21 de Noviembre de 2005
Acción en el SIMO TCI: Compartir es bueno
Copio y pego de barrapunto:
"El día 19 de noviembre a las 12:00 de la mañana un grupo de usuarios de Internet nos presentaremos frente al stand del Cuerpo Nacional de Policía en el SIMO, situado en el pabellón 8 Stand A-119, donde entregaremos una hoja firmada con nuestros nombres y DNIs, y expresaremos la intención de descargar la canción "Ponte de rodillas" de Teddy Bautista (Presidente de la SGAE) y protegida por las leyes de propiedad intelectual"
Fotos del evento y una pequeña crónica
David Bravo a las 12:37 AM | Referencias 0Ahí estamos.
Me gustaría decir que en contra de las dudas que se han planteado en otros sitios donde he visto reflejada la noticia, la policía se lo sabe muy bien en este tema, y no te van a detener por falta de conocimiento.
Inconexo | 21 de Noviembre de 2005 - 01:24 AMEs una lástima que estas acciones aún no se hubiesen hecho en el momento en que David asistió a los debates en TV2 y Canal Sur, porque dejan bien claro para todo el mundo que es completamente legal bajarse música de internet, y no hace falta recitar leyes que la gente entiende a medias casi siempre.
Chori Ferrero | 21 de Noviembre de 2005 - 02:41 AMEstoy completamente de acuerdo con estos eventos, de echo, en Pamplona acabaremos liando tambien alguna de estas... de todos modos... en serio, la proxima vez que alguien haga algo asi, que descarguen canciones de otros autores... en serio, ke todos sabemos que bajarse canciones de internet en españa no es delito, pero si bien no lo es, TIENE delito bajarse esas canciones... en serio, espero que no sea por gusto xDDD
darth_suicune | 21 de Noviembre de 2005 - 03:06 AMEsta bien, y demuestra que no es delito para los ojos de la ley ( por lo menos para los que alli estaban ) Pero una vez mas queda demostrado que compartir y hacer uso de las redes p2p no es delito constitutivo como tal, pero el sacar provecho economico usando cualquier metodo ( redes p2p, ftp, compartir ) si que constituye un delito, y por unos pocos estamos pagando el resto....
Ignacio | 21 de Noviembre de 2005 - 03:11 AMUna pregunta:
tener archivos en la carpeta de compartidos es legal?
se considera distribución pública?
yo cuando comparto lo hago gratis y sin ánimo de lucro pero a ese que detuvieron en un país nórdico (no me acuerdo cual)también lo hacía sin ánimo de lucro y lo detuvieron y en ese país la ley de copia privada es igual que aquí en españa.
saludos
v R z | 21 de Noviembre de 2005 - 04:04 AMAhi, con dos cojones.
Internauto | 21 de Noviembre de 2005 - 10:05 AMCITA de VZR
tener archivos en la carpeta de compartidos es legal?
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hay muchas formas de compartir una carpeta....si lo hicieramos en un servidor de videos, posiblemente si que seria ejecucion publica, en un p2p se considera copia privada, si esta en una carpeta ftp podria ser distribucion publica.
de todas formas a ver que nos dice davis
tener archivos en la carpeta de compartidos es legal?
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Se puede compartir de muchas maneras...si lo compartimos en un servidor de videos se podia considerar ejecucion publica, si se comparte a traves de una carpeta Ftp podria ser distribucion publica, si se comparte en redes de pares es copia privada
ssfdfdssfd
dsffdssdf | 21 de Noviembre de 2005 - 12:46 PMadsdsadsa
dasdasads | 21 de Noviembre de 2005 - 01:03 PMa la perrera con todos, criminales!
teddy bautista | 21 de Noviembre de 2005 - 06:23 PMla repercusion mediática vendrá cuando la canción a descargar sea de un top ventas y no de teddy bautista. propongo chenoa, ricky martin o cualquiera de estos... :S
nick_nick | 21 de Noviembre de 2005 - 06:47 PMEl porque de la canción es que es de teddy presidente de la $ga€. No estaria mal que fuera de un top ventas como dices y tampoco estaria mal que fuera la discografia entera jajaja.
Vas | 21 de Noviembre de 2005 - 08:12 PMAunque algún iabogado...
http://www.iabogado.com/2005/11/el-sofisma-de-los-amotinados.cfm
...considere que éstas contínas descargas delante de la policía y avisando a la $GA€, no demuestran que sea una actividad legal, porque a su juicio: i) la policía puede tener asusntos mas importantes (¿poner multas?), y ii) la $GA€ no quiere entrar en provocaciones (todos sabemos que a ésta $ociedad le cuesta mucho trabajo poner una denuncia...); lo cierto es que se están convirtiendo en una costumbre popular. Y por lo poco que sé, la costumbre también es una fuente de derecho.
En fín, un hurra por Teddy por "no entrar al trapo" y perdonarnos la vida.
PD: Si lee esto el iabogado, preguntarle por qué no puedo postear en su foro. Llevo 3 intentos en 3 días y no hay manera. Supongo que sólo será un fallo técnico, porque es un tío abierto a las críticas ... ¿verdad?.
1984 | 21 de Noviembre de 2005 - 08:27 PMa ver, en los diferentes cuerpos de policia, nos pasamos muchisima informacion sobre leyes. En vez de ir al policia que estaba en el SIMO, se podria haber ido a una convencion de jueces. Si a ese policia ni le va ni le viene, ya sabemos todos que compartir es legal. Por cierto david, no se si te acordaras de mi, soy el que pasò tu libro a mp3. He vuelto a preguntar a mas entidades gestoras de derechos de autor, por el paso de libros a mp3 destinados a personas ciegas, y siguen sin responderme. ¿puedes arrojar algo de luz sobre el tema? y ya puestos a preguntar ¿en vez de p2p, los puedo colgar en un servidor en descarga directa?
policia | 21 de Noviembre de 2005 - 08:37 PMSi tienes el libro entero pasado a mp3 prueba a subirlo en descarga directa a alguno de estos sitios
www.rapidshare.de 50mb
www.filefactory.com 500mb
o si no en torrent, que es p2p pero bien rapido
me parece que no habeis entendido la cuestion. Se trata de averiguar si los puedo alojar en la web en descarga directa, sin necesidad de discos virtuales, ni p2p.
policia | 21 de Noviembre de 2005 - 10:20 PMVengo de dejar un par de piropos en el blog de Javier Muñoz. ¿Lo dice en serio este tipo? Bueno, es posible. Hay gente que no tiene capacidad para asimilar su propia estupidez.
Policia, no entiendo de leyes pero si te refieres a libros bajo copyryght, me extraña que en las entidades de gestión no te contestes que está totalmente prohibido (hasta fotocipiar un libro está prohibido para ellos...). Si te gusta alguno especial ponlo en las redes p2p.
Pero mi post iba por otro camino. Pasar un libro a audio es un trabajo tremendo, y te invito a reflexionar si no es mejor leer libros bajo licencias copyleft, con éstos no hay problemas y hay libros bastante buenos. La cultura copyleft merece ese esfuerzo antes que la copyright.
Por cierto, he visto en el emule audiolibros a ¡128 kbps!, como si fuera calidad musical. Para una lectura valen 16 kbps y el archivo el 8 veces mas pequeño. Y si usas el formato OggVorbis, mucho mejor, no sólo por ser libre sino porque la calidad es mejor que el mp3.
1984 | 21 de Noviembre de 2005 - 10:38 PMNo creo que haya problemas, el libro tiene una licencia creative commons, por lo que puedes distribuirlo respetando la licencia.
Vas | 21 de Noviembre de 2005 - 10:39 PMAntypates, añado tu frase a mi colección:
"Al contrario que mucha gente, a mi me preocupa más comportarme con ética que con legalidad."
1984 | 21 de Noviembre de 2005 - 10:50 PMEn la lpi hay un articulo especifico para obras literarias destinadas especificamente para ciegos, en la cual no hay que pedir permiso al autor. Mis preguntas van relacionadas con eso. Textualmente dice: Para uso privado de invidentes, siempre que la reproducción se efectúe mediante el sistema Braille u otro procedimiento específico y que las copias no sean objeto de utilización lucrativa. ¿incluimos mp3 en "otros procedimientos especificos"?
policia | 21 de Noviembre de 2005 - 11:18 PMPor cierto en la mula ya tenia colgados 110 libros en mp3.
policia | 21 de Noviembre de 2005 - 11:20 PMPolicia, tienes una lista o web o los E-links de tus libros en emule ?
| 21 de Noviembre de 2005 - 11:40 PMPara Policia,
Yo personalmente te aconsejo que no uses mp3, por estar sometido a licencia no libre. SI tú mismo grabas un audio, SI ese audio es una transcripción del libro de David Bravo que es CC, y SI lo grabas en formato ogg que es libre, nadie te puede decir nada.
Un saludo
V512 | 22 de Noviembre de 2005 - 01:20 AM..considere que éstas contínas descargas delante de la policía y avisando a la $GA€, no demuestran que sea una actividad legal,
Es que es estrictamente cierto que no demuestran que sea legal, pero también es igual de estrictamente cierto que demuestran que no es delito... tal y como se pretendía, y en contra de las tesis que mantienen y pretenden imponer ciertos elementos defensores del copyright duro.
Las actividades legales son las que no son ilegales. La ley no dice lo que es legal y lo que está permitido hacer -que no sea para establecer excepciones a prohibiciones previas-, porque es imposble hacerlo.
| 22 de Noviembre de 2005 - 01:50 AMEfectivamente: "no demuestra que sea legal" ... pero "DENOTA QUE ES LEGAL" porque la policia estaba ahi de brazos cruzados (no tenia nada "mas importante" que hacer en ese momento, como justifica alguno) cuando, si se tratara de un delito, tendría la obligacion de actuar ya que esa es una de sus funciones.
PPPerez | 22 de Noviembre de 2005 - 03:05 AM!que soy policia! !que sabemos que es legal! !que ni nos va ni nos viene! !que posiblemente seamos los que mas descargamos! y yo sigo sin obtener una respuesta a la cuestion legal que plantee mas arriba.
P.D. en comisaria tengo un ordenador con emule y bitcomet (eso si que no es legal). Los uso para subir los audiolibros.
se me olvidaba, para los escepticos està fuè la contestaciòn de la SGAE.
Gracias por contactar con la SGAE.
En respuesta a tu cuestión sobre los
derechos para la utilización de un guión, recomendarte que te pongas en
contacto con la Asociación de Autores Literarios de Medios Audiovisuales
(ALMA), cuyos datos son los siguientes:
C/ Alcalá, 20 5ª Oficina 511
28014 Madrid
Tlf.:91 521 23 39
alma@asociacionalma.es
Esperando haberte sido de ayuda, recibe un cordial saludo.
Atentamente,
Atención al cliente SGAE
asociacion ALMA no responde, asociacion CEDRO tampoco. Mi ultima consulta se la he hecho a la ONCE.
policia | 22 de Noviembre de 2005 - 10:33 AMHabéis leído lo que dice aquí el colega Tourné (el de la ínclita FAP)?...
http://www.informativos.telecinco.es/fap/entrevista/tourne/dn_15796.htm
Es que cada día los entiendo menos, cada vez dicen una cosa.
Mosqueo | 22 de Noviembre de 2005 - 10:49 AMPonte de rodillas tu ante la evidencia, Flautista ladrón. Arriba el p2p !!
Chori Ferrer | 22 de Noviembre de 2005 - 11:22 AMme acaba de llegar respuesta de la ONCE
Estimado amigo:
El libro hablado consiste en la grabación, en un sistema específico para uso exclusivo de las personas ciegas, de diferentes productos bibliográficos (textos escolares o académicos, obras literarias, libros científicos, revistas, etc.) que posteriormente puede ser escuchada con un reproductor especial que facilita su manejo.
Supone un recurso muy importante para las personas con ceguera total y de manera especial para el colectivo de ciegos recientes. Por eso, y por imperativo legal, en ningún caso la ONCE comercializa ni pone este producto a disposición de nadie que no esté afiliado a nuestra Organización.
Esperamos haberte sido de ayuda
Un saludo
OFICINA DE INFORMACIÓN DE LA ONCE
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN E IMAGEN
y yo sigo sin una respuesta legal al tema de los audiolibros.
policia | 22 de Noviembre de 2005 - 12:12 PMme acaba de llegar un correo de CEDRO, si lo leeis hasta el final "balones fuera".
Muy Sr. mío,
En respuesta a su consulta, paso a comentarle los siguientes extremos:
En efecto, el artículo 31 del vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual regula aquellos casos en los que se permite la reproducción de una obra sin necesidad de solicitar autorización a su autor, entre los que se incluye la reproducción para uso privado de invidentes bajo determinadas condiciones. Por tanto, se permite la reproducción de obras sin autorización siempre que se cumpla con los requisitos del artículo 31.3 de la citada Ley y siempre que se trate de obras ya divulgadas y no sean objeto de utilización lucrativa. Sin embargo, si lo que desea es transformar una obra en forma de libro en audiolibro, debe solicitar la autorización de su autor, ya que estaríamos ante un supuesto de transformación de una obra que constituye un derecho exclusivo del autor (artículo 21 TRLPI) y por tanto, es el autor el único facultado para autorizarlo o prohibirlo (artículo 17 TRLPI).
En cuanto a la reproducción de obras para distribuirlas por redes "peer to peer", como ya le he comentado, el artículo 31 de la Ley únicamente autoriza la reproducción de obras, no su comunicación pública (en este caso, en la modalidad de puesta a disposición). Asimismo, compartir archivos a través de este tipo de redes puede ser constitutivo de un delito contra la Propiedad Intelectual tipificado en el artículo 270 del Código Penal, ya que puede existir ánimo de lucro.
Por último, sería aconsejable que se dirigiera a la ONCE donde seguro podrán informarle acerca del modo de actuar en este tipo de casos.
Confiando en que resulte de su interés, reciba un cordial saludo,
Natalia Briones Beneit
Servicios Jurídicos
¿pero no gestionan ellos los derechos? supongo que lo tendrian que saber del todo. El ponerme en contacto con la ONCE ya lo hize. David por favor, da señales de vida.
Perdona, ahora mismo ando liado. A ver si esta tarde puedo contestarte ya sea desde el blog o por correo.
Saludos.
David Bravo | 22 de Noviembre de 2005 - 12:58 PMpolicia no soy abogado, pero si que te puedo adelantar que como el autor (español) no lleve más de 70 años muerto, alguien te puede buscar las cosquillas si los pones en un página web para que cualquiera se los descargue.
Ese es el problema del copyright, el nuevo pecado del siglo XXI. En teoria bajo el sacrosanto copyright no debería existir internet. Pero cada dia crece más porque a la gente le ha dado por compartir sus aficiones.
Todo queda en un cruzar los dedos para que no se enteren. ¿Que no es justo? No no lo es, esa es la aterradora dimensión del copyright, que solo puedan transmitir conocimientos aquellos que lo han comprado. Por eso aquellos que se han percatado de ello apuestan por las licencias libres.
Create un blog dedicado a los audiolibros que purulan por las redes P2P, y haces pequeños comentarios que den pistas sobre como conseguirlos. Pero que no se te ocurra poner un link directo. Ten en cuenta que para las asociaciones de derechos de autor eres una "editorial" que oferta un producto versionado.
En teoría la ley te protege, pero ningún abogado te dará un sí rotundo para un juicio. Ten encuenta que los audiolibros no solo pueden ser escuchados por ciegos. Igual que los CD no solo son para copiarte música y ahí tenemos el dichoso CANON. Así que la decisión es tuya.
Mi consejo, sube los audiolibros a las P2P que seguro que muchas personas te lo van a agradecer. Y si puedes hacerlos en ogg mejor, solo por si acaso.
P.D. Y la Once al fin y al cabo también es una empresa, chanchullos incluidos.
Riobravo | 22 de Noviembre de 2005 - 01:05 PMcito de la entrevista de Tourné:
"Y, siguiendo el argumento del árbitro de fútbol, ¿han dicho algo los jueces sobre si es un delito descargarse canciones o películas?
En Estados Unidos ya hay sentencias.
Pero no en España
En España sí hay una sentencia condenando por el intercambio de videojuegos."
Sólo hay UNA sentencia que además es por compartir videojuegos que recuerdo que no es legal. jajaja.
Vas | 22 de Noviembre de 2005 - 03:15 PMAhora, por pura curiosidad, pongan la palabra Ladrones en el buscador Google. Con estos antecedentes, ya me dirán en manos de quién estamos.
jajajaja, lo de este periodista es gracioso. es la típica persona que "acaba" de descubrir internet y te envia todas las imágenes "graciosas", las bromitas del ratón o la pantalla al revés, los pps con tías en bolas, etc.
No sé, a mi me hace gracia.
moises | 22 de Noviembre de 2005 - 04:18 PMPara Policía:
También puedes preguntar al abogado Carlos Sanchez Almeida (conocido como el abogado de los hackers) en:
http://www.bufetalmeida.com/
http://www.republicainternet.com/
Quizás conozcas un libro suyo que se puede descargar de:
http://www.bufetalmeida.com/republica/
Por otra parte, aunque no sé de leyes, en un mp3 de David Bravo decía que, si bien es cierto que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, también lo es el hecho que no se te puede aplicar una ley que no tienes posibilidad de conocer (o así lo interpreté).
Según esto, no puedes conocer esa interpretación de la ley, porque ni siquiera las entidades de gestión lo saben. Puedes arriesgarte a hacer una página diciendo que no te lo han prohibido (después de preguntarlo), pero que si estás incumpliendo alguna ley la cierras y se acabó. Siempre tienen que ponerse en contacto contigo antes de denunciarte, ante un juez hay que demostrar que se ha intentado llegar a un acuerdo pero no ha sido posible.
Suerte, y me parece un trabajo muy noble el que haces. Inmersos en una cultura que sólo nos inculca a dedicar nuestro esfuerzo a mirar el bolsillo del prójimo, tu trabajo es un ir contracorriente digno de admiración.
1984 | 22 de Noviembre de 2005 - 06:03 PMMe parece que he colocado un comentario que el sistema ha calificado como span (tiene 3 enlaces). ¿Podrías publicarlo?
Grácias.
Tengo montado un servidor FTP y queria preguntar lo siguiente:
¿Es ilegal colgar mis canciones, peliculas, archivos, etc para que se la descarguen gratuitamente mis amigos ?
¿Estoy atentando alguna ley a la hora de compartir mis archivos sin ánimo de lucro?
hola quieria saber se un foro de descarga directa como vagos.es es legal por la leyes .
yo quieria abrir un foro tipo ese de descarga directa pero sin tener nada en el foro....solo tener enlance de descarga esterno como rapidshare o megaupload o otro mas como hace vagos es legal?
que voy a ariesgar se no fuera legal?
saludos espero me puedan inluminar con su respuesta
antonio | 23 de Junio de 2007 - 05:55 AM
