29 de Julio de 2006
El Tribunal Supremo ratifica que la SGAE discriminó a las discográficas pequeñas
Según ABC "El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso que la Sociedad General de Autores y Editores interpuso contra la sentencia que condenaba a esta entidad por discriminar a las discográficas que no pertenecieran a la asociación de productores AFYVE, la actual Promusicae".
En la noticia comenta la hoy poderosa Vale Music que "todas las compañías independientes, las más pequeñas o las que por otros requisitos no podían entrar en AFYVE tenían que pagar un porcentaje mucho mayor de derechos de autor que las discográficas que pertenecían a la asociación, en nuestro caso era un 38 por ciento más".
Sobre algo parecido a lo que se comenta en la noticia, se habló en su momento y puede que sea interesante recordarlo:
Aunque es cierto que la mayoría de la música que se produce sale de un pequeño oligopolio que lo controla casi todo, existen también pequeñas discográficas independientes que intentan sobrevivir como pueden. Sin embargo, la ley de la ciudad, mucho más salvaje que la ley de la selva, es implacable. Las reglas establecen que el pez grande se come al chico y al mediano también. La lucha es desigual y para colmo la realidad se encarga de dar ayudas a estos monstruos discográficos acostumbrados a comer mercados y vomitar subproductos.
Una empresa pequeña que quiera sacar una tirada de discos, tiene que pagar por adelantado el permiso de reproducción mecánica a la Sociedad General de Autores y Editores.
Importa poco que la mayor parte de esos compactos no se venda o que se destine a promoción. Las alternativas se reducen a pagar o a no sacar el disco.
Por el contrario, para los muchimillonarios de la industria, todo son facilidades. Una gran empresa discográfica sólo tiene que pagar a final de año el importe que corresponde, no a las unidades fabricadas, sino únicamente a las efectivamente vendidas.
David Bravo a las 04:25 AM | Referencias 0David, ¿sabrías decirme por qué hay que pagarle el permiso de reproducción mecánica a la Sociedad de Editores?. Lo podría entender en el caso de obras bajo su protección; pero no en el caso de obras sujetas a copyleft, por ejemplo.
Por otra parte, (off topic) me gustaría pedirte tu opinión sobre cómo queda el "mundo" del P2P tras la reforma de la LPI. En algún post he dejado mi opinión en el sentido de que pienso que no varía la situación, pero no estaría de más oir la opinión de alguien habituado a trabajar con leyes (aunque, en el fondo, lo que cuente sea la interpretación que de ella den los jueces)
Un saludo
1 | vimes | 29 de Julio de 2006 - 08:46 AMSi a esto le añades la denuncia ante el Teribunal de la Competencia que han presentado A3 y Tele5 por el trato de favor (correspondido desde el Gobierno, que amor con amor se paga) que se concede a TVE por parte de la SGAE pues apaga y vámonos...
Totalmente "Transparente" ésta SGAE...¿O es "Transpirable"?
Si tienen que pagar el permiso a la SGAE será porque se han adscrito a la SGAE.
3 | | 29 de Julio de 2006 - 12:26 PMMonumentos con derechos de autor
El Atomium, uno de los monumentos más emblemáticos de Bruselas, tiene derechos de autor. La SGAE belga (SABAM) ha escuchado a su arquitecto y hará pagar a todo aquel que fotografíe el monumento y difunda sus fotos en internet, colgarlas de un blog incluído. Esta página ya ha recibido una simpática factura de 793 euros.
http://www.pitodoble.com/2006/07/18/monumentos-con-derechos-de-autor/
5 | DjJander | 30 de Julio de 2006 - 05:01 AMEl Supremo ratifica lo que todos sabíamos... solo que demasiado tarde.
Son innumerables las pequeñas discográficas que cerraron o fueron absorvidas por multinacionales por no poder aguantar la presión.
La sentencia ya no le vale ni a la propia Vale Music que ha sido comprada por una multi recientemente si no recuerdo mal.
6 | Enrique Mateu | 30 de Julio de 2006 - 12:23 PMHola vimes, veo que de nuevo haces referencia a la situación del P2P tras la nueva LPI y le preguntas a David por su opinión. Creo que es mejor que no te esfuerces más en ello porque, no se porque, me da a mi que no te va a contestar,;).
La verdad es que parece que nadie se quiere mojar en este sentido. Uno busca por ahí y la mayoría de los comentarios a favor de la ilegalidad se basan en la falsedad de que la copia privada ahora se debe realizar a partir de un original.
Cuando uno busca una opinión fundamentada en el texto finalmente aprobado no la encuentra. Por ejemplo, el otro dia encontre el siguiente post en otro blog de un abogado:
http://www.blogespierre.com/2005/09/01/proyecto-de-reforma-de-la-lpi/
En él se ha hecho un seguimiento de la reforma desde el principio hasta el final junto con otro blog, pero no se hace ninguna interpretación de la misma por parte de los propietarios.
Lo dicho, parece que nadie se quiere mojar. Por cierto, perdón por tanto off topic.
7 | ulises | 30 de Julio de 2006 - 01:02 PMUlises, tengo que estudiarla bien todavía para dar alguna información que tenga algún rigor.
Espero en breve poder sacar algún texto en condiciones.
A primera vista lo que más me preocupa es el nuevo derecho de puesta a disposición que parece claramente orientado a convertir en ilegal la subida de datos en las redes P2P.
8 | David Bravo | 30 de Julio de 2006 - 02:15 PMVaya, gracias David. Espero no haber resultado pesado, pero es que, aunque uno en el fondo sabe que tarde o temprano comentarás como afecta la nueva ley, cuando pasa el tiempo y no se encuentra información fiable se pone uno nervioso, :).
Se agradece saber que estás en ello, aunque nunca entenderé el motivo por el que si las leyes son para todos porque no se escriben para que las entendamos facilmente.
9 | ulises | 30 de Julio de 2006 - 04:40 PMUlises, tarde o temprano, David siempre aparece, aunque es cierto lo que comentas de que no se encuentran fácilmente opiniones al respecto, fuera de la manipulación de "hace falta el original".
10 | vimes | 31 de Julio de 2006 - 07:44 AMy sobre la pregunta del primer comentario? ¿también hay que pagar permiso de reproducción mecánica a la SGAE, cuando se saca un disco con autores y editores no afiliados a la SGAE?
11 | | 31 de Julio de 2006 - 09:30 AMEl derecho de reproducción mecánico se pide solamente para fijar en un fonograma canciones cuyo autor es socio de SGAE. Si no eres socio porque no quieras o porque tu música está licenciada con CC o con Coloriuris, no tienes que solicitar dicho derecho.
Sobre el P2P, hay muchos abogados/juristas que ya antes de la aprobación de la Ley 23/2006 ya sosteníamos la ilegalidad de las descargas a través de P2P de archivos cuyos titulares no habían autorizado su puesta a disposición a través de ese medios; ejemplos son Ignacio Garrote, Javier Muñoz, o un servidor. Es decir, todavía el debate sigue abierto, no hay unanimidad en este sentido.
El derecho de puesta a disposición no es más que una especialidad de la comunicación pública, derecho existente desde hace años y aplicable desde la aparición de Internet. La Ley no ha hecho más que recoger lo dispuesto en la Directiva 2001/29/CE que ya se venía aplicando en la práctica desde hace tiempo; no creo que introduzca nada con excesiva repercusión ya que el concepto de comunicación pública es perfectamente trasladable a las transmisiones a través de Internet.
La copia privada ha de hacerse, no a partir de un original, sino a partir de una obra a la que haya accedido lícitamente; de otra forma, sería ilegal grabar un programa de televisión o una canción de la radio, algo que carecería de sentido.
Un saludo y enhorabuena por tu blog.
12 | Andy Ramos | 31 de Julio de 2006 - 09:37 AMAndy Ramos, pero los jueces (que son los que en definitiva dictaminan "qué dice" la Ley) tenían claro que las descargas no eran ilegales si no había ánimo de lucro. Así que si entonces no era ilegal, ahora no creo que lo sea tampoco, a tenor de los cambios introducidos.
13 | vimes | 31 de Julio de 2006 - 07:02 PMCreo que el ánimo de lucro está referido al delito penal, pero si que podrían enjuiciarte por lo civil...encuanto a la interpretación del juez dependerá de si ha hecho "el cursillo de la SGAE"...^_^
14 | Kavra | 1 de Agosto de 2006 - 12:35 AMTengo una duda acerca de esto: ¿Si tengo una pequeña discográfica y saco discos bajo licencia copyleft, tengo que pagar el permiso de reproducción mecánica de la SGAE? ¿En qué se aplica ese permiso?
Gracias y felicidades por tu espacio.
Tengo una duda acerca de esto: ¿Si tengo una pequeña discográfica y saco discos bajo licencia copyleft, tengo que pagar el permiso de reproducción mecánica de la SGAE? ¿En qué se aplica ese permiso?
Gracias y felicidades por tu espacio.
Compro un CD en la tienda. Hago una copia privada (ligítima y sobre CD con canon) porque me gusta mucho y quiero recomendarlo a mi amigo Pedro. Le presto esta copia privada y, mientras él la tiene, sigue siendo legítima puesto que no he hecho una utilización colectiva ni lucrativa. Pedro, al que le encantan dos temas del CD, se hace una copia privada (legítima) de una copia (la mia) que es legítima y que la ha obtenido de manera legítima (préstamo a devolver). Así pués, interpreto que esta última copia es totalmente legítima a tenor de lo que dispone el nuevo redactado del art. 31.2 de la LPI.
¿O intrepeto mal?
17 | Pep | 1 de Agosto de 2006 - 11:58 AMMi interpretación personal sobre la utilización colectiva de una copia es que, por ejemplo, no se puede hacer una copia de una obra musical para ponerla en una discoteca, dado que entonces dejaría de ser privada.
Si se interpretara en un sentido más amplio lo de la utilización colectiva, se caerían en paradojas como la siguiente. Si Pep, en vez de dejarle su copia solamente a su amigo Pedro para que éste se haga su propia copia, se la deja también a su amigo Luis y a su amigo Juan, esa copia dejaría de ser privada dado que se estaría haciendo un uso colectivo. Sin embargo, si en vez de proceder de esa manera, hiciera en su casa tres copias para cada uno de sus amigos, la copia primera seguiría siendo privada dado que solo la ha utilizado Pep, siendo el resultado final el mismo, sus tres amigos tienen su propia copia privada obtenida a partir de la misma copia primera.
En cambio, hay quien opina lo contrario en este sentido. Incluso lo utilizan como argumento para ilegalizar las descargas por P2P, dado que, según esa intrepretación amplia, se hace un uso colectivo de las copias en ellas.
Yo opina que esto no es así, que la descarga por P2P es copia privada porque solo va a escuchar la música o ver la película el que la descarga, y que lo de la utilización colectiva se ha puesto ahí para garantizar que hay una copia privada por persona y así garantizar que hay el cobro de canón correspondiente.
18 | ulises | 1 de Agosto de 2006 - 02:18 PMPD. Resumiendo el post anterior:
- Permitir que otras personas usen una copia privada para obtener la suya propia no sería ilegal, dado que se estaría cobrando el canón por cada una de las copias, no hay diferencia alguna entre hacer una copia a partir del original o de una copia de éste, y porque, sino fuera así, se incurriría en la "paradoja de los tres amigos", por llamarla de alguna manera, que he explicado antes.
- Si sería ilegal usar una copia privada para que una colectividad de personas puedan escuchar o ver lo que hay grabado en ella, dado que entonces perdería el caracter de privado sin que ninguna ley tenga que decirlo expresamente, además de no estar percibiéndose canón alguno por cada una de las personas que ven o escuchan la copia en cuestión.
Si algún experto en la materia cree que estoy equivocado que venga aquí y que exponga sus motivos. De todas maneras si nisiquiera la propia SGAE ha explotado este argumento será por algo.
19 | ulises | 1 de Agosto de 2006 - 04:07 PMPor cierto David, ya se que esto llega con unos dias de retraso, pero supongo que cuando hablas sobre el nuevo derecho de puesta a disposición te refieres al artículo 20.2.i) que considera comunicación pública lo siguiente:
elija.»
Estoy contigo en que la intención de poner ese artículo ahí pueda ser la de ilegalizar las subidas de datos en las redes P2P pero creo que, si es así, se ha cometido un error en exigir que cualquier persona pueda acceder a la obra en el momento que ella elija. A primera vista puede parecer que eso sucede en una red P2P, pero realmente no es así. A lo único que accede cualquier persona en una red P2P, en el momento que elige, es a las colas de espera de los usuarios que tienen esa obra, pero no a la obra en si. Más bien el artículo afecta a las descargas directas, servidores ftp, etc.
Pero es más, el hecho de que dicho derecho de puesta a disposición se considere como una modalidad del derecho de comunicación pública es lo más chocante. Por favor, si nuestros gobernantes, influenciados por los magnates de la industria cultural y sin tener en cuenta al resto de la sociedad, pretenden ilegalizar el P2P, que al menos lo basen en otro concepto. Porque yo, siendo una persona normal de la calle, nunca entenderé que se pueda considerar comunicación pública lo que sucede en una red P2P, por mucho abogado especialista que diga que esto es así, con todos mis respetos por supuesto, y a continuación explicaré mis motivos:
Muchas veces se habla con demasiada ligereza sobre las redes P2P. Se dice que en ellas se comparte con toda la red archivos musicales y películas, entendiendo por toda la red nada menos que unos cuantos millones de personas, "olvidando" que, dicha compartición, esta limitada (o mejor dicho, MUY limitada) por el ancho de banda de subida del que normalmente se dispone. No se como estará la situación fuera de España, pero aquí, siendo generosos, en la mayoría de los casos dicho ancho de banda solo da para subir a no más de 10 usuarios en un instante determinado. De un plumazo hemos pasado a hablar de una decena de personas, en vez de los millones a los que se refieren algunos.
Recuerdo que hace ya bastantes años, en mi barrio, unos chavales pusieron una radio sin licencia. No tenía mucha potencia,pongamos que su alcance fuera para llegar a unos 50000 ciudadanos (cada uno que considere si son muchos o no) en un instante determinado. Obviamente terminaron por obligarles a cerrar la radio por estar haciendo un acto de comunicación pública de obras protegidas sin autorización, con toda la razón del mundo. La relación que hay entre 50000 personas y 10 es del 0.02%.
Es cierto que en una red P2P se producen muchas descargas a lo largo del tiempo. Pero esto no sucede por el acto individual de una persona de poner en una carpeta compartida su colección de música y cine, sino por el hecho de que, aparte de él, hay otras muchísimas personas que están compartiendo lo mismo. Condenar a una persona por estar haciendo un acto de comunicación pública por compartir en una red P2P, es condenarla por lo que esta haciendo él y esas otras muchas personas más, aparte de equiparar el emitir con una radio a 50000 personas que subir datos a 10 usuarios a la vez. Un abuso, se mire por donde se mire, y algo totalmente desproporcionado.
Bueno David, no hace falta que me contestes a esto, simplemente dejo una opinión de alguien de la calle, ajeno al mundillo legal, porque igual puede venir bien. Eso si, prometo dejar el tema de la nueva LPI durante algún tiempo, porque la verdad es que me duele un poco la cabeza, :D.
Un saludo.
20 | ulises | 2 de Agosto de 2006 - 11:10 AMPor cierto, que el articulo 20.2.i) dice esto, que no ha salido en el post anterior:
elija.»
21 | ulises | 2 de Agosto de 2006 - 11:13 AMJuer, corrigelo mis post si quieres David (vaya manera de meter la pata):
"La puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que
elija."
"Las alternativas se reducen a pagar o a no sacar el disco"
Hay varios ejemplos de gente que ha sacado su disco sin pasar por caja (de SGAE).
Incluso aunque los autores de las obras reproducidas en el disco sean miembros de la SGAE, habrá que matizar (si la obra en cuestión está en el repertorio de SGAE o no, si se ha publicado con una licencia u otra, etc).
Lo que está claro es que fácil no es, y si les preguntas a ellos o sus abogados te dirán que o pagas o te demandan. Tengan o no razón. Para eso la tienen más larga (la cola de abogados en nómina, que pagamos todos con el canon de nuestro software libre y nuestras vistas orales en los juicios, me refiero).
Y de gente que no necesita a las discográficas...
Le cuelgan un video en MySpace y...¡¡¡2 millones de descargas!!!!
http://www.lilyallenmusic.com/
No nos hemos entendido, Jorge. Me refiero a aquellas discográficas que sacan obras gestionados por SGAE.
El conflicto (que es de lo que trata la sentencia y la noticia que comento) está precisamente en la discriminación que hace SGAE con discográficas que estando en la misma situación (ambas intentando sacar un disco con obras que pertenecen al repertorio de SGAE) unas han de pagar antes (y o pagas o no sacas el disco) y otras después y sólo sobre unidades efectivamente vendidas.
25 | David Bravo | 6 de Agosto de 2006 - 03:12 PMMmmmm.... Julia, mejor te compras el Hola y lees los cotilleos, a lo mejor sale un reportaje sobre David Bisbal. ¿Qué más da si está casado o tiene novia? ¿No te parece que este foro no es el lugar para esa chorrada? ¿No crees que la vida sentimental de los demás no es de nuestra incumbencia? ¿Por qué no le preguntas también por su cuenta bancaria? Te recomiendo cualquier chat de niñatas con subidón de estrógenos, tipo www.chat.ozu.es o similares. ¡Hay, Señor, qué cruz!
27 | Pijus Erectus | 1 de Febrero de 2007 - 08:47 PMbuenas tardes presidente municipal de david ulises kiero mandar la informaciones el reglamento de la ecologia, por k nosotros no son delitos de un arbol somos de acuerdo por k mandan la patrulla para k me lleven en la carcel k somo un delito d un arbol, solo kiero saber la informaciones de la ecologia y no sean rateros y no saben k piensas las opiniones y ustedes no cumplen por el municipio bueno entonces te quedo comentar y kiero dar unos explicaciones por favor mandar mi correo para k kiero saber las informaciones......
buenas tardes presidente municipal de david ulises kiero mandar la informaciones el reglamento de la ecologia, por k nosotros no son delitos de un arbol somos de acuerdo por k mandan la patrulla para k me lleven en la carcel k somo un delito d un arbol, solo kiero saber la informaciones de la ecologia y no sean rateros y no saben k piensas las opiniones y ustedes no cumplen por el municipio bueno entonces te quedo comentar y kiero dar unos explicaciones por favor mandar mi correo para k kiero saber las informaciones......
Hola necesito aguda para mi perro porque yo lo llevé al veterinario y le pusieron 11 vacunas y todavía no pasa nada .
Dato:
3 meses y esta con diarrea y trata de vomitar en la casa tenemos tortugas séme acuáticos
Y barias veces tomo agua de las tortugas y no come nada estamos tratando de darle leche porque esta muy de caído que puedo hacer
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