18 de Diciembre de 2008
Xabier Ribas y el estilo Sarkozy
Hoy me acabo de desayunar con un artículo de Xabier Ribas en El País. Titulado El control de las descargas, intenta convencernos de que la Doctrina Sarkozy (la de "tres avisos y ahí va el hacha") no solamente es buena sino también legal.
Como él mismo reconoce, cualquier propuesta de cortar la conexión pasa por cinco problemas:
1. La oposición frontal de los usuarios.
2. El debate sobre la legalidad del control y monitorización de las comunicaciones.
3. La impopularidad de cualquier medida restrictiva.
4. La dificultad para determinar si la descarga corresponde a una copia no autorizada.
5. La lógica resistencia de los operadores a controlar a sus clientes y a restringir el uso de sus servicios en un entorno de gran competencia.
Para quien no lo conozca, Xabier Ribas (que en este artículo se ha descatalanizado y se hace llamar Javier Ribas) fue un precursor del "lado oscuro" de las descargas p2p. Fue el que intentó hacer creer a los jueces que "ánimo de lucro" es cualquier cosa que le aproveche alguien, desde una película gratis al agradecimiento de una anciana cuando la ayudamos a cruzar la calle. También fue el que quiso meternos el miedo en el cuerpo con eso de que iba a denunciar a 95.000 internautas por piratas, ladrones y casposos. Todavía nos dura la risa.
En esta ocasión, Ribas/Rivas echa mano de su prosa convenientemente medida al milímetro para intentar convencernos de que el sistema Sarkozy puede aplicarse en España sin ningún problema. Básicamente, su razonamiento es el que sigue: las telecos monitorizan la red para administrarla de forma correcta, así que no hay ningún problema en que lo hagan para detectar contenidos no autorizados. Pueden hacer lo que quieran con el usuario, ya que éste firmó un contrato que autoriza a la empresa a sacar el látigo en caso de uso ilegal o fraudulento, o de incumplimiento grave por parte del usuario.
Sin embargo, basta leer con ánimo crítico para comprobar que sus argumentos no se sostienen. Que la operadora de ADSL monitorice la red para garantizar la calidad, enrutar correctamente, etc, no significa que pueda evaluar la legalidad de una obra audiovisual transmitida. Algunos de los más populares programas p2p utilizan criptografía, o bien un sistema llamado "ofuscación de protocolo" para disfrazar la naturaleza de lo que se están descargando, de modo que el tamaño es la única forma de inmaginarse lo que se está enviando.
Y ni aún así. Yo, como parte de mi trabajo, tengo que descargarme centenares de megas de datos, creados por mis programas de ordenador. La base de datos que ya he construido (y que necesito para cálculos cientificos de alto nivel) tiene ya 20 Gigas, y no llevo calculado ni el 10%. Pero el señor Rivas concluye muy sabiamente que, si descargas mucho, seguro que es ilegal:
Los análisis cuantitativos tienen en cuenta el volumen y la continuidad de las descargas. Se basan en la suposición de que un usuario que realiza descargas P2P veinticuatro horas al día durante largos periodos de tiempo tiene que estar descargando copias no autorizadas, además de otros contenidos.
Dejando aparte la necesidad de transferencia de datos por parte de usuarios con grandes necesidades (desde grandes empresas hasta mindundis como yo), la verdad desnuda es que un archivo audiovisual no es necesariamente ilegal por el mero hecho de transmitirlo por la Red. Recordemos eso de "copia privada", que es la que uno hace para su uso personal. Puede que el que esté dejando subir una obra sea culpable de puesta a disposición no autorizada, pero el que baja no hace otra cosa que efectuar una copia privada para su uso y disfrute. Y eso, señor Rivas, es legal, diga lo que usted diga sobre el ánimo de lucro.
Por decírselo de forma que lo entienda hasta usted, señor Rivas, y por si acaso compartió la clase de Primero de Derecho con Pedro Farré, ahí va bien desgranado:
1) Un proveedor de Internet no puede cortar el servicio sin constatar que se ha hecho algo ilegal.
2) Algo no es ilegal en tanto que no lo haya decretado un juez
3) La ilegalidad de transmitir un archivo por p2p no la decide usted, ni el proveedor.
Así que si quiere usted cortarme la línea ADSL denúncieme, obtenga pruebas, lléveme a juicio y gánelo. Cualquier otra cosa pasa por actuar de formas que no enseñan en la Facultad de Derecho. Vean, si no, la forma en que él aplicaría la Doctrina Sarokzy, con mis comentarios entre corchetes:
1. El proveedor (ISP) comprueba de forma automatizada y rutinaria las estadísticas de consumo mensual de sus clientes domésticos.
[lo que se supone que hace con fines de administración de su red, no para hacer de apatrulladores de Internet]
2. El sistema informático del ISP identifica a los usuarios cuyas estadísticas de consumo son muy superiores a los patrones habituales previstos para un usuario doméstico. Además este se consumo se prolonga durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
[teniendo en cuenta el volumen de descargas p2p, me pregunto cuánto descarga un "usuario doméstico"]
3. El sistema envía un aviso a los usuarios que superan esos límites cuantitativos.
[primera noticia que tengo de que, para usar la línea ADSL que he pagado, tengo que comportarme cono un usuario de patrones habituales. Pueden tomarme por iluso, pero yo creía que al contratar una línea ADSL de x megas tenía implícitamente derecho a usarla como quiera sin dar motivo ni razón a nadie]
4. El usuario baja su consumo o lo justifica con otros usos no prohibidos en el contrato.
[cosa que no estamos obligados a hacer, puesto que la ley dice que otros deben demostrar nuestra culpabilidad, nunca que nosotros debamos justificar nuestra inocencia]
5. Al mes siguiente el sistema comprueba de nuevo un consumo superior a lo normal en los usuarios que no lo han justificado.
[id al comentario anterior]
6. El sistema envía un nuevo aviso que no es atendido por el usuario.
[y que no tiene ninguna obligación de atender]
7. El sistema reduce un 25% la velocidad de descarga.
[violando los términos del contrato, esa parte que dice "hasta 6 megas de descarga"]
8. Al mes siguiente sistema reduce un 50% la velocidad de descarga de los usuarios que no han atendido los avisos, y así sucesivamente.
[id]
Si el señor Rivas fuera honesto con nosotros, habría añadido un punto final:
9. Si, a pesar de todo, persiste en su empeño de no adecuar su conducta a los patrones habituales de todo buen internauta responsable, nuestros amiguetes detectives averiguarán su nombre y dirección, irán al colegio de sus niños para amenazarlos con suspender curso si no interpreatn una obra de teatro en la que denigren a su padre por ser un pirata, y en caso extremo se presentarán en su casa con un bate de béisbol y puños americanos. No se moleste en acudir a los tribunales, ya que la ley somos nosotros. Y recuerde, si fuese legal no le pasarían estas cosas.
Debe ser que en Primero de Derecho, como mínimo, se enseñan buenos modales.
Arturo Quirantes a las 09:41 AM | Referencias 0Este tío (J.R.) ... ¿tiene alguna limitación mental grave o escribe lo que le dictan?
Es que, además del artículo que comentas, veo una aclaración supuestamente suya (comentario nº 86) en el que, para terminar de cagarla, "aclara" algunos de sus puntos ... es penosa su "argumentación" ... si no se lo creen, pasen y lean:
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#86
Javier Ribas - 18-12-2008 - 18:56:02h
Al sector crítico: muchas gracias por leer el artículo y por el interés demostrado. Mis comentarios:
(1) Hace unos meses en Catalunya la sequía llegó a tal extremo que el legislador estuvo a punto de establecer una norma por la que los usuarios domésticos con mayor consumo de agua sufrirían restricciones salvo en el caso de que justificasen ese consumo para finalidades previstas en la ley.
(2) El legislador puede establecer presunciones legales que admitan prueba en contrario como mal menor antes de aplicar medidas más intrusivas e impopulares.
(3) Además del Código Penal, en España existe la Ley de Propiedad Intelectual, que no exige la concurrencia del ánimo de lucro para que se produzca una infracción de la ley.
(4) Si todos los proveedores están obligados a aplicar estas medidas, el precio del servicio de ADSL y la opción de cambiar de proveedor dejan de ser relevantes.
(5) La restricción del ancho de banda ya la estamos sufriendo todos los usuarios de ADSL porque no se alcanza lo contratado. Si ello se debe a las descargas, algo saldremos ganando los usuarios con la nueva ley.
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Ante esto, repito la pregunta:
¿tiene alguna limitación mental grave o escribe lo que le dictan? ... es que, tiene su tela la cosa !!!
Yo le he dejado un comentario a esa respuesta y no ha tenido a bien publicarmela. Parece que no le sienta nada bien tener que aceptar la cruda realidad.
Asi que paso a exponer aqui mi comentario:
Querido Javier Rivas:
parece mentira que te dediques a la abogacia ... o quizas sabes muy bien lo que dices, pero lo dices porque "escribes de oído" (lo que otros te dictan).
Es que, amigo, te tiras de la moto con "conclusiones" completamente absurdas.
Dices:
"(1) Hace unos meses en Catalunya la sequía llegó a tal extremo que el legislador estuvo a punto de establecer una norma por la que los usuarios domésticos con mayor consumo de agua sufrirían restricciones salvo en el caso de que justificasen ese consumo para finalidades previstas en la ley."
Sabes perfectamente que no son comparables los bienes tangibles con los intangibles y menos todavia comparar bienes escasos con bienes sin escasez (como lo son los contenidos digitales). Por lo tanto, ese ejemplo esta totalmente fuera de lugar.
Sigues:
"(2) El legislador puede establecer presunciones legales que admitan prueba en contrario como mal menor antes de aplicar medidas más intrusivas e impopulares."
Jejeje, ¿Tambien saltandose el principio constitucional de presuncion de inocencia y el de la privacidad de las comunicaciones?. No te lo crees ni tu.
Más perlas:
"(3) Además del Código Penal, en España existe la Ley de Propiedad Intelectual, que no exige la concurrencia del ánimo de lucro para que se produzca una infracción de la ley."
Pues, si no hay animo de lucro, ya me diras tu donde esta la infraccion legal cuando haces (o descargas) copias a las cuales has acedido legalmente (como dice la LPI).
Otra:
"(4) Si todos los proveedores están obligados a aplicar estas medidas, el precio del servicio de ADSL y la opción de cambiar de proveedor dejan de ser relevantes."
Otro error mas, si lo hacen todos los proveedores no habra cambios de proveedor, habra BAJAS MASIVAS, que no es lo mismo. Luego, ya veremos que tal bailan.
Y otra más:
"(5) La restricción del ancho de banda ya la estamos sufriendo todos los usuarios de ADSL porque no se alcanza lo contratado. Si ello se debe a las descargas, algo saldremos ganando los usuarios con la nueva ley."
Otra suposicion de supositorio. Si no se alcanzan las velocidades contratadas es, simple y llanamente, porque tenemos una mierda de conexiones en este pais porque, en otros paises, se utilizan anchos de banda mucho mayores, con consumos mucho mayores y los usuarios no tienen este tipo de problemas.
Como puedes ver, es que no das ni una tio. Tus "argumentos" son tan peregrinos que no convencen ni al mas tonto.
Deberias dejar de hacer campañas para "otros" (no hace falta dar nombres) y ser mas tu mismo.
Por aqui, las campañas de adoctrinamiento estan condenadas al fracaso de antemano.
Despues de leer cientos de articulos sobre el uso del P2P en todo el mundo me temo que existe una conspiración global para acabar con el intercambio de un plumazo. El motivo último a mi modo de ver es la censura y el control de la red, la excusa, el control de obras protegidas por “copirigth”.
Yo pago por una conexion de 6 megas que me da un mega cuando hay suerte, mis dos ordenadores no se apagan nunca por el sencillo motivo de que a mi no me da la gana. El mega de bajada de que dispongo se dedica durante gran parte del dia a intercambiar correos electrónicos, buscar informacion en internet, leer los periodicos digitales y por las tardes visitan youtube con gran asiduidad, varios blogs fotograficos y realizan varios chats y videoconferencias. De fondo trabanjan la mula y el bittorrent intercambiando videos caseros de un club de aeromodelismo y fotos con los amigos.
De vez en cuando tambien cae alguna canción que ya no se oye en mi viejo CD o peliculas que las productoras ponen a disposición del publico, especialmente series.
Si alguna vez me descargo alguna pelicula protegida, será por error, de hecho, yo no se si está protegida o no, deberia ser el propietario de los derechos el que se moleste en decirmelo o en cualquier caso que protega su obra igual que yo cierro mi coche con llave cuando esta en la calle. En cualquier caso la industria del cine o de la música no ha dejado de ganar ni un euro conmigo. Tener una pelicula a mi disposicion en la red no me impide ir al cine si quiero, al igual que no estoy obligado a ver todo lo que hay en la red.
Ademas, para una o ninguna copia privada que he hecho en mi vida, he pagado religiosamente el canón de los discos que utilizo para almacenar mis fotos y archivos.
Lamentablemente en este caso no veremos justicia, sino que como siempre saldrá ganando el que tiene la fuerza (lease dinero) y como siempre, pagarán justos por pecadores.
¡Caray con el abogado Ribas!... ¿qué hará aquí perdiendo el tiempo, cuando puede labrarse un porvenir de oro trabajando como consultor de Kim Jong-il o Robert Mugabe?... apostaría a que pagan mejor que Teddy Bautista.
Artemi | 19 de Enero de 2009 - 10:43 AMNo salgo de mi asombro. ¿Que parte de 24 horas al dia, 7 dias a la semana y sin limite de descarga no entiende el señor Rivas?. La gran mayoría de usuarios de ADSL en España tiene ordenadores que no se apagan nunca. Alguien deberia explicarte a este señor que la Red no es solo ver páginas web, tambien existe el correo electronico, el ftp, las news, el p2p, la voice IP, la televisón p2p, la asistencia remota, la televigilancia por ipcam, la vidoconferencia, los chat etc, etc, etc.
Y todo esto consume mucho ancho de banda al que los usuarios tienen derecho. ¿Quien este individuo para decir quien es un usuario medio?. A buen seguro el que paga 39 euros por una conexion de un mega y solo enciende el ordenador el domingo por la mañana es un buen ejemplo a seguir en opinion de los proovedores.
Me gustaria saber la respuesta a lo siguiente:
¿Puede un tecnico IT descargar material (Software) para desarrollar su trabajo pareciendo éste ilegal, aunque la empresa para la que trabaja tenga licencias del mismo?
Lo digo porque yo en mi casita me bajo copias de Windows cuando los CD's originales se me rallan, o Office o demás software, y de hecho lo curioso es que en mi portatil tengo OpenOffice y un Fedora 10 guapisimo...
