28 de Marzo de 2004
SGAE ¿Enfermedad o síntoma?
Jorge, visitante de este weblog, me manda un correo electrónico ante su, según sus propias palabras, "aparente imposibilidad de hacer llegar mi opinión sobre el canon de la SGAE a un foro abierto".
A continuación transcribo íntegramente el contenido de su email:
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SGAE ¿Enfermedad o síntoma?
Me asocié a internautas.org principalmente por la sorpresa que me causó el gran esfuerzo realizado para hacer saber al ciudadano en general qué parte del coste de CDs y DVDs vírgenes va a parar, lo considere uno justo o no, a la Sociedad General de Autores y Editores españoles.
No obstante, tras multitud de artículos, no sólo de internautas.org, sino de muchas otras fuentes como David Bravo, putasgae.org y otras webs e infinidad de comentarios puntuales en la red y otros medios de comunicación, creo sinceramente que la gente, internautas.org incluída, ha perdido hace mucho la perspectiva al arrojar sus críticas de manera tan insistente sobre la SGAE.
Quiero anteceder mi argumento reiterando la indignación que siento ante el hecho de que, no sólo los soportes digitales, sino todos en general, y los sistemas reproductores que los usan, tengan gravado un impuesto de compensación por copia privada. Quiero además aclarar que, más allá de lo que considero un hecho indiscutible, que el uso primordial de los soportes digitales no es el de la reproducción de obras audiovisuales con copyright, opino que es el propio concepto de "copia privada" el que me parece abyecto. Creo que son los propios autores los que traicionan su propia creación al otorgarle el valor al soporte y no a la obra en sí, al considerar como pérdida de venta potencial, por ejemplo, el cassette que grabo con las canciones del último D que he comprado para poder escucharlo en mi walkman, uno de los casos specíficos, ajenos completamente al veneno de la piratería, por los cuáles se creó la ley de protección intelectual. Parece ser que es de sentido común que sea necesario comprar cinco veces el mismo material para poder reproducirlo en cinco medios diferentes, pues lo que uno adquiere al ir a su tienda de ocio no es una canción o una película, sino un simple pedazo de plástico coleccionable. Pues mi sentido, por lo visto no tan común, no entiende ése razonamiento.
Y eso me lleva a explicar por qué creo que la reiterada fijación por la SGAE como saco sobre el que arrojar nuestra indignación es, no sólo completamente equivocada, sino patéticamente estéril. Deberíamos preguntarnos quién es la SGAE y qué fines persigue. Pero la pregunta que realmente me importa es: ¿Quién le da hilos? ¿Que tipo de poder divino posee que le da el privilegio de añadir o quitar gravámenes a artículos en cuya manufacturación, distribución y venta no juega ningún papel?
La ley. Es la ley la que descubre el concepto de "copia privada". Es la ley la que lo liga irremediablemente a la "pérdida de ventas potenciales", sugiriendo que lo sensato es comprar el mismo material artístico tantas veces como reproductores se vayan a usar. Es la ley la que convierte el concepto por el que pagamos, de un derecho a disfrutar una obra audiovisual al derecho de posesión de un trasto más con el que ocupar espacio. Y es la ley la que define como objeto susceptible de gravamen con canon por compensación de copia privada, a cualquier "soporte que permita la grabación de obras audiovisuales", independientemente de cuál sea su uso común.
¿Qué pretendemos al dirigir nuestras quejas hacia la SGAE? Es como si se crea una ley que proporciona 6 meses de vacaciones a los empleados del transporte público y luego esperamos que esos empleados, por civismo altruísta digan: "No hombre no, aunque la ley me deje yo me voy a coger sólo 3 que con eso me basta", o nos decidimos a montar manifestaciones de indignados usuarios del transporte público ante las casas de los conductores de autobús.
No sólo no me sorprende que la SGAE cobre canon por los CDs, sino que me extraña que no lo haya hecho hasta ahora: si la función (y obligación) de la SGAE es, entre otras medidas de protección, proporcionar la mayor cantidad de ingresos a los asociados que representa, y hay una ley que le otorga el privilegio de cobrar canon a todo soporte susceptible de ser usado para copiar obras con copyright, me parece del todo coherente que la SGAE use todos los medios que la ley le permita, moralinas aparte, para tal objetivo.
No es tarea de la SGAE dictar o promover leyes para el bien común. Su tarea es la de asegurarse que las leyes que otorgan protecciones a sus asociados se cumplan a rajatable. Si no nos cobran canon por el papel, que con la ley en la mano pueden que lo sepáis, es por temor a que los usuarios nos quitemos el velo de los ojos y nos demos cuenta de que lo que está podrido desde su concepción es la ley de protección intelectual, el concepto de canon por copia privada y la definición de soporte susceptible de ser gravado con un canon.
Hasta que alguien me explique por qué no es la ley la raíz del problema, ésa es mi interpretación. La SGAE sólo hace lo que de ella se espera que haga. Temas secundarios sobre cuál es su estructura interna y cómo gestiona su capital, me parecen temas muy diferentes, a solucionar, si se consideran problemas, por sus asociados, que para eso lo son.
Jorge
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Gracias Jorge por tu envío.
En lo que a mi respecta sinceramente la SGAE no es, ni mucho menos, mi enemigo favorito y mi principal enfrentamiento con ella no es en lo relacionado con el asunto del canon (tema al que, por otra parte, he prestado poquísima o nula atención en mis artículos) sino al concepto de "copia privada". Lo que me resulta inconcebible no es que la SGAE quiera cobrar la remuneración por copia privada sino que mientras la cobra confunda y maree el lenguaje hasta el punto de desnaturalizar el propio concepto de "copia privada" equiparándolo al de "copia de seguridad".
Creo que la SGAE reduciría mucho las críticas que recibe si reconociera que el canon remunera el derecho de copia privada tal y como es entendido por la mayor parte de la doctrina y la jurisprudencia y como, por otra parte, define perfectamente la propia Ley de la Propiedad Intelectual. Esto es, cualquier copia que hagas para uso privado, sin fin lucrativo y sin propósito de ulterior difusión. Es decir, en absoluto es requisito de la copia privada el ser el "adquirente legítimo" de la obra que se copia (es decir, la copia privada engloba las descargas de Internet que, por tanto, estarían dentro de la legalidad). En mi opinión si la SGAE dejara de dar un concepto deliberadamente erróneo de "copia privada" (y digo "deliberadamente" porque me consta que su departamento jurídico conoce a la perfección la definición de este concepto) y difundiera su concepto real las críticas que recibe por el canon se reducirían significativamente.
Por otro lado las críticas hacia la SGAE no lo son solo por el canon (en mi caso particular es un asunto que casi no he tratado) sino por su falta de diálogo, por sus continuos insultos a los que mantienen posturas contrarias a las suyas y por criminalizar a los usuarios de las redes de pares a los que considera no solo piratas sino personas que necesitan ser reeducadas, como si tener concepciones diferentes a las de esa asociación significara estar necesariamente equivocado. La SGAE ganaría mucho si dejara su papel de profesor-policía y fuera algo más conciliadora. He escuchado a muchos usuarios de redes de pares hablar de que debe haber un equilibrio entre los legítimos intereses de los autores y el de los ciudadanos a acceder a la cultura pero todavía no he visto, por parte de la SGAE, una postura semejante en lo que respecta a los derechos ajenos a los de sus socios. Cuando desprecias los intereses de los demás y solo eres capaz de ver los tuyos es lógico que recibas ataques.
David Bravo a las 09:19 PM | Referencias 0La SGAE es un grupo de presión, con mucho acceso a quien tiene la capacidad de legislar. Por supuesto que ellos simplemente se benefician de una ley, pero el problema radica en que esa ley ha sido hecha para ellos (por no decir que dictada palabra por palabra por ellos) tras una intensa campaña.
Es la SGAE como grupo de presión lo que a mí no me gusta. Digamos que me gustaría si sus métodos no fueran los que son.
Otra cosa exasperante es su función de sindicato americano. Si no te afilias no trabajas. Para dar un concierto en una sala grande tienes que esatr afiliado o sino ni cobras ni tocas. Eso si que no me gusta porque vulnera mi libertad de negocio. No se puede aplicar una función colegial a una profesión como la artística. Comprendo que un arquitecto tenga que estar colegiado para poder trabajar, pero un músico... aunque un colegio de músicos con unos cánones extrictos de calidad nos salvarían de tanto ot y bazofia similar... ;)
Un saludo y siento la parrafrada...
Bien, siendo entonces la SGAE un simple grupo de presion buscando ilegalmente defender sus derechos, ¿porqué no presionamos a quien ella presiona? ¿porqué no demandamos a la SGAE por aplicar de forma genérica un concepto erróneo? Si Asimelec se arrugó y pagó el canon entiendo es porque su departamento jurídico consideró conveniente hacerlo ¿no? ¿Qué vieron ellos que nosotros no? ¿Podríamos ayudarles a plantarle cara a la SGAE? Una denuncia Asimelec vs SGAE sí podría sentarse en un juicio sin necesidad de coordinar a los "perjudicados" por el canon ¿no?
Tengo tantas dudas. :,( Y me temo que esa incertidumbre y desconocimiento es el que nos mantiene pagando el canon.
¿Tal vez el primer paso sería demandar a Asimelec por cobrarnos por un acuerdo ilegal y que ellos se metan contra la SGAE?
No se.
3 | Jose Angel | 29 de Marzo de 2004 - 06:33 PMJosé Ángel ¿a qué concepto erróneo te refieres? ¿Al de copia privada?
¿Y por qué hablas de "acuerdo ilegal"? El acuerdo puede ser injusto pero lo de ilegal no lo tengo tan claro.
4 | David Bravo | 29 de Marzo de 2004 - 07:18 PMAnte todo, David, gracias de veras por el gesto que has tenido, y por tu respuesta.
En efecto comprendo en tu respuesta que hablamos de cosas diferentes, al menos a primera vista. Me parece entender que tú no te pronuncias tanto sobre si consideras justo o no que la ley establezca que la copia privada no sea gratuíta, sino sobre cuál es en tu opinión la interpretación que de "copia privada" debe derivarse (y así averiguar si una copia es legal o no), mientras que yo lo que critico es que ésta no sea gratuíta independientemente de la interpretación que de ella se haga. Es cierto que lo que me inspira esa opinión es que las obras audiovisuales que consumo son en su mayoría compradas en la tienda, y eso hace que me sienta estafado al pagar dos, tres o muchas más veces por el mismo material, tanto si lo compro por duplicado (cosa que obviamente no hago) o decido realizar las copias yo mismo.
Confieso que la primera lectura que hago de tu interpretación de "copia privada", desligada de la copia para uso personal del adquiriente, y de "ulterior difusión" como algo diferente a la puesta a disposición de terceros de ese material, me plantea serias objeciones. Pero aunque no puedo comprender al usuario que defiende como sostenible el acceso 100% libre de costes a cualquier material artístico, sin devolver algo a cambio a la escena artística (que no sé si es tu caso), me parece que todo pasa primero por la concienciación en el aprecio a aquellos artistas cuyas creaciones se admiran, para así alcanzar un equilibrio entre la experimentación y la recompensa justa por el trabajo bien hecho. A largo plazo, y admito que esto es una opinión personal sin ningún tipo de prueba más que las amistades que me rodean, creo que un fácil acceso al arte sin las restricciones tradicionales fomenta, en último término, un dramático aumento del gasto personal para su consumo y me sorprende lo ciegas que aparentan estar algunas Sociedades ante lo que a mí me parece algo muy beneficioso para la industria (me parece una lástima, por ejemplo, que desde el fantástico interface de música escuchable y enlazada hipertextualmente de la iTunes Músic Store no se vendan CDs por correo, pues de manera accidental, dejándome llevar por el laberinto de links que partían de artistas conocidos, he descubierto en ella a más de un autor por el que siento verdadera curiosidad). En mi caso, por ejemplo, que casi no uso las redes de pares por cuestiones técnicas, apenas compro música porque me siento verdaderamente analfabeto en el tema (musical, no informático), y curiosamente, el último CD que he comprado, esta misma tarde, es de un grupo que un amigo mío conoció a través de esas redes y me recomendó tras bajarse algunos temas. Y más allá de que alguien pueda considerar como ingénua esperanza idílica un uso responsable del acceso libre, creo que una regulación al respecto es hipócrita e injusta cuando se permiten abiertamente industrias ilegales paralelas que se enriquecen con el trabajo creativo ajeno y explotan a las personas que forman el útlimo eslabón de su cadena. No hay más que darse un paseo por el Puerto Olímpico de Barcelona un sábado o domingo para experimentar la frustrante dificultad de caminar por un paseo invadido de top mantas, que probablemente atraen a una gran afluencia de gente de la cuál los comercios y bares circundantes se benefician, para que le entren ganas a uno de acercarse al primer guardia municipal que vea por la zona y gritarle en la cara: "¡JA!". Independientemente de si se considera culpanble al usuario particular o no, me parece una cuestión de prioridades.
Aún así, coincido con que la SGAE se gana cada día antipatías a pulso, que manipula continuamente los argumentos de la ley para excusar sus intenciones recaudatorias ante la imagen pública. Estoy harto de ver cómo personas relacionadas con la SGAE presentan el canon como indemnización por los daños que la la piratería les ocasiona (metiendo de paso en el mismo saco el enriquecimiento de algunos con la explotación de obras ajenas a nivel industrial y el consumo particular de usuarios particulares), cuando el artículo 25 de esa ley no dedica ni una sola línea línea al tráfico ilegal de obras audiovisuales (ni a determinar cuáles lo son).
Quizás, entonces, tú sí vayas un paso por delante al discutir sobre la interpretación que la SGAE hace de la ley que ya existe, y la regulación futura que de ésta se pueda derivar, a diferencia de los habituales flechazos de ira ante las puertas de la SGAE, cuando hay visos de posibles nuevos cánones a soportes que se adaptan perfectamente a lo que la ley establece.
No me mamo el dedo. Soy consciente de la fuerte presión que ejerce la SGAE en la creación de nuevas regulaciones, o en la interpretación que los jueces puedan hacer de las existentes, o, en definitiva, del poder antidemocrático que se le ha dado cuando debería ser el Parlamento el único capaz de hacer y deshacer en tales aspectos.
Pero en definitiva considero que incluso teniendo en cuenta las tácticas de enmascaramiento de la verdad que continuamente ejerce la SGAE, y el desmesurado e incontrolado poder que injustamente tiene, al final es la ley la que le da esa cobertura, y por tanto sobre la cual debemos plantear todos el debate, a favor o en contra según el criterio de cada uno.
Respecto a su "función de sindicato americano", como dice Ramón, aunque si bien la SGAE no tiene mi simpatía al respecto, reitero que al no estar directamente afeactado es un tema que desconozco por completo, y que a fin de cuentas deben resolver aquellos a quien afecta.
5 | Jorge | 30 de Marzo de 2004 - 01:58 AMJorge, yo no desligo el concepto de "ulterior difusión" con el de "puesta a disposición". Entiendo que según la Ley de la Propiedad Intelectual el llamado upload es ilegal cuando se trata de material protegido por copyright (no así el download del mismo que se engloba dentro del concepto de "copia privada"). Sin entrar ahora en que ilegal no es lo mismo que injusto, entiendo que al ser un ilícito civil es absolutamente indemostrable esta práctica puesto que en este ámbito no penal no podrían autorizarse las intervenciones de las comunicaciones necesarias para la prueba de estos ilícitos.
A este respecto creo que la LPI debería modificarse haciendo legal la práctica del upload cuando se hace sin fines lucrativos. Y defiendo esta reforma (dejando a parte argumentos ideológicos) por mi opinión de que la ley debe adaptarse a la práctica social y que no debe prohibirla cuando es, por otra parte, imposible de frenar en la práctica. De hecho este último principio es casi la única justificación que la doctrina encuentra en el establecimiento de la excepción por copia privada y creo que este mismo principio debería servir a una excepción semejante al upload cuando éste carece de ánimo de lucro.
La remuneración a los autores es algo justo y que debe regularse con eficacia. En mi opinión deberían buscarse formas alternativas para conseguir esta remuneración sin que ello suponga limitar el acceso a las obras por parte de los ciudadanos. Numerosos autores están investigando esas fórmulas y algunos han encontrado algunas realmente interesantes. Creo que es el momento de pasar a considerarlas en lugar de criminalizar y demonizar a los usuarios de las redes de pares. Es el momento de conseguir que la defensa de la propiedad intelectual no signifique un retroceso en el también importante derecho al acceso a la cultura de los ciudadanos que la Constitución consagra.
6 | David Bravo | 30 de Marzo de 2004 - 02:19 AMVamos a explicar unos cuantas cosas, la SGAE intento poner el canon a los CD-R ya un año antes, lo que ocurrió en ese momento es que todo el mundo, empresas, periodicos se le echaron encima y tubo que retroceder para preparar un segundo intento mediante la coacción a ASIMELEC usando la sentencia de TRAXDATA como amenaza de cobro retroactivo mediante jucios que pretendia ganar ya que disponia de una sentencia a su favor.
Por otro lado, dentro de la SGAE hay una confusión de terminos, estan agrabando un canon a los soportes bajo el nombre de "derecho de copia privada" cuando sus argumetos apuntan hacia perdidas producidas por la "pirateria" y usando los P2P como pretexto; pero si revisamos la ley tal "Pirateria" no existe ya que en la mayoria de casos no hay ningún animo de lucro.
Además justifica el canon por la cantidad de descargas que se hacen en España, pero hay un error de calculo ya que se basan en las descargas totales, y si hacemos un ejemplo se vera mas claro: Si yo me descargo un CD de música para mi uso personal y me descargo las canciones por separado; segun ellos han dejado de vender 10 Cd (o el numero de canciones que tenga el CD) cuando realmente, si su hipotesis fuese cierta, solo habrian dejado de vender un CD; aunque en la mayoria de los casos ni eso, ya que lo que ocurre es que se descarga aquel Cd que te gusta pero no irias a la tienda a comprarlo porque no te gusta tanto como para gastarte 20 euros; y en otros casos trae beneficios a sus autores ya que hace que compres los prociomos discos. ¿O es que nadie se ha comprado un CD porque ha visto un videoclip en la televisión?
7 | Xribalta | 30 de Marzo de 2004 - 08:57 AMUna pregunta ingenua. ¿El defensor del pueblo y el del consumidor no tienen que decir nada de este tema?. No se si se han declarado respecto al problema.
Saludos
XkA
Evidentemente, la principal función (últimamente parece la única) de la SGAE es velar por los intereses de los autores y editores. Esto estaría bien si no fuera, tal como se ha comentado, por el abuso de poder del que está haciendo gala. Conozco a músicos con una producción musical enorme que no cobran ni un duro por su trabajo. ¿Es esto normal? no, por supuesto. Pero tampoco es normal que la SGAE pretenda cobrar derechos de autor en una representación teatral o musical con fines benéficos. Si, como suena. Si montas un concierto de música sacra a beneficio de la restauración de la parroquia, has de contar con un señor que, dos semanas después, te pedirá un porcentaje de la recaudación. Vamos a ver, a Bach no le van a pagar derechos de autor, ni a Haendel. Entonces ¿quien se beneficia de ese dinero? Mi opinión es que la SGAE tiene gastos (comidas, viajes, instalaciones, etc) que tiene que cubrir de algún modo.
Haciendo una simplificación del problema, la SGAE me quita parte de la recaudación de un concierto benéfico para poder seguir hinchando su estómago en comidas con amiguetes.
Por otra parte, la SGAE con el apoyo del gobierno está penalizando el medio o soporte en que se distribuye la música, vulnerando el fundamental derecho a la presunción de inocencia (presuponen que todos los CDs se compran para piratear, y pronto pasará lo mismo con los discos duros). Pero ahora la gente cada vez más compramos música en internet, por lo que no tardará mucho en pedir un impuesto revolucionario a las operadoras como Wanadoo, Telefónica, Jazztel, Ono, etc. porque los internautas sólo navegamos para bajarnos música que, evidentemente, vamos a piratear. ¿Que no? Se admiten apuestas.
La verdad es que no estoy de acuerdo con ese argumento que ya he escuchado varias veces de que el canon vulnera la presunción de inocencia.
Y no estoy de acuerdo por un lado porque la presunción de inocencia solo puede vulnerarse en el ámbito penal y por otro porque copiar una obra artística, literaria o científica para tu propio uso y sin fin lucrativo es también un uso inocente. Así que el presumir que todo el mundo hace copias privadas puede que sea erróneo pero no es presumir que la gente no sea inocente porque tales copias son legales.
El canon se devenga por la realización de las copias para uso privado y por tanto se devenga por un acto que se ajusta a la legalidad. Después puede venir la polémica de qué significa "copia privada" pero lo que está claro es que esa remuneración es correlativa a un uso que, sea cual fuere, es permitido.
10 | David Bravo | 2 de Abril de 2004 - 10:04 AMHombre, tampoco hay que ser más papistas que el Papa, David. Creo que Paco se refiere a que ni siquiera todos los CDs y soportes digitales se utilizan para la, legalmente llamada "copia privada", sino que muchos son para la > en el sentido de meter en ellos datos propios, datos privados: mi proyecto fin de carrera por ejemplo, está metido en 7 CD-Rs. Por lo visto si hubiera retrasado su realización hasta hoy tendría que pagar un canon por copia privada de 7 CDs, y todo para poder grabar en soporte digital mis planos, mis documentos de Word, mis presupuestos y mis mediciones. Y eso no puede ser.
Saludos.
11 | ryderark | 3 de Abril de 2004 - 03:08 AMSorry, solo quería decir que donde pone un ángulo en mi texto corresponde a las palabras "copia privada" pero entre tags de HTML y el weblog las debe de haber confundido y por ello se las ha merendado.
Saludos.
12 | ryderark | 3 de Abril de 2004 - 03:10 AMHay que recordale a la SGAE que las discograficas tuvieron un comienzo y cuando no habia soportes como ahora ,eran piratas y ahora critican la pirateria ,veo bien que se penalize al que crea copías al por mayor o las mafias el llamado top manta ,pero si es para consumo particular veo bien que sigan las descargas , o si quieren solucionar el tema de la pirateria o bien que pongan los discos a un precio razonable ,adecuado a los bolsillos de cualquier Español con pocas posibilidades economicas ,como estan haciendo en algunas web, hay descargas a cambio de la mitad de lo que te cuesta normamente en una tienda ,eso lo aplaudo y lo veo bien ,eso si cada uno es libre de elegir pero comprando una canción o un disco estan contribuyendo a que la musica continue.
Es mi opinión.
14 | Flavio | 24 de Octubre de 2006 - 04:25 PMYo esoty a favor de la pirateria.
Es verdad,aunque suene a demencia seníl , y hoy por hoy si hay artistas que ganan discos de platino etc, es porque la pirateria afecta lo mas minimo, porque yo la verdad (y creo que nadie en su sano juicio) se compra una casa sin aberla visto antes, o sin sabes su situación etc,.. entonces, ¿Por que comprarnos un disco que vale sobre 20€ si no sabemos si nos van a gustar sus canciones?Para eso, nos las bajamos de internet, si me gusta, me lo compro, si no lo borro y punto pelota, si no tengo dinero lo escucho en mi pc asta que cobre, pero no se puede cobrar un canon, intentar vetar internet y esperar que todo se que tan bien como estaba no señor, eso no es así.
Ademas de que disponemos del peor servicio de internet de europa(gracias a nuestro gobierno, como no)nos quieren vetar la bnda ancha, quieren prohibirnos el acceso a paginas con descargas y controlar en todo momento lo que hacemos.
La SGAE lucha por los derechos de autor,pero si Makkako por ejemplo ha llegado a ser disco de oro , creo yo que estan bastante bien compensados los derechos....si los autores españoles pagasen lo que paga un autonomo hoy en dia.. otro gallo cantaria.
No se puede pedir unos derechos, cuando se esta cobrando mensualmente 5 veces mas que un ciudadano de a pie.. no señor , el rico se hace mas rico y el pobre mas pobre y la sociedad asi no va bien.
Ya, pero creo, que prefieor darle 5 euros a un hombre que esta vendiendo cd y dvd con musica y peliculas en la calle, que necesita ese dinero realmente para comer, que darselo a una sociedad que aparte de ser una panda de estafadores, juegan como quieren con nuestras leyes y con el dinero que pagamos para tener ellos sus jubilaciones multimillonarias y sus casitas en primera linea de playa.
17 | | 13 de Diciembre de 2009 - 09:06 PMEse hombre que está vendiendo en la calle, de esos 5 euros se quedará igual uno, el resto irán al mafioso que le explota... No tengo yo muy claro a quien estás ayudando a comer con esos cinco euros. ;)
18 | | 13 de Diciembre de 2009 - 09:15 PMVale tienes razon no habia caido en eso, pero de todas formas si pago un cannon por ese dvd el cannon por copia privada, ¿porque no puedo venderselo a un amigo? yo he pagado un impuesto, deberia poder venderlo no? ¿Y si lo uso para guardar el video de mi comunion?o.. ¿Si lo uso para guardar una tesis doctoral en archivos de word, porque tengo que pagar?
Es mas, ahora yo contrato a un notario, y me voy a una tienda y compro un dvd con el notario delante,y actos eguido me voy y meto en el cincuenta documentos de word con diferentes textos cada uno, todo ante notario.
Despues me voy al juzgado y denuncio a la sgae por cobrarme ese cannon, el que tengo la razón soy yo no?
y si eso lo ago veinte veces mas ? y denuncio otras veinte veces a la sgae?
es una estafa o que estoy haciendo?¿acaso no tengo razon?
Porque si se lo vendes ya no es copia privada, al haber ánimo de lucro. Asumiendo, claro está, que te refieras a un DVD vírgen en el que has grabado un contenido protegido por derechos de autor (en los originales no se paga canon, y si no has grabado algo protegido por derechos de autor no es copia privada). En cuanto al vídeo de la comunión, no es copia privada, y por tanto puedes solicitar que se te devuelva el canon que has pagado en el soporte que usaste para grabarlo.
Lamentablemente, la denuncia de la que hablas (que efectivamente, es el procedimiento legal correcto para solicitar la devolución del canon), según la ley, se la tendrías que poner al que te vendió el DVD (y este se tendría que arreglar con SGAE por su cuenta). Tendrías razón, por supuesto, pero la ley establece que tendrías que denunciar al comerciante, no a SGAE. Ah, y en principio no haría falta ningún notario. ;)
20 | | 14 de Diciembre de 2009 - 10:34 AM
