemos pagar y sacarnos esa idea de la cabeza de que la música es gratis. Yo pagaría 6 o 7 euros por un cd descargado con imágenes y videos de mi grupo preferido y con una calidad perfecta de sonido (descarga rápida y contenidos gratuitos posteriores a la compra del disco sobre el disco en sí).
Y lo que es más importante y sobre todo quiero decir aquí: pagar esos 6 euros por el producto que describo arriba me parece algo JUSTO. Descargar música gratuitamente arruinando la vida de aquellos que a mi me la hacen más bonita, pese a que lo haga por no haber aún alternativa, NO me parece JUSTO y desde luego no me pongo a montar un discurso para tratar de disfrazarlo de algo justo.
Efectivamente señores jueces y señores artistas reconozco que ROBO música porque no puedo comprarla al precio que está. Revisen su modelo por favor, desaparezcan señoras distribuidoras, y artistas alcen la voz y monten sus comunidades para vender música sin intermediarios y a coste bajo ganando lo mismo o un poco más de lo que ganan ahora.
Ala, y el argumento de que los músicos no deberían querer ser ricos, y por eso pirateo, me parece una excusa, de nuevo. Bájate tu el sueldo y obligate a pensar que no deberías querer ser rico o tener dinero o vivir con más facilidades y no ahogado por la hipoteca o el alquiler. Ellos hacen algo que podemos elegir o no, pero si lo queremos elegir ellos tienen derecho a ganar dinero con ello, porque es a lo que dedican todo su tiempo diario de trabajo.
Ala, sin más
36 | astarcoa | 8 de Septiembre de 2006 - 01:12 PMY la noticia es excelente, pero me dejan los últimos comentaríos de David con sabor agridulce, ya que parece que las entidades de gestión se han salido con la suya: que ilegal el subir datos a las redes p2p, con lo que se les dá oportunidad a estos sinverguenzas de ganar más dinero, que es lo único que quieren.
Muy cínico por su parte, no les importa que descargemos música -cuanta mas descargemos mejor para ellos ya que genera mas canon- lo que quieren es poder ampliar su negocio a las demandas y así ganár aún mas dinero todavia a costa de la gente de la calle.
37 | lcdtltYO | 8 de Septiembre de 2006 - 01:22 PMastarcoa, el negocio de los cines está en el ambigú.
38 | enhiro | 8 de Septiembre de 2006 - 01:27 PMJoer, pues sí que es buena noticia, ni ilicito civil ni penal. Ha imperado de momento el sentido común y no el sentido del dinero. Eso si, ¿cuando la sentencia dice 'destrucción' no querrá decir 'devolución'?. Es lo único que no entiendo.
También me hago eco de la última pregunta de jincho. ¿Una ley no debe dejar claro lo que ilegaliza o lo que no?. Eso de que las leyes queden sujetas a interpretación no me entra en la cabeza, ya que todos estamos sujetos a ellas y todos deberíamos entenderlas sin necesidad que nadie nos las interprete, más que nada para que no hagamos algo que es ilegal pensando que no lo es. Si se quiere ilegalizar el P2P, ¿porque no se creó un nuevo artículo en que se explicitara claramente que iba dirigido al P2P?. Algo que usan varios MILLONES de personas en este país debe quedar bien clarito la situación legal en la que queda tras una reforma. Por tanto, si hay dudas de que la nueva ley ilegaliza la subida de datos en P2P entonces debería ser porque simplemente no la ilegaliza (cosa que bajo mi modesta opinión pienso que es así). Vamos, es lo que mi cabeza dicta que es lo lógico y es lo que haría si fuera político, no se lo que harían los demás.
Por otro lado, en el preámbulo de la reforma, se viene a decir que esta ley no cambia sustancialmete la anterior, sino que aclara conceptos simplemente. Pues más que aclararlos parece que lo que ha hecho es confundirlos más aun.
Lo dicho, que no hay por donde cogerlo vamos.
39 | Defiende tus Derechos | 8 de Septiembre de 2006 - 01:27 PMSeñor IcdtltYO:
que yo sepa las entidades de gestión se dedican recaudar dinero, no ganarlo. Con ese dinero se pagan los sueldos de los propios trabajadores de la entidad excluyendo a los jefes que no cobran.
Todo ese dinero que dices simplemente que ganan, se reparte para guionistas, directores, músicos, grupos de música, escritores, artistas..... que según tu planteamiento son sólo ladrones.
Actualmente incluso criterio de la fiscalía es contrario a criminalizar esto.
Quienes colocan en un sitio de Internet una obra protegida sin la autorización de su titular o los usuarios de un sistema Peer to Peer de intercambio de archivos, realizan una conducta de comunicación pública no autorizada, e infringen el derecho exclusivo del titular; dicha infracción es susceptible de ser denunciada y reparada mediante el ejercicio de las correspondientes acciones de carácter civil,
pero en principio, y salvo que por las circunstancias concurrentes se acredite lo contrario, no concurre en los mismos el elemento subjetivo del ánimo de lucro que exige el tipo penal. El elemento del ánimo de lucro debe ser interpretado, no en el sentido amplio de obtención de cualquier tipo de ventaja, utilidad o beneficio, sino en el sentido estricto de “lucro comercial”.
Pero ojo, que no sea delito no es equivalente a que sea conforme a Derecho.
Lo que pasa es que es un tema de vulneración de la Ley de Propiedad Intelectual, que es una cuestión civil, no penal.
Penalmente los que acusan (el fiscal) ya no van por ahí desde la circular del año pasado (el proceso viene de antes)
http://www.trasnochaos.com/circular1_2006/CIRCULAR1-2006.pdf
Tal como yo lo veo, los únicos que se lucran cuando yo me bajo cualquier cosa de internet son Telefónica, por cobrarme el ADSL, y la SGAE por cobrarme el cánon.
Pero claro, no creo que a la SGAE le interese reconocer que ella, y no yo, gana dinero con mi copia privada. Que se denuncie a sí misma. El lucrador lucrado.
Saludos, David.
43 | skinner | 8 de Septiembre de 2006 - 01:33 PMAstercoa, Yo soy coleccionista de CDs y de discos de vinilo, y no diria que los momentos de más conexión espiritual con la música suelo tenerlos con un cd o un vinilo.
Los Vinilos los colecciona como podria tener una colección de sellos, por su belleza y su valor como obra de arte ajena a la música. Los CDs y los Vinilos no dejan de ser un sucedaneo de la música, una imitacion enlatada de la música en directo.
Y hablando de ir al paro ¿cuanta gente fué al paro cuando la industria abandonó el vinilo de un plumazo? ¿cuanto aumentaron los beneficios de la industra al abaratar costes gracias a la fabricación de CDs?¿cuanto subieron los beneficios de la industria al volver a vender los discos que ya tenia todo el mundo en vinilo en otro formato nuevo con la excusa de que "se oye mejor"?
44 | lcdtltYO | 8 de Septiembre de 2006 - 01:34 PMAl final las mismas dudas de siempre.
Dices que la demanda fue hace varios años. Se juzga según las leyes de entonces, no las de ahora, no?
Es decir, si denuncian ahora, el resultado puede ser bien distinto por las reformas que ha tenido la LPI.
No sé, yo no me quito los nervios del cuerpo.
45 | jose | 8 de Septiembre de 2006 - 01:44 PMLas entidades de gestión cobran su comisión de lo que gestionan por supuesto.
Los jefes de las entidades, son los mismos que cobran, Artistas trasnochados que tuvieron su minuto de gloria, que parten y reparten y se llevan la mejor parte y que si de dedicaran a vivir de la música que crean en lugar de dedicarse a presidir entidades de gestión tendrían muchas dificultades para llegar a fin de mes.
No me imagino a artistas que viven de su música presidiendo una entidad de gestión, No me imagino a Mick Jagger presidiendo la SGAE. Mick Jagger lleva desde los años 60 viviendo de su música, prepara conciertos a los que van miles de personas y tiene la chulería de no presentarse a los mismos.
46 | lcdtltYO | 8 de Septiembre de 2006 - 01:44 PMastarcoa:
Estoy de acuerdo contigo en que hay que pagar para que los músicos sigan creando, muy de acuerdo. Correctísimo pagar 5 ó 6 euros por descargarmelo de internet, o incluso que sea gratis y puedas hacer donaciones, como hace George Michael, (mi donación está hecha), allá cada cual. Con lo que no estoy de acuerdo es con que las grandes compañías se enriquezcan a costa del trabajo de otro. Muy lícito que el cantante quiera ser rico y que lo consiga, pero insisto en que la forma es trabajando día a día, con los conciertos. Si quieren vivir de los discos que vendan exclusivamente, van de lado, y quien quiera hacerme creer que el artista se arruina porque me baje música de internet, creo que no se ha parado a pensar en las cifras y que, además, está más que mediatizado. Es lo que comentaba antes, esta noticia no saldrá en los telediarios porque no interesa.
En general estoy totalmente de acuerdo contigo en los planteamientos, pero con distintas conclusiones. Si está caro comprar música (como es el caso), robo descargándomela, pero a mí si me parece justo. Voy a los conciertos de los que me gustan y sé que van a ganar más dinero con mi entrada que comprándole 10 discos. Supongo que salvo excepciones, preferirán que vaya al concierto., y ojalá se hagan ricos sudando bajo los focos que viviendo de las rentas.
Astercoa regresa a la Tierra y deja Marte.
Lo que dice la magistrada es la pura verdad. El uso de internet para realizar la copia privada es la forma moderna de realizar esta.
Recuerdo a l@s autor@s que el piratear y compartir archivos son dos cosas muy distintas, principalmente en la primera hay lucro económico y en la segunda nó.
Por cierto un autor/a que quiera vivir de la sopa boba, no está realizando, la función o el fin al que le fue encomendado con el nacimiento del derecho de autor, el cual nace para compensar al/a mism/a e incentivarle a seguir creando (algo que en la actualidad hacen poquísim@s). Cuando se cumple se le paga al autor/a, por su esfuerzo y dedicación.
Salu2
48 | Nova6K0 | 8 de Septiembre de 2006 - 02:02 PMDavid, ¿ se sabe porque fue condenado el responsable de la web que aparece en la sentencia?
49 | Julian | 8 de Septiembre de 2006 - 02:12 PMUna pregunta, q tribunal ha dictado esta sentencia? Es recurrible?
SAludos
luis, ¿por qué no lees el post y la sentencia y te enteras de qué tribunal ha dictado la sentencia y si es o no recurrible?
51 | Rock | 8 de Septiembre de 2006 - 02:25 PMPor cierto, seguro que no habreis podido ver la noticia en ninguna televisión, pero por lo menos algún medio ya se ha hecho eco:
http://www.20minutos.es/noticia/150487/0/afyve/p2p/adese/
52 | Defiende tus Derechos | 8 de Septiembre de 2006 - 03:35 PMBueeeeenoooo.... Que los jefes de las Suciedades de gestión no cobran....?! Si te refieres a un sueldo fijo, desde luego, parece que no. Pero si hablamos de gastos de representación y dietas y desplazamientos y otras más... Pues sí. Si cobran y mucho. D. Ramon ¿?Márquez ha dejado de defender a los pobrecitos autores(Alejandro, Bisbal, y demás superventas. A los otros a los pobres no los ha defendido NUNCA) pero no ha renunciado a su cargo en el consejo de administración. Héroe no, pero tonto tampoco.
53 | Ur Amo | 8 de Septiembre de 2006 - 03:48 PMMe alegro un montón de cosas como esta, a ver si se dejan de una vez de tonterías...
54 | Alberto García | 8 de Septiembre de 2006 - 03:59 PMEs esperanzador que estas alturas aún queden Jueces sensatos y justos y no se dejen intimidar por las discográficas y sus influencias.
Además yo les habría cargado las costas, y una sanción administrativa a los denunciantes por instrumentalización de la justicia para enriquecimiento ilícito.
Salomón no fue el último.
55 | Javier | 8 de Septiembre de 2006 - 04:32 PMlo preocupante(aunque la noticia es una pequeña victoria)es que se demande en España por el interambio en la red.En Argentina ya es tema viejo, siendo que hay sentencias(firmes)de multas millonarias por este mismo "delito"
Saludos
Rodrigo.
Hola David, quería hacerte un par de preguntas sobre uno de tus comentarios. Has dicho:
"[...] mi mayor temor está en la inclusión del nuevo derecho de puesta a disposición que parece encaminado a considerar ilegal la subida automática de datos en redes P2P. Eso podría hacer que en el futuro, como ha ocurrido en otros países, se comiencen a poner demandas[...] "
¿Quieres decir con esto que en otros países se han puesto ya demandas basándose en algún artículo redactado de forma análoga al 20.2.i) de nuestra ley?
Si es así, ¿la posible sentencia en ese otro país puede tener alguna influencia en la que se pudiera dictar aquí llegado el caso?
Gracias por todo lo que haces. Un saludo.
57 | Defiende tus Derechos | 8 de Septiembre de 2006 - 05:18 PM¿No os resulta un poco sospechoso, que no veamos esta noticia reflejada en los medios de comunicacion, en los cuales estamos acostumbrados a recibir noticias siempre negativas a lo relacionado al mundo de las descargas de "datos" por internet?
A veces los magistrados aplican la ley de una forma justa y desinteresada.
Bueno, nada mas que decir. Un saludo a David por el gran trabajo y a todos ustedes!
Astarcoa:así en jeroglífico:spiralfroguniversalemimusicwaltdisneyylaostiamásennomuchossegundostógratis
59 | truestar | 8 de Septiembre de 2006 - 06:03 PMsé que es un offtopicazo pero en ultimando el mod para descarga de lavadoras,el siguiente paso es;a por los tratantes de habas y habichuelas,más que nada para que no se gasten un pastón en tanta fabada.
60 | truestar | 8 de Septiembre de 2006 - 06:07 PMHola.
Soy un músico 'de andar por casa'.
De lo que se suele hablar en estos casos no es de música, sino de eso que llaman 'industria musical'. En esta industria, el arte, la creación, la honestidad y sinceridad de un autor que intenta expresarse, son secundarios. Son una fábrica de chorizos (en los dos sentidos) con el único objetivo de sacar pasta. Es comprensible y sin duda es legal, pero no tiene nada que ver con la música, que es un mero instrumento. Los autores e intérpretes son meras piezas de un mecanismo, donde es tan importante o más la promoción. De hecho probablemente se diseñan las campañas y proyectos globales antes de 'escoger' a los artistas. Hasta se ha hecho una campaña de 'formación' del público para que sepa lo que es un 'auténtico' artista. La definición elegida parece ser la de un joven ilusionado con cantar y ser algún día una estrella. Cuanto más llora-pero-finalmente-se-supera-a-si-mismo más artista es. Por supuesto canta con una técnica impecable (bueno, aún tiene que pulir algunos matices...) y canta canciones compuestas por otros (menos aquél chico tan majo que componía él... cómo era...? y cómo eran sus canciones...?)
Y encima es un artista de pop rock. No se... me gustaría ver la temporada de OT en la que ganaron los Roling... ah que en OT no hay grupos! Curioso. Quien dice los Roling dice cualquier grupo o solista de auténtica calidad y creatividad, ya sea famoso o un grupo independiente de Burgos. Aunque no se si quedan grupos independientes en Burgos. En los 80 los había a patadas, a cual más creativo. Ahora los cuatro gatos que hay ya están bien 'educados' y con suerte aspiran a hacer ritmanblús, pero nada raro ni creativo, no vaya a ser. Es que ni jazz.
Eso es más o menos el presente.
Personalmente espero fervientemente que la industria discográfica se hunda para siempre. Y creo que así va a ocurrir. Pero como también se con seguridad que, muchos o pocos, de buena o mala calidad y creativos o no, va a seguir habiendo gente con AUTÉNTICAS ganas de expresarse y difundir su música, la música encontrará su camino.
Supongo que tanto la causa de lo uno como la solución para lo otro vendrán por el mismo camino, que no es otro que internet.
De hecho ya existen hace tiempo las tiendas online donde los músicos venden lo SUYO sin más intermediarios ni comisiones que los que gestionan el sitio. Incluso para los 'grandes artistas' están iTunes y las demás tiendas online que están por venir. A lo mejor los sellos independientes pequeños también pueden acceder a ellas, no lo se.
En cualquier caso casi existen a pesar de las grandes discográficas, que se resisten a cambiar de modelo. Seguirán así hasta que no les quede más remedio, y espero que para entonces sea demasiado tarde y al fin la música esté sólo en manos de los músicos y los que la escuchan. Y saldremos ganando todos, tanto en dinero como en calidad de la música, que es de lo que se trata, no de mantener una maquinaria y unos puestos de trabajo como dice Chenoa. Yo también he cambiao de trabajo más de una vez.
Es otro asunto, pero supongo también que la tecnología proveerá de un procedimiento para que los autores de la música perciban una compensación por el rendimiento que se obtiene de su creación cuando se expone en sitios públicos, pero sin el mangoneo vergonzoso de la SGAE, las radiofórmulas y los concursos de artistas en ciernes... Aunque la SGAE está ahí a la que salta. Hasta por tener morros para silbar te van a cobrar un canon.
Saludos
61 | música industrial | 8 de Septiembre de 2006 - 06:19 PMMe gustaría ver una sentencia de estas en el ámbito de civil :-) Aún así, una fantástica noticia sobre todo por el apunte que se hace sobre el artículo 31 de la LPI.
62 | rwx | 8 de Septiembre de 2006 - 06:31 PMHmmm ... David, ¿no habia antes un enlace a un archivo con la sentecia al completo?
Me ha parecido verlo antes y ahora no lo encuentro (?)
63 | PPPerez | 8 de Septiembre de 2006 - 06:34 PMPPPerez, el acusado, que me la mandó ayer para que la publicara, me ha pedido que la retire. Y no por capricho, sino porque ha considerado que estratégicamente le es más beneficioso en tanto la sentencia no sea firme.
64 | David Bravo | 8 de Septiembre de 2006 - 06:41 PMOk ... si es su decision, me parece respetable.
Mas que nada te lo decia por si habia sido un lapsus y se habia perdido al hacer la actualizacion ;-)
Saludos.
Me ha gustado mucho el comentario de 'música industrial', sin duda mucho más cualificada que la de los cantantes que fueron a llorarle a ZP. Un saludo a todos.
66 | arrozman | 8 de Septiembre de 2006 - 07:21 PMLos archivos digitales que contienen música, textos, imágenes, películas... deben ser gratuitos, porque de hecho carecen de coste de duplicación, y porque la cultura es un bien universal.
Mucha gente confunde "música" con "archivo digital", y "bit" con "átomo".
Está muy bien que un CD editado por una discográfica con todo lujo de carátula y libreto, tenga un precio en las tiendas, porque se está vendiendo un objeto fisico, un producto material, hecho de átomos. También está muy bien que unos intérpretes musicales den conciertos y cobren entrada: están ofreciendo música en vivo, algo imposible de experimentar de otra manera que estando allí. Los autores de los temas musicales pueden cobrarles derechos a los intérpretes, cada vez que toquen su música y/o letras. También les pueden cobrar esos derechos a las discográficas, por cada CD material (hecho de átomos) que se venda.
Pero a diferencia de lo anterior, los archivos digitales están hechos de bits. Esos bits son fácilmente duplicables y sin costo apreciable. Los legisladores deben tolerar la circulación libre y gratuita de archivos digitales, como potente herramienta de extender la cultura en todos los ámbitos de la sociedad. Si al lado de esa circulación libre, P2P, de archivos digitales, hay quien pone su tienda para venderlos (tipo iTunes, etc), pues que pague derechos e impuestos a quien corresponda y que se atenga a los correspondientes permisos. Siempre habrá quien prefiere ir a comprar un producto fisico a una tienda física, o un producto virtual a una tienda virtual, y en ese sentido adelante con las iniciativas de negocio dentro de la ley. Pero debe permitirse legalmente que quien se quiera tomar la molestia de pescar una copia privada gratuita en las profundidades de la red, lo pueda hacer amparado por el sacrosanto derecho a la cultura libre y gratuita.
67 | Lux | 8 de Septiembre de 2006 - 07:51 PMPedian 3 años de carcel, lo misma pena que han pedido por conducir sin carnet, atropellar a un peaton y matarlo, huir del lugar del accidente e intentar engañar a la justicia mas tarde diciendo que el coche lo llevaba otro.
Curioso pais este...
68 | Shen | 8 de Septiembre de 2006 - 09:13 PM"se pagan los sueldos de los propios trabajadores de la entidad excluyendo a los jefes (de las entidades de gestion) que no cobran"
jaajaajaa jajajajjajj jaaja ajaj ajajajaaj, astarcoa eres mi ídolo!
sera en momina, en comisiones o en chalets en la costa pero ¿vas a tener los santos cojones de decirme que toda la jerifalcia de la SGAE está ahi por amor al arte? a ver si resulta que van a ser las hermanitas de la caridad
¿quien te paga para decir semejantes chorradas?
69 | Defunkid | 8 de Septiembre de 2006 - 10:08 PMDesde luego toda una buena noticia, pero por lo que leo a continuación, quedan dudas y, sobre todo, los usuarios de P2P pues quedamos como un poco retraídos. En fin un paso más para que esos usureros mercantilistas de todo lo que pueden, se lo piensen antes de llevar a los tribunales y pidan sentencias equivalentes a lo que comenta Shen, Dios, en que país vivimos?
70 | botijsa | 8 de Septiembre de 2006 - 10:14 PMAstarcoa de los "a stars coas" de toda la vida.
Yo también creo que guau, guau y guau. Si queda algo sin explicar añadiré que hiho, hiho, hiho.
71 | Jose | 8 de Septiembre de 2006 - 10:19 PMMepa o David, ¿donde puedo conseguir el texto de la sentencia?
72 | Tinguaro | 8 de Septiembre de 2006 - 10:27 PMYo leí el enlace ayer noche mismo, cuando estaba disponible. Por supuesto no guardé copia.
73 | mepa | 8 de Septiembre de 2006 - 11:21 PMEn el libelo de Losantos dicen que el chico intercambiaba por redes P2P, no por chats..
http://www.libertaddigital.com/noticias/noticia_1276287485.html
74 | Drow_male | 9 de Septiembre de 2006 - 02:33 AM "entender lo contrario implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el ya reseñado de obtener copias para uso privado. Todo ello lleva a la conclusión de que en este caso no se ha producido una infracción merecedora de sanción penal".Juer que bien suena.
¿Alguien ha visto a uno que se dice catedrático,en televisión,con la cara violeta diciendo que spiralfrog tendrá que pagar derechos de autor?,¿a quién,a ellos mismos?.Emi music se paga a si misma los derechos que negocia con sus artistazas.XD
Se me olvidó el enlace:
gumli.blogspot.com/2006/08/un-nuevo-modelo-de-negocio.html
¿Quién se atreve a hacer una interpretación o vaticinar el futuro legal de los p2p en españa a tenor del actual art. 31 de la LPI.? y ¿Que le pasaría a JM hoy en día? excluyendo por supuesto y por completo la responsabilidad penal ya que el animo de lucro es el elemento subjetivo para incurrir en la misma. Hoy y antes de la última reforma de la LPI. Yo estoy en ello, un poco de ayuda no vendría mal. Pero la verdad es que hubiese sido más positivo, jurídicamente hablando, que JM hubiese sido juzgado en base a la actual reforma, suponiendo que lo fue por lo anterior ya que dezconozco cuando fue denunciado y que de esta noticia solo se desprenden los hechos pero no fecha de los mismos. Ni la interpretación que realiza el/la juez/a del artículo 31 me suena más a la anterior redacción del mismo.
Ahí que da mi puntualización.
"Artículo 31. Reproducciones provisionales y copia privada. Redacción según Ley 23/2006, de 7 de julio.
1. No requerirán autorización del autor los actos de reproducción provisional a los que se refiere el artículo 18 que, además de carecer por sí mismos de una significación económica independiente, sean transitorios o accesorios y formen parte integrante y esencial de un proceso tecnológico y cuya única finalidad consista en facilitar bien una transmisión en red entre terceras partes por un intermediario, bien una utilización lícita, entendiendo por tal la autorizada por el autor o por la Ley.
2. No necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona física para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, que deberá tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el artículo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electrónicas y, en aplicación del artículo 99.a, los programas de ordenador."
78 | Tinguaro | 9 de Septiembre de 2006 - 03:52 PMTinguaro, el problema no parece estar en el artículo 31 sino, como dice David Bravo, en 20.2.i), que dice que se considera comunicación pública lo siguiente:
'La puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.'
Por otra parte, si se coge la directiva Europea 2001/29/CE del 22 de mayo de 2001 te encuentras con el artículo 3.1 que dice lo siguiente:
'Los Estados miembros establecerán en favor de los autores el derecho exclusivo a autorizar o prohibir cualquier comunicación al público de sus obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, incluida la puesta a disposición del público de sus obras de tal forma que cualquier persona pueda
acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.'
De ahí que ayer le preguntara a David Bravo sobre si en algún otro país se había demandado a alguien ya en base a algún artículo escrito de manera análoga al 20.2.i) antes mencionado, dada la similitud con el artículo de la Directiva.
Por otra parte, si esto es así, y dichos internautas europeos tienen un ancho de banda de subida parecido a la media española, se buscan un abogado medio bueno, un perito que sepa explicarle adecuadamente al juez como funciona una red P2P y este juez no se deja coaccionar por las presiones externas, no creo que tenga muchos problemas de salir absuelto.
Es cuestión precisamente de ancho de banda. Con la media de subida que tenemos no es posible que cualquier persona acceda a las obras que un sólo usuario tiene en una carpeta compartida EN EL MOMENTO QUE ELIJA. Es más, aunque se tuviera un ancho de subida ilimitado, el propio programa P2P permite limitarlo.
Estoy de acuerdo con lo que planteas, pero el art. 31 sigue sienda el caballo de batalla en este momento. es el que establece el ilicito civil, por que el penal queda excluido por la falta del animo de lucro, y por el cual y en base al cual se fundamentarán las demandas en reclamación de cantidad por descargas de material con Copyright y todo ello si nos atenemos al art 31.2 y en concreto esta parte "para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente" por lo que como abogado no me preocupa es la via penal ya que no hace falta excesivo esfuerzo para tirar una acusación de este tipo "Internauta que descarga mediante bitorrent disco de Queen", está más que claro que no es delito, y como David Bravo la casi totalidad de los abogados y juristas que estudiamos el tema ya sean de la SGAE (aunque digan que sí, pero solo por amedrentar) y los que estamos a favor de un acceso a la cultura más equitaivo estamos de acuerdo con esa interpretación del Codigo penal, y si o fijais es la lucha que tiene la RIIA y demas secuaces en EEUU, reclamaciones de cantidad version Case Law. Replanteo mi pregunta: ¿La conjugación del art. 31 y 20.2.i) de la LPI dejaría, y perdonen mi símil, con el culo al aire a todos los internautas, ya que se podrán enfrentar en cualquier momento a una reclamación de cantidad fundada en estos dos preceptos?
Lo importante para mi desde el principio es la Responsabilidad Civil, ya que era cuestión de tiempo que un juez fallara en virtud del sentido común que propugna el código Penal y sus princios archi conocidos, como así ha sido, y como no un sentencia asíiba a ser comentada con 100% de probabilidad por David Bravo.
Espero no haber sido excesivamente pesado.
Saludos.
"La puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija."
Los P2P privados NO son un servicio publico permanente 24 x 7 ... por lo tanto, si yo tengo mi mula funcionando solo a determinadas horas, nadie puede acceder a mis ficheros en las horas de cierre ... entonces, eso de "desde el lugar y en el momento que elija." deja de ser cierto y, consecuentemente, tambien deberia dejar de ser considerada como una puesta a disposición del público.
Hace años, una ley prohibia el desnudo integral en algunos paises. Las chicas de las pelis porno, salian con una cadenita en la cintura o en un tobillo, o un fular atado a alguna parte de su cuerpo ... esto descartaba un desnudo total que no estaba permitido por ley.
Pues, esto es similar.
Esta ley lo dice muy claro: "... DE TAL FORMA QUE cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija."
Si cualquier persona NO puede acceder a mis archivos desde cualquier lugar (bloqueo rangos de IPs y listo) y en el momento que le de la gana (apago la mula unas horas al dia y listo) NO estoy infringiendo dicho apartado de la ley.
81 | PPPerez | 9 de Septiembre de 2006 - 06:06 PMChapeau a ese argumento, pero hace falta a mi entender algo más que esa baza para estar más tranquilos y si no ¿por qué estamos tan preocupados por la ola que se acerca? Pues por que tiene agua y sabemos que el agua puede mojarnos si nos toca. Ojala que ese argumento y un buen perito explique al juez que el p2p es lo que es y no lo que la SGAE dice que es.
82 | Tinguaro | 9 de Septiembre de 2006 - 06:20 PMTinguaro, ese es un problema grave, si señor.
Nosotros no instruimos a los jueces en este tipo de temas como hacen esos otros a los que aludes y, en consecuencia, se puede esperar de todo.
Pero bueno,tengo fe ... la mierda se puede tratar de encubrir pero SIEMPRE termina por salir a flote y eso mismo pasa tambien con LA VERDAD (y no con SU verdad);-)
83 | PPPerez | 9 de Septiembre de 2006 - 06:25 PMYo lo flipo... así va este mundo de mierda.
Si pagas dinero por algo, como un videojuego o un CD de música, al haberlo pagado, ES TUYO y puedes hacer con él lo que te dé la gana.
Si quieres estrellar el CD contra el suelo o hacerte 20 copias de seguridad y dárselas a tus amigos sin cobrarles nada (sin ánimo de lucro) lo puedes hacer perfectamente.
Haciendo esto no te estás aprovechando del trabajo de otro para ganar dinero y por tanto no es "piratería" y es (o tendría que ser) totalmente legal.
Si a tus amigos les gusta el CD puede que se compren el original, aunque con los precios que tienen va a ser que no...
Que se creen que somos ricos.
Mucho se quejan de la piratería, cuando ésta existe por su propia culpa y sus precios abusivos.
Se creen que la gente puede permitirse gastarse 60 € en un videojuego que tardas en hacerte 2 días y no vas a volver a jugarlo...
Para eso te lo descargas de internet, te lo haces y lo borras.
Proteger la información para que no se pueda copiar tendría que ser ILEGAL.
Pagas 60 € por un videojuego con protección anticopia y como le pase algo al CD original a tomar por culo los 60 €...
Tenemos derecho a hacer las copias de seguridad que nos dé la gana y si le pasa algo al CD de la copia, pillas el CD original y te haces otra copia de seguridad.
Un CD original vale 60 €, el CD vírgen para hacer la copia de seguridad solo 1 € (gracias al canon ilegal de la SGAE).
Por lo tanto los videojuegos, CDs de música y demás información no tendrían que tener ningún tipo de protección anticopia.
Y hablando de la $GAE... ¿por que tengo que darles dinero al comprar un CD/DVD/disco duro vírgen para grabar las fotos de mi novia desnuda y nuestros vídeos caseros?
¿Acaso les hago perder dinero al montármelo con mi novia? ¿Es envidia?
A lo mejor tendría que comprarles algún CD de música original, y como en vez de eso me divierto con mi novia, no les compro el CD y como "pierden dinero" me cobran el canon como compensación por "vida privada"... cuando en cualquier caso, no pierden dinero, simplemente dejan de ganarlo, que no es lo mismo.
Si no les compro el CD no obtienen beneficios, pero tampoco tienen pérdidas económicas, simplemente se quedan igual, osea que ¡NO TIENEN DERECHO A COBRARME ESE CANON ILEGAL!.
P.D.: ¿Se nota el sarcasmo? Lo de "vida privada" me ha quedado genial XDDD
84 | Exchequer | 9 de Septiembre de 2006 - 06:31 PM"... si no ¿por qué estamos tan preocupados por la ola que se acerca?"
Yo no estoy preocupado por lo que pretenden hacer los impresentables ... pongan como pongan la ley, no van a ganar nada.
Aun a riesgo de ser un ilegal o como quieran llamarme voy a seguir haciendo lo que me dicte mi conciencia.
Mas peso que cualquier ley lo tiene esto:
"Entender lo contrario implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos".
Nosotros tenemos realmente el poder y, por mi parte, NO voy a cederselo a los impresentables ni harto de PepsiCola.
85 | PPPerez | 9 de Septiembre de 2006 - 06:32 PMTinguaro, el debate del ilícito penal creo que ya estaba superado incluso antes de esta sentencia, al menos en cuanto a lo que las normas del sentido común dictan. El artículo 20.2.i) está dentro de la misma LPI que el 31, así que también sería ilicito civil sin ánimo de lucro, yo sólo me baso en lo que dice Bravo para decir que es en el primero en el que está el principal problema.
En cuanto al 31, la ley no define en ningún sitio qué es acceder legalmente a una obra, así que habrá que interpretar que significa que, siempre que no se haga algo ilegal para acceder a una obra, se está accediendo legalmente a ella. Las redes P2P, com meras redes de intercambio de información, no son ilegales. Para considerar que usar una red P2P para acceder a una obra es acceso ilegal a la misma, tendría que ser también ilegal descargarse una obra libre, dado que para ambas el modo de acceder es el mismo.
Por tanto, yo estoy con Bravo en que debe interpretarse que es saltarse la protección anticopia que llevan algunos CDs lo que debe interpretarse como acceso ilegal a la obra.
Ahora bien, como en Derecho la decisión final siempre recae sobre una única persona, que es el juez, nadie puede afirmar nunca rotundamente nada hasta que uno se pronuncie.
En cuanto a si eres pesado o no, esta es la casa de David Bravo, que sea él quien se pronuncie, ;).
86 | Defiende tus Derechos | 9 de Septiembre de 2006 - 06:37 PMExchequer:
Claro que no tienes por que darselo, tienes una manera de reclamarlo, yo ya lo he hecho y no pienso pagar mas canon por un cd. Metete en la siguiente página y veras que facil es reclamar el canon:
www.derecho-internet.org
87 | Tinguaro | 9 de Septiembre de 2006 - 06:39 PMLo de descargarse una obra libre por p2p o usar ese p2p para descargarse una obra con copyright, no es lo mismo si atendemos a lo siguiente.
Está claro que el p2p no es ilegal per se como tampoco un coche. Si yo llevo en mi coche un kilo de naranjas compradas es legal pero si llevo un kilo de cocaina es ilegal. Aqui no es el medio el que es ilegal si no el contenido. A lo que se refiere el fondo de todo esto es si la estructura del p2p al igual que vale para las obras copyleft y obras libres vale también para las obras de copyright sin vulnerar el derecho.
a lo único que hay que atenderr es a dos cosas al derecho de copuright y al medio empleado para acceder a él. Por lo tanto y en resumen, si el p2p entraría en la descripción del ilicito que plantea la LPI en sus artículos 31 y 20.2.i en conjunción.
"Obra protegida por Copyright Versus P2P."
Y también los jueces pueden entender el artículo 31.2 de la LPI y en concreto la parte que dice ".... para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente" como que el único acceso legal a la obra sea previo pago. como poder hacerlo un juez de Primera Instancia, La Audiencia Provincial y por último el Tribunal supremo puede hacerlo, y si llegados al TS lo hace de ésta manera, pues apaga y vamonos y a esperar a que el legislador le entre un ataque de sentido común y regule a favor de la definición natural de copia privada.
Nada más que eso.
Perdonad el simil de la cocaina es vago, por que siempre es ilegal llevar cocaina si eres un ciudadano normal, seria mejor poner dinamita, llevarla en un coche normal no ofrece las garantías legalmente establecidas para su transporte. Creo que antes se entendía bien mi argumento pero el simil no era el afortunado.
89 | Tinguaro | 9 de Septiembre de 2006 - 07:12 PMVaya, y esta noticia no la ponen en la tele como la del cierre de las webs que salio en casi todas las cadenas?
90 | Ikki | 9 de Septiembre de 2006 - 07:22 PMVamos a ver, aplicando el sentido común, si se considerara el único acceso legal a una obra el de pagar su precio en una tienda se hubiese incluído en el articulo 'a partir de un original' y entonces ya no habría copia privada, dado que no sólo sería ilegal descargar por P2P sino también grabarse el disco que te ha dejado tu primo.
Por esa regla de tres, también se hubiese eliminado el canon sobre los soportes de grabación y se hubiera llevado a los discos originales, dado que sólo el poseedor del mismo es el que puede hacer la mal llamada 'copia privada' en ese caso, dado que entonces sería copia de seguridad.
Dado que la copia privada siempre ha sido entendida correctamente desde el punto de vista del legislador, y desde el punto de vista jurídico como demuestra esta sentencia, los únicos que pueden llegar a "confundir" copia privada con copia de seguridad serían los abogados de SGAE y compañia. Aquí, de nuevo un buen perito que le explique diferencias tan obvias a un juez sería fundamental, si es que hay alguna persona que todavía no entienda esas diferencias.
Para resumir, aquí el argumento para deducir que hay más accesos legales a una obra que el pagar el precio de venta al público es que la ley habla de COPIAS PRIVADAS, no de copias de seguridad o de respaldo.
91 | Defiende tus Derechos | 9 de Septiembre de 2006 - 07:30 PMPerdón, en mi último comentario donde se lee 'a partir de un original' debe leerse 'a partir de un original comprado en una tienda'.
92 | Defiende tus Derechos | 9 de Septiembre de 2006 - 07:35 PMVolvemos a lo mismo, yo no pongo en duda que la copia privada sea así, lo que yo digo es sí el p2p en sí es un medio idóneo para intercambiar obras protegidas por Copyright, sin vulnerar la esencia del mismo. O sea nada más que eso. Lo que está claro en la LPI es que hay medios que que si y medios que no (a pesar de que no los enumere ni describa al menos someramente), el problema es que la ley es muy ambigua y una cosa que estamos seguros los abogados y juristas al 100% es que la norma tal y como está redactada en la actualidad, se presta a sorpresas de gran calado y si no tiempo al tiempo.
Creo que hoy si se nos plantea a cualquiera un caso como el de JM, tendremos dos sensaciones seguro, 1ª Un asunto hermoso en cuanto a la riqueza y nivel juridicos que requiere y la 2ª La inquietud que arroja el texto de la ley que va a servir de fundamento jurídico de la contestación a la demanda.
No discuto por disutir, es más no discuto, si no que prefiero ponerme en esta posición, por que ante las leyes de contenido ambiguo es mejor no presuponer lo mejor antes de enfrentarte a ellas.
¿Podéis decir a ciencia cierta o al menos crear una duda razonable que incline la balanza de tal manera en el sentido de aseverar que el p2p es un medio idóneo para el fin que promulga la LPI, que no es otro que el de proteger los derechos de Autor y de acceso a la cultura?
Sí es así, pues perfecto pero si no, lo mejor es seguir trabajando hacia una Doctrina convincente y sin fisuras, por que el enemigo es muy fuerte y creo que nadie lo subestima.
93 | Tinguaro | 9 de Septiembre de 2006 - 10:24 PMYastamos,juer que este hilo era el hilo de la fiesta y el alboroto general,y en saliendo los contadores de habas del cachondeo alternativo y anarca.
Con perdón a las sesudas interpretaciones de las leyes varias.
PPPEREZ,plasplasplasplasplasplasplasplasplas
A la nueva versión del pollino debían llamarla,la cadenita.
"Volvemos a lo mismo, yo no pongo en duda que la copia privada sea así, lo que yo digo es sí el p2p en sí es un medio idóneo para intercambiar obras protegidas por Copyright, sin vulnerar la esencia del mismo".Tinguaro, el p2p es un medio como en su momento fueron las cintas de cassettes vírgenes por las cuales se introdujo lo de la copia privada,es otro medio más,no hay que darle más vueltas.Si el p2p no valiese como intentas hacer creer,toda la legislación que ha habido hasta ahora basada en las grabaciones de un soporte como la cinta se podría haber puesto en duda de la misma manera,es absurdo.La innovación tecnológica ha superado todas las barreras y ahora tenemos un medio por el cual la difusión de la cultura llega a muuuuucha más gente que una mera cinta de cassette.Eso es lo que realmente fastidia a algunos,es decir,a los que quieren seguir viviendo del cuento y chupando del bote.Un saludo.
95 | Aghast | 10 de Septiembre de 2006 - 12:22 AMHola a todos. Mas arriba hice la pregunta "¿Es deliberado el diseño de una ley con tan alto nivel de ambigüedades?". Permitidme reformularla:
Habiendo leido todos los posts anteriores y sacando com como conclusión que esta ley contiene más ambigüedades que causas pendientes el tal Julian muñoz, ¿Es DELIBERADO su diseño?. El énfasis de la pregunta está en lo de mayusculas.
jincho, la redaccion de las leyes, como cualquier cosa en la vida, constan de 3 partes:
1.- Los aciertos.
2.- Los fallos.
3.- Los despistes.
... mas una 4ª que es exclusiva de ellas:
4.- Las puertas falsas.
Lo "DELIBERADO" que preguntas, pertenece a esa 4ª parte (tambien llamada: 4ª dimensión) ;-)
97 | PPPerez | 10 de Septiembre de 2006 - 03:00 AMA TRUESTAR: Esta claro que este es el hilo para celebrar algo, amigo yo tb estoy de enhorabuena y tanto o más que muchos de los que escriben, pero que no se te escape, preferiría salvo que esté yo en el error, que esta sentencia se basase en la actual LPI, te aseguro que el pronunciamiento sobre el ilicito civil de la misma a lo mejor hubiese variado, yo deseo como cualquier otro y quiero creer que la interpretación correcta es la que plantea David Bravo, ya que más que una sola opinión o interpretación jurídica es una Ideología, con la cual me siento identificado al 100%. A parte esta es solo una victoria que suma, pero todavía queda camino, por que la sentencia no hace más que corroborar lo que ya sabíamos, pero no es eso lo que queremos si no mucho más.
A AGHAST: Siento que me hallas malinterpretado, pero creo que de mis palabras, y puedes leer todas mis respuestas del día de ayer que son muchas, y creo que te has quedado con la última que no forma más que una parte de todo mi argumento y el de cualquier abogado o jurista, que no es otro que plantearse las cosas mil veces y una vez planteada pues volver a hacerlo, por que convencer a un juez de que tienes la razón con un argumento idealista aunque correcto al 100% si no está bien trillado, te aseguro yo al Infinito % que no sirve de nada. Y te digo, viva el P2P. Pero la Pregunta que lance todavía queda responderla de manera cientifica y con un método, por lo menos a mi parecer.
A JINCHO: Totalmente de acuerdo con PPPerez.
98 | Tinguaro | 10 de Septiembre de 2006 - 06:36 AMPPPerez estupenda respuesta.
A Tinguaro, si no me equivoco tu pregunta era si el P2P va en contra del espíritu del Copyrith. Vamos a ver, yo no es que sea ningún experto en el tema, pero según tengo entendido en este planeta hay dos visiones del Copyright. Por un lado la anglosajona, que sólo lo ve como una forma de proteger un negocio y permite demandar a los padres que se disfrazan de dinosaurio en los cumpleaños de sus hijos. La otra es la continental, más acorde al país en que vivimos y que no sólo tiene en cuenta la protección de los derechos de autor sino también el del acceso a la cultura.
Quedándome con esta última visión del Copyright YO, ante la pregunta de si el P2P va en contra de su espíritu, te respondo con un rotundo NO. El P2P sólo es una forma más de obtener copias privadas, que no es más que la materialización del derecho al acceso a la cultura en la ley, que durante nada menos que 7 años después de la aparición de Napster ha demostrado sobradamente, observando la realidad y con estudios de universidades incluídos de por medio, que no ha "matado" a la cultura ni a los autores. Es más,los ha revitalizado aun más y si no fuera así nosotros mismos estaríamos en contra.
Así que, si usas el P2P con ese fin (el de obtener copias privadas) no vas contra ese espíritu ni creo que vayas contra esta ley. Yo creo que ésta sólo permite castigar a los que tienen un gran ancho de banda para subir datos, que en el caso de España muy poquitos son (usuarios de P2P me atrevería a decir que casi ninguno), con argumentos jurídicos basados en la misma. Es sólo cuestión de tener un perito que sepa explicarle bien al juez como funcionan estas redes, como ya dije antes.
Ahora bien, que deja la puerta abierta a las demandas... pues eso es otra cosa distinta a que de verdad se ilegalice cualquier uso del P2P. Quizás el objetivo de ésta ambigüedad es, como se hace muchas veces en este tema, jugar con el miedo de la gente. Como las campañas de propaganda no funcionan asustemos ahora con una ley que no entienda nadie, que ni el propio propietario de este blog pueda salir en televisión diciendo que se puede estar totalmente tranquilo.
Si de verdad se hubiera querido ilegalizar el P2P no veo el motivo por el que no dejarlo explicitado claramente en la ley, como se ha hecho en Francia por ejemplo. Por otro lado, personalmente creo que es sólo cuestión de tiempo que se haga una próxima reforma que deje atrás las ambigüedades y sí ilegalice claramente el P2P. Espero equivocarme.
99 | Defiende tus Derechos | 10 de Septiembre de 2006 - 12:31 PMComo comenté en un post anterior creo que los tiros van por "legalizar" las descargas musicales en la red a través de Spiralfrog,que,supuestamente, sería según la industria,el modelo "correcto" de descarga a través de la red con el fin de seguir criminalizando a todos los usuarios de redes p2p porque, según ellos, vulnerarían todos los derechos de autor y serían tildadas de "ilegales".Creo que ahí está el meollo de la cuestión.
A partir de aquí,surgen muchas dudas acerca de cómo van a ser las descargas y si se va a respetar la privacidad del usuario mediante el modelo Spiralfrog.Si tuviese un gran éxito,ganarían mucho mucho dinero a través de la publicidad,más que para pagar los legítimos derechos de autor que tanto dicen defender.Y luego se quejan de la gente que trafica y dicen que tienen afán de lucro...no sé,me parece un tanto surrealista.Primero criminalizas las descargas y,luego,te apuntas al carro porque ves que esto es imparable.
Tinguaro,probablemente me haya quedado sólo con esa frase,pero me hizo hasta daño el verla.Creo que no hay más vuelta de hoja.Del mismo modo que hace 10 años mis amigos y yo nos grabábamos cintas de cassette y pagábamos un canon compensatorio,ahora el soporte es diferente,es otra manera de intercambio digitalizada,nada más.Quien no quiera entenderlo o no le interese porque se le acaba el chollo(no lo digo por tí) es su problema,hay que evolucionar un poquito.Un saludo
100 | Aghast | 10 de Septiembre de 2006 - 12:56 PMA AMBOS DOS: Yo no pongo en duda y es más creo que esa es la verdad del P2P y del Copyright y que debería ser asi como lo entendiese un juez. Pero la ley es la ley y esa frase de "adquirir legalmente" en el art. 31.2 y más poniendolo en conjunción con ese 20.2 i, nos obliga a todos, todos, a ser muy precavidos y a estar alerta.
La verdad que vienen muy bien estos debates por que así quiera que no, se hace doctrina y se crean nuevas vías argumentales. Lo único que creo que hace falta es un debate mucho mayor donde hallan más puntos de vista. Esto urge a todos a prepararnos.
101 | Tinguaro | 10 de Septiembre de 2006 - 02:31 PMTinguaro, te equivocas, no dice "adquirir legalmente", dice "acceder legalmente":
Como el acceso en una red P2P te lo da una herramienta legal (dado que ninguna otra ley, sea la propia LPI u otra, dice que no lo sea), dicho acceso entonces también lo es.
Si alguien piensa que el ACCESO que da una red P2P a obras es ilegal lo hace basandose en campañas de desinformación y no en la ley.
Creo que está bastante claro, y en este sentido la ambigüedad del artículo es precisamente por culpa de esas campañas de desinformación. No creo que ningún juez caiga en esa trampa, vamos digo yo. Es más, si yo fuera juez me molestarían mucho esas campañas.
102 | Defiende tus Derechos | 10 de Septiembre de 2006 - 04:22 PMEstais a vueltas con el tema de lo que dice la ley ... la ley ... la ley.
Volved a releer lo que el juez dice en una de sus sentencias, es vital:
"Entender lo contrario implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos".
NO SE PUEDEN CRIMINALIZAR AQUELLOS COMPORTAMIENTOS SOCIALMENTE ADMITIDOS Y MUY EXTENDIDOS ... ¡ ese es el espiritu de la ley ! ... y ese espiritu está en nuestras manos.
Seguid compartiendo a mansalva y seguid admitiendo y extendiendo ese comportamiento ... ese es el poder, nuestro poder ... y está en nuestras manos.
¿Es tan dificil de entender eso?
Perdona, si es verdad, dice acceder.Esta claro PPPerez, a compartir a mansalva, esa es la realidad. Y si os denuncia la SGAE y estais en canarias, sabed que tendréis mis servicios gratuitos, es una cuestión de ideología no de economía. Todo sea por la causa.
104 | Tinguaro | 10 de Septiembre de 2006 - 05:06 PMMás bien si os demanda, por que por la vía penal ellos ya saben que la tienen clara.
105 | Tinguaro | 10 de Septiembre de 2006 - 05:07 PMPPPerez, cada vez que hablas dices verdades como puños. No sólo tenemos ese poder sino que encima moralmente TENEMOS LA RAZÓN.
106 | Defiende tus Derechos | 10 de Septiembre de 2006 - 05:23 PMGracias por la respuesta y la actualización. Cambia mucho el marco para entender todo.
107 | Pablo Rodríguez | 11 de Septiembre de 2006 - 12:23 PMUna pregunta a respecto del texto siguiente:
"Entender lo contrario implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y además muy extendidos".
----> ¿La compra de cd's piratas es un comportamiento admitido por la sociedad?
Dejo la pregunta.
108 | rubenkane | 11 de Septiembre de 2006 - 04:15 PMrubenkane, en primer lugar la compra de cd´s piratas que yo sepa ni es delito ni ilegal, lo es sólo la venta. Eso no quita que no se deba hacer, dado que se está enriqueciendo alguien a costa del trabajo de otro.
Sobre si es un comportamiento socialmente admitido, sea la venta o la compra, pues no lo se, ni creo que importe en lo que se refiere a la resolución judicial, porque la frase exacta no es la que tu has puesto. Hay que añadirle:
"[...]en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito".
109 | Defiende tus Derechos | 11 de Septiembre de 2006 - 05:41 PMCorrecto .... era para ver si estabais despiertos? jeje...
Tienes razón, la venta es la que es ilegal, ha sido un lapsus.
Si pinchas en mi blog verás que estamos deacuerdo en muchas cosas.
http://ipunkrock.com/diario/196
110 | rubenkane | 11 de Septiembre de 2006 - 05:52 PMDavid,
¿Tienes el texto completo de la sentencia? Me encantaría poder leerla entera. Mil gracias,
Miquel.
111 | Miquel | 11 de Septiembre de 2006 - 07:50 PMNo tenia ni idea de que se hubiera demandado a alguien en este país Oo... pero me alegro por la resolucion de la sentencia, claro!
112 | Adrian | 12 de Septiembre de 2006 - 04:34 PMTodos muy contentos. Cuando no haya peliculas que ver ni música que escuchar nos seguiremos riendo.
113 | José Manuel | 14 de Septiembre de 2006 - 02:19 PMPero como eso no ocurrirá... Pues reiremos muuuucho tiempo.
114 | | 14 de Septiembre de 2006 - 08:57 PMSi son las artistazas del ínclito cine español,los truñitos y los plastas de los 40 desbordables,las que desaparecen,soy capaz de pagar 50 misas a san antonio y 27 novenas.
115 | truestar | 14 de Septiembre de 2006 - 10:10 PMSino hay musica para comprar, la iremos en directo, y sino hay pelis, pues iremos al teatro, y sino haremos el amor, que falta nos hace, siempre habra algo que hacer
116 | Libertad | 14 de Septiembre de 2006 - 10:15 PMJosé Manuel,menos lobos...entiendo que no seas capaz de comprender que haya gente que comparta ediciones en 7¨ o películas descatalogadas en DVD como Blade Runner,que alguien se preocupó por rippear desde VHS y compartirlo.En tu cabecita no entrará nunca en la cabeza esto puesto que,probablemente,mucha de la gente que compartimos estamos más o menos ajenos al mainstream donde tú probablemente te sentirás como pez en el agua.Pero bueno,tú a tu rollo con tus discursos apocalípticos que dejan a George W. Bush a la altura del betún.Que te vaya bonito.
117 | Aghast | 15 de Septiembre de 2006 - 12:12 PMAghast menos corderos, no se lo que es el mainstream ni me interesa. Lo único que se es que la mayoria de los que dicen que no compran cd's o dvd's porque son muy caros no saben ni lo que cuestan. Y la mayoria aunque costarán poquisimo no los comprarian porque siempre es más barato gratis. Y mi rollo no es apocaliptico. Siempre el mismo rollo aburre, de que si son muy caros, de que somos todos muy buenos y queremos compartir.
118 | José Manuel | 18 de Septiembre de 2006 - 01:45 PM¿Aburre?,te aburrirá a tí,que dispones de carretas de eurazos para pagar los 25 eurotes de media que cuestan los discos de las artistazas,discos llenos de plagios,potajes,versiones de versiones y recopilaciones de mierdas con UNA canción nueva.
Ya llevo dos misas y una novena,con un poco de suerte vemos al lumbago poniendo ladrillo,y a los truñitos repartiendo pizzas.
Creo que a José Manuel se le ha acabado el chiringuito. Venga, a currar en algo decente!
120 | carlitros | 18 de Septiembre de 2006 - 02:52 PMJajaja!!Bien José Manuel,o sea que la gente es tonta y no sabe ni el precio que tiene un cd o un dvd.Yo es que ya flipo en colores....¿tú vives en los mundos de yuppie o qué?
Y sí,los que compartimos y nos gusta la música,aparte de compartir,cuando tenemos algo de dinerito y el disco merece la pena nos gastamos los 20 eurillos en el disco de turno(los dos o tres que sobran los acumulo en el bote).Yo tengo una buena cantidad de cds originales(unos 300) que aparte de haber pagado honradamente,los comparto en la red y precisamente la mayoría no son grupos del mainstream,que si no sabes lo que es,es tu problema,pero evidentemente nunca lo entenderás.Al igual que vamos a los conciertos porque la sensación de directo no te la transmite un disco ni de coña.Yo,por supuesto,ni me aburro de compartir ni de comprar música que merezca la pena.Tú no sé si puedes decir lo mismo...
121 | Aghast | 20 de Septiembre de 2006 - 07:52 PMseria necesario publicar la sentencia en si, escaneada, para que pudieramos descargarla y repartirla. Hasta ahora pueden pensar que es un invento vuestro.
Un saludo.
122 | agapito | 22 de Septiembre de 2006 - 04:06 PMHola gente... hace mucho tiempo, tenia internet en mi casa, y bajé algunas cosas con el eDonkey y estoy muy agradecido a la pagina de donde saké los links, leí la noticia en el boletín ke enviaron al correo y la verdad es ke si bien creo ke es un poco injusto ke se distribuyan las obras de otra persona gratuitamente (pues lo triste es ke muchas de estas personas viven de sus obras), no creo ke publicar los links sea nada malo... No se bien cual podría llegar a ser una respuesta para este dilema, pero lo ke si sé es ke mientras uno no haga dinero con cosas de otros no esta cometiendo ningun delito.
Estoy totalmente de acuerdo en compartir lo ke uno tiene y no le encuentro nada de malo a eso. Por lo tanto los apoyaré en lo ke pueda.
Desde este recóndito lugar del mundo los saluda,
LogoS
123 | LogoS | 26 de Septiembre de 2006 - 01:37 AMbueno qué? recurrieron? qué ha pasado?
david di algo picha!
124 | jose | 26 de Septiembre de 2006 - 04:05 PMMe acabo de enterar de esta noticia, pero me alegro por J.M., enorabuena!!!!espero qesto qde aki. yo esq no lo entiendo, yo no se porq siguen intentando prohibir el intercambio de archivos por internet, ¿ q tienen pensado hacer?? deternos a todos?? jaja, pues la tienen clara. a ver si les cabe en la cabeza qno hacemos nada malo!!un saludo a todos.
hace poquito qdescubri esta web, y gracias a esto me estoy dando ci¡uenta de muxas cosas, mas bien de informarme mejor de lo qyo ya defiendo desde hace tiempo. gracias por poder tener la oportunidad de decir lo q pienso y aprender un poco mas. ;)
125 | UNA DESENTENDIDA MAS | 8 de Octubre de 2006 - 02:12 AMHay que joderse si por descargar música, aunque sea ilegal, se compare con robo con fuerza o un homicidio involuntario... hasta ahí podíamos llegar!!! PUTA SGAE, PUTA AFYVE, PUTA ADESE
126 | JOSE | 8 de Octubre de 2006 - 08:14 PMsi por descargar musica o cualquier archivo fuera un delito (qNO lo es) pues qme concenen a cadena perpetua si quieren, a mi a todos los qlo hacen, entonces en vez de vivir en casas viviriamos en celdas TODOS los españoles. lo siento, pero yo prefiero descargarme un diso de musica y gastar mis 15 o 20 € en ir a un concierto en riguroso directo qes lo qme merece mas la pena y se disfruta la musica de verdad.
otra cosa, esto solo pasa aqui, no???
porq tengo entendido qpa mejico y por alla es lo mas normal del mundo la pirateria, qencuentras tiendas de discos todos pirateados y la policia no hace nada, porq prefieren eso a qanden por ahi a robar. me yamo muxo la atencion esto. es loq escuxe!!!
;)
Bien por J.M. ya que la libró, realmente creo que hemos traspasado los limites cuando se intenta acusar de criminal a alguien que ejerce su derecho natural de compartir con otros lo que es de su interes, en nuestro caso la musica.
Y en cuanto al comentario de "una desatendida mas" con respecto a que en latinoamerica es hasta cierto punto "legal" la piratería, es cierto y te lo puedo asegurar con toda el conocimiento puesto que vivo en Honduras y a mi humilde parecer asi deberia ser en todas partes porque el arte, sea cual fuere su forma, no debe limitarse solo porque unos cuantos quieren seguir enriqueciendose.
¡que viva la libertad!
129 | ¿otra criminal más? | 12 de Octubre de 2006 - 01:17 AMEn mi opinión las compañias discograficas quieren tener multimilionarios beneficios siempre y en el momento que bajan los beneficios ponen el grito en el cielo amenazando con que se va acabar la musica etc.
Todo es una cuestion de dinero ni más ni menos.
Los beneficiados son los provedores de internet y el gobierno (Hacienda).
Los demas que se busquen la vida (Musicos,artistas,comercios etc).
Como decia Axl Rose "Welcome to the jungle ".
El otro día me comentaron que la Guardia Civil estaba parando a coches e informando a los conductores que si no llevaban el original de los CDs grabados era un delito de piratería. Alguien sabe algo de esto?
132 | pelopintxo | 21 de Enero de 2007 - 12:38 PMhola chicos,me parece fantástica esta noticia. Nada, creo que si es para un uso particular no ha de ser algo tan grave. ahora bien, si es para lucrarse no lo veo correcto.
En definitiva, seguid disfrutando de esta "libertad" que tenemos por ahora.
Visitad páginas como http://www.flipa.net para ver lo que se puede obtener por la red.
saludos amigos
Tuve un problema con la judicial me robaron 7 ordenadores porque segun ellos tengo 8 juegos "piratas".Despues de un año en el infome pericial dice q no existen esos 8 juegos reconocen ser demos pero ahora dicen que hay otros dos.¿Cuando acabaran de dar el coñazo ni se sabe? Pero de momento me esta costando el dinero,los ordenadores estaban en un cyber y Dios sabe q mas pegas pondran lo he comentado con amigos y dicen que es ilegal la forma de actuar ya que en ningun momento se me demostro que estaban esos juegos en ellos.
137 | Amparo | 7 de Abril de 2007 - 10:14 PMUN SALUDO A TODOS QUE Q SIGAIS INFORMANDONOS GRACIAS...
138 | Krystal | 7 de Abril de 2007 - 10:21 PMjajjaja! nah que decir ;) depende de ustedes plop!
139 | jessica wong | 27 de Mayo de 2007 - 04:19 AMsoi diego enfermero quiero trabagar en espa;a notengo mucho dinero solo quiero trabagar en espa;a poque hai mas oportunidades soi que alguien me pida o me mande una targeta de in vitasion o una carta laboral quiero trabagar y salir adalanta este esmi coreo si alguien este in teresado de saber de mi este esmi coreo me pueden llamar a colombia 3103661665 barranquilla marque asi 00573103661665 muchas grasia
140 | diego | 28 de Mayo de 2007 - 03:34 AMsoi diego enfermero quiero trabagar en espa;a notengo mucho dinero solo quiero trabagar en espa;a poque hai mas oportunidades soi que alguien me pida o me mande una targeta de in vitasion o una carta laboral quiero trabagar y salir adalanta este esmi coreo si alguien este in teresado de saber de mi este esmi coreo me pueden llamar a colombia 3103661665 barranquilla marque asi 00573103661665 muchas grasia
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142 | diego | 28 de Mayo de 2007 - 03:34 AMsoi diego enfermero quiero trabagar en espa;a notengo mucho dinero solo quiero trabagar en espa;a poque hai mas oportunidades soi que alguien me pida o me mande una targeta de in vitasion o una carta laboral quiero trabagar y salir adalanta este esmi coreo si alguien este in teresado de saber de mi este esmi coreo me pueden llamar a colombia 3103661665 barranquilla marque asi 00573103661665 muchas grasia
143 | diego | 28 de Mayo de 2007 - 03:34 AMDiego: Para ser enfermero y haber estudiado NO sabes escribir en Español... Antes de pedir trabajo en España deberías, si me permites la impertinencia y el consejo, aprender nuestro idioma. Es sólo un consejo "bona fide", no hay mala intención. Saludos. Francisco
146 | Francisco | 19 de Octubre de 2007 - 07:24 PMhola queria saber como descargar musica en el mp3 ok dew i gracias i contestarme.
147 | maria rosa | 5 de Noviembre de 2007 - 07:58 PM Me parece una buenisima noticia,al menos de momento,ya que los derechos de sutor de las canciones tendria que tener una caducidad.
Es normal que por unas canciones que se graban vivan unos señores toda una vida?
1º que sepan lo que es madrugar dia a dia
2º si tuvieran que pagar los derechos de instalador cada vez que encienden la luz o abren un grifo en su casa,que dirian?
3º no seria justo denunciarles cuando dan un concierto y lo hacen en play back
4º estaria de acuerdo que cuando den un concierto vendan el disco que se ha grabado en dicho concierto y fuese irreproducible por un pc,pero solo cuando se grabe de un concierto.
Seran genios,pero tambien unos vagos de cojo...
asi que a trabajar y ganarse el pan a diario
Cada vez que escucho esta manera de pensar y actuar, me parece que la gente no tiene idea de que todo es un mercado, y que si no pagamos algo que consumimos, llegara el momento, que tampoco nos pagaran por trabajar, y una vez más el muldo caera en la anarquia, no se hiso el dinero para utilizarlo como fuente de intecambio de servicios, porque tanto empeño en pagar lo que no es de uno, porque tenemos derecho a utilizar lo de los demas sin dar nada a cambio, cuando sabemos que en esta vida nada es gratis.
Esperemos que no llegue la anarquia, porque simplemente los más debiles seran los oprimidos y esclavizados. La fuerza y la violencia primaran.
pampero, hay que ver lo demagogo que eres, haz tu una cancion y te forras de por vida, coño, si no puedes con el enemigo, unete a el. Tan viejo como el mundo, no lo critiques, hazlo a ver si eres capaz.....
ah, que nosabes, que prefieres currar por 700 leuros al mes. mejor para ti.
Entonces, no me sirve tu discurso.
navarrico, contigo estoy de acuerdo, pero con matices, muchos matices, pero lo justo, es que quien hace algo, lo cobre, como a todos nos pagan por nuestro trabajo, el que sea capaz que lo haga el y no se suba al burro de la demagogia
152 | | 18 de Febrero de 2008 - 02:14 PMLos que no teneis ni idea soys quienes pensais que bajar cosas es gratis... ¿Os suena el canon?
Estos señores son unos vagos, los anarquistas son ellos, que quieren hacer un solo trabajo en su vida (disco) y cobrar eternamente por él hasta que la palmen. Y eso a algunos os parece bien?
Ya puestos que las marcas de automóviles cobren cada a los taxistas un canon, y cada X kilometros un control para cobrar a los conductores que lleven pasajeros, ya que estos pasajeros están dejando de comprar un coche porque no lo necesitan ya que son transportados por el de otro, sería lo más estupido del mundo, pero algunos lo veis bien.... patetico.
153 | Muru | 18 de Febrero de 2008 - 04:40 PMCuando cambie el gobierno se debería exigir a la SGAE y demás agencias de INCAUTACIÓN que devolviesen todo el dinero que ha incautado bajo el supuesto de pirateria y que no pueda demostrar con pruebas que realmente procede de actos delictivos, pues sus estadísticas no son pruebas en absoluto. Si se declara insolvente, embargos y cárcel para todos ellos.
Un saludo a todas las chicas y en especial a Maria Jose ;)
155 | Javi | 19 de Julio de 2008 - 01:52 PMJavi: Pues entonces no devolverán un duro. El canon no tiene nada que ver con la piratería.
156 | | 19 de Julio de 2008 - 02:52 PMMientras sigan siendo tansolo denuncias y no condenas, podremos respirar tranquilos, pensando que aún nos han guardado algo de libertad; aunque internet la esté perdiendo, por culpa de las amenazas de los goviernos y tribunales, como ya ha pasado con la televisión, donde solo hay cabida para publicidad y la opinión de la directiva de la cadena.
157 | marcos | 3 de Agosto de 2008 - 09:29 PMNavarrico, que nada sea gratis en este mundo (casi nada más bien) no quiere decir PARA NADA que se tenga que abusar.
La cultura es un legado del pueblo ENTERO que va con la historia desde los antepasados en la noche de los tiempos hasta más allá del futuro por los siglos de los siglos. NADIE, absolutamente NADIE está en posesión total o parcial de la cultura, por lo que ese eslogan tan pintoresco que se han buscado de "Robar la cultura" es, en palabras llanas, UNA MAJADERÍA!!!
¿A vosotros os gustaría que por hacer una tortilla de pataras en casa os clavaran "un canon" por el simple hecho de que la receta esté registrada? ¿Por qué COJ... errr, DEMONIOS tengo que pagar por bajarme música cuando puedo ya de entrada escucharla por la radio? ¡¿O es que acaso también se debería pagar por oir la radio?!
Esa gentuza de Chenoa y compañía se han creído y han hecho creer a la gente que ahora cualquiera puede prepararse seis meses y ser una estrella COMO SI TAL COSA al estilo Mark Knopfler o Eric Clapton y no saben que si son siquiera la mitad de lo que son, es porque la GENTE COMÚN QUE SE DESCARGA SUS CANCIONES HAN HECHO DE ELLOS LO QUE SON!!! Nada es su destino, NOS LO DEBEN TODO A NOSOTROS!!! Y ya veis como se portan...
Estoy de acuerdo en que se registren las creaciones de uno, para que nadie pueda ir diciendo que la obra es de otro. PERO LO DEMÁS ES ABUSAR! Veo totalmente innecesarias, irrelevantes y prescindibles las asociaciones como la SGAE. El mundo estaría mejor sin ellos.
David Bravo, me has impresionado con tu carisma y tu determinación. YA ERA HORA DE QUE NACIERA EL HÉROE CAPAZ DE PONER EN SU BAJÍSIMO SITIO A ESA GENTUZA. Te admiro y me gustaría algún día conocerte en persona. BUEN DESTINO CON TU CRUZADA!!!
158 | Hyalyago | 17 de Septiembre de 2008 - 08:04 PMA ver si algún día dejan ya de aprobecharse de las personas. Parece mentira con la de dinero que tienen y quieren más, encima, somos nosotros los ladrones, pero quién son los que están viviendo en una casa de lujo. Los de la SGAE (y todo lo que hay detrás, "cantantes" estilo OT), o nosotros?. Porque yo no.
Pero claro robamos música, debemos ser castigados. Cuánto más nos tienen que joder, en realidad sin esta sociedad ellos no serian nada, si algun día se prohibiera descargar y compartir archivos, ojalá toda la gente se pusiera de acuerdo para no comprar NI UN PUTO CD. Entonces ya verás como colgarian rápido otra vez las canciones en internet para llegar a la gente.
Me parece muy triste.
A ver si algún día dejan ya de aprobecharse de las personas. Parece mentira con la de dinero que tienen y quieren más, encima, somos nosotros los ladrones, pero quién son los que están viviendo en una casa de lujo. Los de la SGAE (y todo lo que hay detrás, "cantantes" estilo OT), o nosotros?. Porque yo no.
Pero claro robamos música, debemos ser castigados. Cuánto más nos tienen que joder, en realidad sin esta sociedad ellos no serian nada, si algun día se prohibiera descargar y compartir archivos, ojalá toda la gente se pusiera de acuerdo para no comprar NI UN PUTO CD. Entonces ya verás como colgarian rápido otra vez las canciones en internet para llegar a la gente.
Me parece muy triste.

