8 de Noviembre de 2006
A ver si se enteran: no hay lucro, no hay delito
Seguro que lo habéis leído por más sitios. Pero no quiero dejar de aportar mi granito de arena en este asunto. Una juez de Santander ha fallado que no hay delito en descargarse música por Internet, ni siquiera si luego la compartes.
El razonamiento es el que muchos sabemos: si no hay ánimo de lucro, no hay delito. Y es que las penas de cárcel y multas enormes con que nos asustan a los consumidores (recordad los anuncios amenazadores que ponen justo antes de ver la peli en DVD) sólo tienen cabida cuando existen dos supuestos: ánimo de lucro y daños a terceros. Si no se dan, entonces lo que estamos haciendo es una copia privada, que según la Ley de Propiedad Intelectual es perfectamente legal.
Algo muy importante a tener en cuenta: la LPI no dice que debamos ser los propietarios de la obra copiada para poder hacer nuestra copia. No se trata de la copia del DVD que hacemos para el coche, según nos intentaba colar la SGAE. Hace poco cambiarion la LPI para restringir el concepto de copia privada, pero en lo esencial poco ha cambiado. Ahora dice que la copia privada ha de hacerse a partir de un original legal. Pero ¿qué es eso de "legal"?
Por otro lado, veo que la acusación ni siquiera ha intentado colar la "doctrina Ribas". Según eso, el concepto de "lucro" implica no solamente ganancia económica, sino cualquier beneficio que obtengamos, sea del tipo que sea. Según eso, pegar a King Africa con un DVD copiado ya sería lucro, porque ¿y lo aliviados que nos quedamos? (David Bravo afirma que escuchar a King Africa ya tiene delito de por sí, pero esa es otra). Técnicamente, es cierto, no hay más que leerse la voz "lucro" en el diccionario. Pero hasta ahora ningún abogado lo ha usado como argumento, al menos que yo sepa. El "inventor" de esta doctrina es Xabier Ribas, un abogado que ahora trabaja para Price Waterhouse Coopers (y todos los santos) y que se sacó ese concepto de la manga imagino que para impresionar a sus clientes y asustar a los p2peros. Pues que le aproveche.
Hala, a leer y a apuntarse la copla:
http://www.internautas.org/html/3959.html
http://www.elmundo.es/navegante/2006/11/01/tecnologia/1162383709.html
http://www.elpais.es/articulo/internet/juez/Santander/sentencia/descargar/musica/Internet/animo
/lucro/delito/elpportec/20061101elpepunet_1/Tes/
Y como le dicen a George Clooney en el anuncio: no lucro, no party!
Arturo Quirantes a las 12:06 AM | Referencias 0LA LPI no dice nada de "original legal". Dice "ejemplar al que se haya tenido acceso legal". Pueden hacerse copias privadas de copias privadas ;)
| 9 de Noviembre de 2006 - 07:07 PM