16 de Julio de 2004
La SGAE a por la Campus Party
La SGAE denuncia que en la Campus Party se copiarán contenidos equivalentes de 55 veces la Biblioteca Nacional, mostrandose preocupada de que se vulneren derechos de autor.
La Sociedad General de Autores y Editores de España se ha mostrado preocupada ante la vulneración de los derechos de autor que podrían cometer los 5.000 asistentes de este año al evento informático.
La SGAE considera que este tipo de encuentros "son positivos por cuanto promueven la llamada Sociedad de la Información" pero mostró su "preocupación por eventos de este tipo, al haber observado que en los últimos años se viene produciendo una sistemática vulneración de los derechos de Propiedad Intelectual en el transcurso de los mismos".
La SGAE apunta directamente a los organizadores de la Party, al recordarles que "Durante los últimos años se está ofreciendo a los asistentes la posibilidad de intercambiar allí mismo todo tipo de obras musicales y audiovisuales protegidas".
A modo de ejemplo la SGAE señaló que en la Campus "no se limita» a los internautas el acceso a redes de pares".
Por ello la sociedad sin ánimo de lucro ha advertido que si este año se producen este tipo de prácticas podría emprender "las acciones judiciales que corresponda".
La Campus Party será acogida del 26 de Julio al 1 de Agosto por La Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia.
Fuente: Hispamp3
David Bravo a las 02:11 PM | Referencias 0sinverguenzas!!!!
Puta_SGAE | 16 de Julio de 2004 - 06:21 PMsiguiendo los consejos de Carloues que para eso las pilla todas al vuelo les he pasado un mail a los del campo-fiesta por que reclaman la participación de la sgae y "otros" para hacer alli una jornada informativa asi que como respondan afirmativo en valencia nos vemos.
ya se verá hasta donde llegan sus ganas de montar algo bien o de simplemente darle cancha a la sgae para tranquilizarlos
Defunkid | 17 de Julio de 2004 - 09:55 AMHola David:
Perdona que me salga un poco del tema, pero teniendo en cuenta que no tengo ni idea de derecho hay un tema que quizá me puedas aclarar.
¿Qué ocurre cuando hay un conflicto de leyes? Suponiendo que ambas sean constitucionalmente válidas. Lo pregunto porque en este caso parece que lo va a haber, en cuanto al derecho de Copia Privada reconocido en la ley anterior y la tenencia de instrumentos que sean capaces de romper protecciones que se supone que va a entrar en vigor. ¿Cuál es el proceso que se sigue si alguien objetivamente se da cuenta de que son artículos incompatibles? ¿Tiene alguna de las leyes prioridad sobre la otra "per sé", por ejemplo por antigüedad? ¿Y si son modificaciones de artículos que quedan incompatibles dentro de la misma ley? ¿No son nulos de pleno derecho artículos que vulneran lo que otros dicen en el mismo texto sin expresar claramente que son excepciones?
En fin, que si tienes un poco de tiempo, a ver si nos puedes explicar cómo va todo este tema porque los no-juristas lo vemos todo como una nebulosa donde pasan las cosas sin lógica alguna y a aguantarse tocan.
Gracias y un saludo.
ryderark | 17 de Julio de 2004 - 06:38 PMRyderark, cuando hay un conflicto de leyes es cierto que la ley preve sistemas para deshacer la antinomia (perdona la palabreja). Sin embargo, en este caso creo que sería más coherente una interpretación acorde con el resto del ordenamiento jurídico. En el anterior código Penal ya existía una aparente contradicción. Por un lado se prohibía la desprotección de programas de ordenador mientras que la Ley de la Propiedad Intelectual permitía la copia de seguridad (aunque no la privada) de estos programas. ¿Cómo hacer la copia de seguridad a la que tengo derecho si es delito desproteger el programa del que soy usuario legítimo? La mayoría de la doctrina se inclina por interpretar que el elemento del ánimo de lucro es comun en todo el artículo 270 del Código Penal. Es decir, que tanto la desprotección, la importación, almacenaje y exportación de bienes sujetos a propiedad intelectual necesitan del ánimo de lucro para considerarse delictiva la acción. Esa interpretación es razonable con el principio de proporcionalidad, el principio de intervención mínima del derecho penal y el resto del ordenamiento jurídico.
David Bravo | 19 de Julio de 2004 - 05:41 PMHola a todos. Ciertamente la interpretación de David sería la más razonable, que hiciese falta ánimo de lucro para que existiese delito. El problema es que desgraciadamente nuestros jueces no siempre dictan sentencias razonables, y en algunos casos muy a su pesar. Véase por ejemplo la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 7ª, 22-10-2002, que he encontrado publicada en http://www.bufetalmeida.com/sentencias/chips.html
Según esa sentencia, no hace falta ánimo de lucro, basta la simple tenencia, lo que los propios jueces consideran un "exceso de represión penal". Bien es verdad que en la misma página se citan otras sentencias de otros juzgados, que discrepan de dicho razonamiento, pero... ¿cuál es más razonable?
Personalmente me inclino porque el derecho de copia privada incluye todo lo necesario para realizarla, como la desprotección del original. Pero ni la SGAE, ni sus abogados, ni muchos jueces van a pensar así...
Un cachondeo, oiga :-)
Eleuterio Andrés | 19 de Julio de 2004 - 06:01 PMMuchas gracias David. Ya veo por donde van los tiros... Lo que espero es que no se pongan a deducir que, por tener un cuchillo voy a ser un asesino, o por tener un macetero soy traficante de marihuana (porque puedo cultivarla), y ya si nos ponemos en plan George Orwell, que la expresión de ideas potenciales también sea delito...
Un saludo y sigue así, "monstruo". :)
Ryderark | 21 de Julio de 2004 - 09:34 PMYo no creo oportuno que cuando compres un cd virgen o dvd virgen tengas que pagar un extra por si vas a hacer copias pirata ya que hay gente que puede que quiera grabarse su propio programa informatico, y de mas.
Otra cosa que pienso es que como estoy pagando ese coste extra tengo derecho a hacer copias pirata ya que cuando compras el cd o dvd ya le estas pagando a la sociedad de autores. Eso es lo que pienso yo, gracias.
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