22 de Mayo de 2004
Soplan Malos Vientos...(para la SGAE)
Pues si, así es, en la loca "Huida hacia Adelante" en que vemos inmersa la sociedad que lidera Teddy Bautista cada dia les acerca un poco mas a la debacle, quizás es que juzgaron a todo el mundo igual (bastante caracteristico de Teddy eso de juzgar y calificar "a priori")y con la sentencia (de infausto recuerdo) de Traxdata delante dieron por supuesto que esto de los Juzgados era un camino de Rosas...
Un juez exime a un bar de pagar a la $$$$ por la música que reproduce
El fallo, pionero en España, exculpa al local de pagar 3.500 euros porque la entidad no probó que posea la gestión de derechos musicales
Un juzgado de Sevilla ha exonerado al bar Aviador, ubicado en la ronda de Triana, de pagar a la Sociedad General de Autores ($$$$) unos 3.500 euros correspondientes a las cuotas impagadas por la reproducción en el local de música de autores protegidos desde enero de 2001. La sentencia, aunque da la razón a la entidad en el sentido de que en el bar se reproducía música de autores protegidos, desestima la demanda de la $$$$ por falta de pruebas.
La sentencia es pionera porque, en primer lugar, contraviene la doctrina que hasta ahora venía manteniendo el Tribunal Supremo, que entendía que son los responsables de los establecimientos demandados los que deben demostrar que no tienen que pagar por la reproducción de una canción concreta. Sin embargo, el titular del juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla, Francisco Escobar, recuerda que la Ley 22/1987, de Propiedad Intelectual, "dejó sin efecto el régimen de monopolio", por lo que la Sociedad General de Autores y Editores "tendrá que probar, no sólo que se reproduce música, sino a qué autores pertenece y que éstos tienen contrato de su gestión de derechos de autor con esta entidad".
Para ello, añade el magistrado, la $$$$ tiene que exhibir el correspondiente contrato con el autor cuya música se haya reproducido sin autorización. Bajo estas premisas, la sentencia señala que a través de las declaraciones de los testigos ha quedado acreditado que en el café Aviador de Sevilla se emite música, aunque sólo se ha reconocido la del grupo Chambao. No obstante, el fallo subraya que la $$$$ no ha probado que tenga contratado con este grupo la gestión del cobro de los derechos de autor y de ahí que absuelva al establecimiento de tener que abonar el canon reclamado.
La sentencia es singular por cuanto estima la demanda de la $$$$, al reconocer que el bar Aviador "reproduce temas musicales de diversos autores" y que "dichas reproducciones sin autorización suponen una infracción de los derechos de propiedad intelectual". Además, el juez advierte al local que debe "abstenerse" de reproducir música de autores cuya gestión de explotación esté contratada con la $$$$ mientras no tenga su autorización .
El abogado Joaquín Moeckel, que representa los intereses del bar Aviador, mostró ayer su satisfacción por una sentencia que, según dijo, "sigue a rajatabla las directrices del Tribunal Supremo, lo que en ningún caso significa que la $$$$ pueda acudir al procedimiento sin probar absolutamente nada". El letrado criticaba de esta forma la falta de pruebas respecto a los autores interpretados, las dimensiones del establecimiento -algo importante porque de ahí depende la cuota- y el período de tiempo que se reclama.
El modus operandi de la $$$$ parte de la visita que realiza al establecimiento un empleado de la entidad, que levanta una especie de acta que refleja una estimación de la superficie del local y de la música que se escucha. También suele intervenir un detective privado, contratado para certificar la reproducción de la música, y un denominado "gestor musical", de titulación específica y que elabora una especie de informe con un pretendido carácter pericial.
El abogado Joaquín Moeckel precisó, por último, que "con tan mustio bagaje probatorio, difícilmente la $$$$ puede lograr que se estimen sus pretensiones". En cualquier caso, el letrado consideró que una cosa es que el Supremo "dulcifique" la inversión de la carga de la prueba y otro que se asista a un auténtico "atropello jurídico" de los dueños de los establecimiento ante la falta de pruebas de las demandas de la $$$$.
Un internauta y Letrado componente de la lista Copyleft (Gracias Abel)nos aporta unos datos aclaratorios...
La Ley de Enjuiciamiento Civil del 2000 introdujo una modificación en el
artículo 150 LPI que vino a resolver, de lege data, lo que era fuente de
inseguridad para la SAGE.
Dice así el segundo párrafo de este artículo:
"A los efectos establecidos en el artículo 503 LEC, la entidad de gestión
estará obligada a aportar al proceso copia de sus estatutos, así como
certificación de su autorización administrativa" hasta aquí, faltaría más:
cualquier sociedad está obligada a demostrar que está legalmente
constituida. Lo bueno viene a ahora, y es lo que duele "El demandado podrá
oponer EXCLUSIVAMENTE, ACREDITÁNDOLO DEBIDAMENTE, la falta de representación
de la actora, la autorización del titular del derecho esclusivo, o el pago
de la remuneración correspondiente"
La regla es que quien alega algo debe probarlo. De acuerdo con esta regla,
quien alega que está representando los derechos de alguien, en este caso la
$$$$ alega estar representado los derechos de músicos, debería probarlo, es
decir, presentar su contrato de adhesión. Antes de esta reforma, a la $$$$
la habían zurrado bastantes veces (aunque no siempre) porque no acreditaba
tener los derechos de aquellos en cuyo favor decía actuar.
Con la reforma, se evitan esto ya que se invierte la carga de la prueba: es
a la contraparte al que le toca probar que la $$$$ no tiene el derecho que
dice defender.
Poco queda por decir, además de trabajar en tu negocio tienes que averiguar Qué autores son de la SGAE y cuales no, la verdad es que podrían incluirlo en los créditos del cd.
Bueno, los amigos del Consejo de la Juventud de Segovia (Radio Libre)tal y como prometieron nos han hecho llegar copia de la sentencia absolutoria
Y en ella hay una conclusión muy interesante incluso para las fiestas populares donde una comisión de festejos organiza durante casi todo el año y luego las fiestas son para todo el pueblo sin entrada ni nada por el estilo.
"En definitiva, ninguna actividad de amenización con fines económicos se realiza
desde la Emisora del Consejo demandado a traves de la comunicación pública o reproducción de obras protegidas dentro del ámbito de los derechos de autor, ni se ha probado que la parte demandada haya llevado a cabo esa comunicación pública o reproducción de tales obras por lo que la demanda debe ser desestimada..."
Seguimos que hay mas...
Revocada la sentencia que condenaba a un hotel a pagar a la SGAE un canon por la televisión
La Asociación de Empresarios de Hostelería ha recibido la notificación de una sentencia de la sede compostelana de la Audiencia que pone fin a casi dos años de pleitos y que le da la razón a un hotel de la ciudad frente a las pretensiones de la Sociedad General de Autores de España (SGAE).
La publicación mensual de la asociación recoge un comentario de la abogada Beatriz Estévez en el que considera que se trata de una sentencia importante «no sólo porque da la razón al hotel que apeló una sentencia que le condenaba a pagar por la televisión en sus habitaciones, sino porque es la primera que se hace eco de la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo».
El hotel que gana el pleito es el Husa Santiago Apóstol, que lo perdió en primera instancia y cuyos responsables decidieron apelar. La Audiencia revoca así la multa de 1.030 euros impuesta en su día.
A-3 debe pagar 18 millones de euros a las discográficas
La cadena ha impugnado la sentencia que la condena por el impago de derechos musicales
Antena 3 TV deberá pagar 18 millones de euros (casi 3.000 millones de pesetas) en concepto de derechos de propiedad intelectual por las canciones y músicas que ha emitido entre 1999 y el 2003, según la sentencia que dictó ayer el juzgado de Primera Instancia de Alcobendas (Madrid). La denuncia fue interpuesta en el 2003 por la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (Agedi), que agrupa a los principales productores discográficos (Sony, Warner, BMG Ariola y Emi Odeon ), y por la Asociación de Intérpretes y Ejecutantes (AIE), que forman cantantes y músicos.
Ambas asociaciones vienen reclamando a Antena 3 TV desde 1990, año en el que comenzó a emitir, el pago de los derechos de propiedad intelectual correspondientes a productores y artistas por la explotación de sus obras musicales.
Durante estos años han tratado de alcanzar un acuerdo con la cadena para que productores y artistas obtuvieran la legítima contraprestación por la utilización que se hace de sus obras. Sin embargo, tal acuerdo no ha sido posible en todos estos años, y los titulares de derechos solicitaron finalmente la intervención de los tribunales.
Según la sentencia, la prueba pericial realizada ha tenido en cuenta las tarifas vigentes en cada uno de los ejercicios, desde 1990 a 2003, y que cifra exactamente en 18.552.177 euros, más IVA.
El presidente de Agedi, Antonio Guisasola, y el consejo de administración de AIE manifestaron ayer su satisfacción por la decisión judicial, ya que "se presenta una vía para resolver definitivamente un conflicto que nunca debió producirse y que establece abiertamente la necesidad de retribuir a estos colectivos tan determinantes en la creación de la música cuando se utilizan comercialmente sus obras".
"RECLAMACIÓN ARBITRARIA"
Antena 3 TV emitió ayer un comunicado en el que anuncia que interpondrá recurso contra la sentencia, y asegura que la cantidad reclamada no tendrá repercusión contable, pues ya estaba recogida en las cuentas de la cadena del año 2003.
A-3 TV denuncia también en su nota , que la cadena ha denunciado ante el Tribunal de Defensa de la Competencia "las prácticas anticompetitivas y discriminatorias en las que incurre Agedi". También critica la "arbitrariedad" con que ambas asociaciones vienen reclamando sus derechos.
Antena 3 TV no es la única cadena demandada por Agedi y AIE. Ambas asociaciones tienen también interpuestas denuncias contra Tele 5, a la que le reclaman una cantidad similar a la fijada por la sentencia actual, y contra TVE, con la que el acuerdo que tenían firmado finalizó en el 2003. Precisamente por este conflicto Tele 5 dejó de emitir música grabada en el 2003.
Aquí se encuentra a faltar a la SGAE, 1ª en atacar siempre aunque tiene a Luis Cobos en 1ª fila, quizas convendría que A-3 hiciera públicas esas "las prácticas anticompetitivas y discriminatorias en las que incurre Agedi" a ver si nos enteramos todos...
En fin que quizas por eso la SGAE parece que se suaviza un tanto
La SGAE frena su primer pleito con las fiestas facilitando el pago
Renuncia a una vista en Vigo tras asegurarse el cobro de su canon
Los autores afrontan el lunes otro juicio con un festejo popular al que piden 2.144 euros
Facilidades de pago para frenar la oleada de impagos. La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) quiere acabar su guerra con los festejos populares gallegos aplicando medidas que permitan a los organizadores de fiestas pagar cómodamente el canon que les reclaman por utilizar canciones sobre las que pesan derechos de propiedad intelectual. Y el primer fruto de esta estrategia es la suspensión de uno de los pleitos que la SGAE tiene con la fiestas que se niegan a entregar el 7% de su presupuesto a los autores. Según informó el colectivo que gestiona los derechos de 1.979 músicos gallegos, la negociación ha servido para cerrar un proceso judicial contra la fiesta de San Campio, en la parroquia viguesa de Valladares.
El delegado de la SGAE en Galicia, Javier Vidal, explica que este trato «conciliador» no implica que se vaya a dejar de cobrar «un derecho que se respeta en Galicia desde hace años». Así, la cantidad que reclaman a los vecinos, ese 7% del presupuesto, se mantiene inamovible.
Quizá por ello el pacto de Valladares no tuvo eco en la otra fiesta viguesa a la que la SGAE ha llevado a juicio. En Liñares no aceptan pagar un canon que consideran «abusivo», por lo que el lunes empezará el proceso judicial forzado por la Sociedad de Autores, según confirmó Eva Bouza, la abogada de los vecinos que preparan esa jarana.
Indignación vecinal
En litigio están 2.144 euros, cantidad exigida por la SGAE a una fiesta que dura tres días. Pero el desacuerdo es tal que los vecinos no aceptan ni la cifra, ni las razones que invoca la Sociedad de Autores. «Ese canon es un impuesto revolucionario», asegura José Porín, presidente de la comisión de fiestas de Liñares. Por su parte, la abogada de los organizadores del evento comenta que los derechos de autor debe pagarlos «quien gane dinero con ellos, y los vecinos no lo hacen». Además, explica que los 2.144 euros que les reclama el colectivo de autores no son el 7% del presupuesto del festejo, «sino el 7% de lo que la SGAE dice unilateralmente que costó la fiesta», apunta. Para que haya mayor transparencia, los autores han firmado un acuerdo con un representante de orquestas para que se regularicen las declaraciones de repertorio.
Parece que en Liñares no estan muy por la labor de agradecer a Teddy su benevolencia al aplazar el pago de las cantidades que segun ellos se le adeudan, en unos dias tendremos mas noticias.
Y hoy hay boda, los encargados del protocolo y los de administración no se han puesto de acuerdo y nos saldrá mucho mas cara.
Si hubieran invitado a Teddy Bautista y a Ramoncín seguro que la SGAE no les cobraría la burrada de derechos de Autor que les cobrará seguro con tanta fiesta...¿o no? y...¿que es eso de que el Lunes se pone a la venta la sintonía «Música para una boda» de Nacho Cano...según esto hay todo un lio inaclarable (como todo en este pais en cuanto se habla de derechos de autor)
Ayer el Príncipe de Asturias y doña Letizia Ortiz recibieron el original regalo del alcalde de Madrid, la sintonía «Música para una boda», compuesta por Nacho Cano y cuyos derechos de autor han sido donados a las víctimas del 11-M.
¿Qué les han regalado? ¿El escucharla? ¿cómo se regala la obra a alguien y los derechos a otro? porque los derechos los dona Nacho Cano, no el Principe, y la obra la dona el Alcalde de madrid en representación del Ayuntamiento, osea que si la dona el Ayuntamiento es que se la ha comprado a Nacho...¿no? hasta aquí bien, pero si la ha comprado el Ayuntamiento...¿Porqué luego Nacho regala los derechos? ¿los derechos de qué si la obra ya no es suya?¿o resulta que la vendes y sigue siendo tuya? a ver si alguien aclara esto por favor que es un lio impresionante y todo por el protagonismo y el Ego...¡¡¡he sido yoooo!!! si se la hubieran regalado y los Principes donan los derechos pues todo correcto, pero hay quien quiere estar en misa y repicando.
Hasta dentro de unos dias.
Salud y Fuerza
y encima ahora pagaremos con nuestros cds de fotos videos y programas los costes de los juicios
si la sgae defiende los derechos de los autores que el gobierno garantize la limpieza de sus cuentas
Y en la practica no han donado nada.
Pues los derechos de autor de una sola obra seguramente no den representacion en la SGAE para tener un voto, y mucho menos para entrar en el reparto.
Por lo que en la practica la SGAE pagara por los derechos de autor CERO euros.
pero alguien sabe qué autores están asociados a sgae? por diozz si lo sabeis decírmelo.
rani | 11 de Septiembre de 2004 - 02:10 AMhola me llamo julio y tengo un bar en marin(pontevedra) el 16 de marzo tengo juicio con la sgae. megustaria saber la fecha de la sentencia y el juzgado.y si alguien me puede dar mas informacion.gracias
barterra | 25 de Enero de 2006 - 03:49 PM"hola me llamo julio"
Queréis ayuda y no dejáis un correo ;-( pon Bar Aviador en Google y te saldrá lo que buscas
soy julio (barterra) mi correo es barterra@hotmail.com
gracias
hola tuve un pub desde 1998 a 2003le he pagado a la sgae todo lo que le correspondia y lo que no y ahora en marzo de 2006 recibo una carta de agedi a.i.e que me reclama 3300 euros desde el 98 hasta el 2005 entero yo a estos señores" no los conozco de nada ni nadie me hbia hablado de ellos,la carta la recibo en mi domicilio a los tres años de dejar la hosteleria lo que habla de la desinformacion dfe esta gentuza que no osbtante se permite amenazarme co el embargo de micasa ¿alguien sabe que debo hacer?
pablo43 | 7 de Septiembre de 2006 - 02:49 PMpablo43, ni caso, ni contestes, si quieren que te demanden civilmente, eso puede durar muchos años y reclamar eso, es absurdo, no tienen razón, se inspiran en SGAE y EGEDA y sus "cobros retroactivos" y pronto srgirán "serias dudas" sobre las actividades o la legalidad de dichas demandas...
carlosues | 7 de Septiembre de 2006 - 02:53 PM¿Alguien sabe quines son los de AGEDI? Acabo de recibir una carta reclamándome 28,64 euros por la exhibición de música en mi bar, por el trimestre que ahora empieza. ¿A que músicos agrupa? Yo recibo la música a través de los canales musicales de Ono,¿NO paga esta distribuidora de cable los derechos a los autores que emite?
Me gustaria que me informarais de otros casos parecidos. Gracias
Juan
Juan | 7 de Septiembre de 2006 - 08:22 PMTengo en alquiler una sala de fiestas de temporada y la sgae despues de mas de 10 años me interpusieron una denuncia en los juzgados y yo sin tener constancia de ellos, se celebro el juicio y me dieron por Rebeldia al no presentarme , y ahora me reclaman desde me el año 1996 hasta el 2002 unos 7000 y pico de euros mas costas e intereses, no se que hacer, si cerrar el negocio ya que no paran de enviar amenazas de que invetigaran mi patrimonio,que puedo hacer ?
antonio | 13 de Diciembre de 2009 - 04:20 AM¿Que es eso de investigar? y una leche, de eso nada y presenta las amenezas en el Juzgado y verás, además no se puede "Juzgar en rebeldía" al titular de un establecimiento dado que se supone que está en el mismo...
carlosues | 13 de Diciembre de 2009 - 11:43 AM